7/08/2024

Numeral 34 Disposiciones Mesa Partes Virtual RE 02398-2024 SBS

Organismos Reguladores, Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones Modifican el numeral 3.4 de las disposiciones sobre la Mesa de Partes Virtual de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones RE 02398-2024 Lima, 5 de julio de 2024 LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 31465 se modificó el numeral 117.1 del artículo 117 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, estableciendo que e…
Organismos Reguladores, Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Modifican el numeral 3.4 de las disposiciones sobre la Mesa de Partes Virtual de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
RE 02398-2024
Lima, 5 de julio de 2024
LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS
Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS
DE PENSIONES

CONSIDERANDO:

Que, por Ley Nº 31465 se modificó el numeral 117.1 del artículo 117 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, estableciendo que el horario de atención de la mesa de partes digital de las entidades públicas es de veinticuatro (24) horas, los siete (7) días de la semana;

Que, mediante Resolución SBS Nº 01401-2021 y sus modificatorias, se aprobaron las disposiciones sobre la Mesa de Partes Virtual de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones;

Que, de acuerdo con el principio de legalidad y a las disposiciones establecidas en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, corresponde a esta Superintendencia adecuar el horario de atención de su Mesa de Partes Virtual;

En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar la modificación del numeral 3.4 de las disposiciones sobre la Mesa de Partes Virtual de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, aprobadas mediante Resolución SBS Nº 01401-2021, conforme al siguiente texto:
"3.4. La recepción de documentos a través de la Mesa de Partes Virtual se dará durante las veinticuatro (24) horas del día de los siete (7) días de la semana, entendiéndose estos presentados en la fecha que ingresan a ella".

Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolución SBS Nº 02484-2023 y demás disposiciones que se opongan a lo referido en la presente Resolución.

Artículo Tercero.- La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARIA DEL SOCORRO HEYSEN ZEGARRA
Superintendenta de Banca, Seguros y AFP

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RE 02398-2024 Modifican el numeral 3.4 de las disposiciones sobre la Mesa de Partes Virtual de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN SBS
  • Numero : 02398-2024
  • Emitida por : Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones - Organismos Reguladores
  • Fecha de emision : 2024-07-08
  • Fecha de aplicacion : 2024-07-09

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