12/01/2023
Formalizan Creación Unidad Ejecutora 010: RM 000496-2023-MC Cultura
Poder Ejecutivo, Cultura Formalizan la creación de la Unidad Ejecutora 010: Chankillo, cuna de la astronomía en Casma y Nepeña (001751) en el Pliego 003. Ministerio de Cultura RM 000496-2023-MC San Borja, 30 de noviembre del 2023 VISTOS: el Memorando Nº 001366-2023-OGPP/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 0001738-2023-OGAJ/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 000444-2022-DM/MC, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año F…
Formalizan la creación de la Unidad Ejecutora 010: Chankillo, cuna de la astronomía en Casma y Nepeña (001751) en el Pliego 003. Ministerio de Cultura
RM 000496-2023-MC
San Borja, 30 de noviembre del 2023
VISTOS: el Memorando Nº 001366-2023-OGPP/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;
el Informe Nº 0001738-2023-OGAJ/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley Nº 31912, Ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de mayores gastos asociados a la reactivación económica la respuesta ante la emergencia y el peligro inminente por la ocurrencia del Fenómeno El Niño para el año 2023 y dicta otras medidas, se autoriza la creación de la Unidad Ejecutora "Chankillo, cuna de la astronomía en Casma y Nepeña", durante el Año Fiscal 2023, en el Pliego 003 Ministerio de Cultura; exceptuando al Ministerio de Cultura de lo establecido en el artículo 68 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
Que, a través del numeral 81.3 del artículo 81 de la citada ley se aprueba la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 400 000,00 (Cuatrocientos mil y 00/100 soles), a favor del Ministerio de Cultura, con cargo a los recursos a los que hace referencia el numeral 16.4 del artículo 16 del Decreto Legislativo Nº 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería, para financiar la implementación y operación de la referida unidad ejecutora;
Que, el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, regula el Sistema Nacional de Presupuesto Público, que es el conjunto de principios, procesos, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos que conducen el proceso presupuestario de las Entidades Públicas;
Que, conforme a los numerales 7.1 y 7.3 del artículo 7 del citado Decreto Legislativo, el Titular de la Entidad es responsable en materia presupuestaria, siendo responsable de efectuar la gestión presupuestaria en las fases de programación multianual, formulación, aprobación, ejecución y evaluación, y el control del gasto, de conformidad con el Decreto Legislativo en mención, las Leyes de Presupuesto del Sector Público y las disposiciones que emita la Dirección General de Presupuesto Público, en el marco de los principios de legalidad y presunción de veracidad;
Que, el artículo 9 del referido Decreto Legislativo señala que, la Unidad Ejecutora en el Sistema Nacional de Presupuesto Público es el nivel descentralizado u operativo de los Pliegos del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales, que administra los ingresos y gastos públicos y se vincula e interactúa con la Oficina de Presupuesto del Pliego o la que haga sus veces; además, contempla que la Unidad Ejecutora puede realizar las siguientes acciones: i) Determinar y recaudar ingresos, ii) Participar de las fases de la gestión presupuestaria en el marco de la normatividad aplicable, iii) Registrar la información generada por las acciones y operaciones realizadas; iv) Informar sobre el avance y/o cumplimiento de metas; y v) Organizar los centros de costos con el propósito de lograr la eficiencia técnica en la producción y entrega de los servicios al ciudadano;
Que, mediante el Oficio Nº 0495-2023-EF/50.06, la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas señala al Ministerio de Cultura que se ha incorporado a la Unidad Ejecutora 010:
Chankillo, cuna de la astronomía en Casma y Nepeña (001751), en el Clasificador Institucional del presente año, fijando su denominación y codificación;
Que, a través del Memorando Nº 001366-2023-OGPP/ MC, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite los Informes Nº 000491-2023-OP/MC y Nº 000493-2023-OP/MC, por los cuales la Oficina de Presupuesto sustenta la necesidad y procedencia de formalizar la creación de la citada unidad ejecutora y designar como su Responsable al Director de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Ancash, con el fin de iniciar los actos preparatorios y viabilizar la apertura operacional de la unidad ejecutora antes mencionada;
Con los vistos de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina de Presupuesto; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; y, Ley Nº 31912, Ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de mayores gastos asociados a la reactivación económica la respuesta ante la emergencia y el peligro inminente por la ocurrencia del Fenómeno El Niño para el año 2023 y dicta otras medidas;
SE RESUELVE:
Artículo 2.- Designar de manera temporal al Director de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Áncash como responsable de la Unidad Ejecutora 010: Chankillo, cuna de la astronomía en Casma y Nepeña (001751) del Pliego 003: Ministerio de Cultura. La presente designación temporal se realiza a efectos de garantizar la operatividad de la Unidad Ejecutora 010: Chankillo y, en tanto, se evalúa la designación de otro profesional que sea responsable de la citada Unidad Ejecutora.
Artículo 3.- El responsable de la Unidad Ejecutora 010: Chankillo, cuna de astronomía en Casma y Nepeña (001751) del Pliego 003: Ministerio de Cultura, está a cargo de la administración y ejecución presupuestaria de los recursos autorizados a la citada Unidad Ejecutora, sobre la base de criterios de eficiencia, eficacia y economía, garantizando la legalidad y el control de los ingresos y gastos, así como el cumplimiento de las normas de carácter presupuestario y administrativo, que le resulten aplicables, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA
Ministra de Cultura
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 000496-2023-MC Formalizan la creación de la Unidad Ejecutora 010: Chankillo, cuna de la astronomía en Casma y Nepeña (001751) en el Pliego 003. Ministerio de Cultura
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 000496-2023-MC
- Emitida por : Cultura - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2023-12-01
- Fecha de aplicacion : 2023-12-02
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