7/31/2024

Transferencia Financiera Sernanp Favor Ministerio RP SERNANP

Poder Ejecutivo, Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado Autorizan transferencia financiera del SERNANP a favor del Ministerio del Interior RP 000137-2024-SERNANP/J-SGD San Isidro, 30 de julio del 2024 VISTOS: El Informe Nº 000271-2024-SERNANP/OPP-SGD de fecha 25 de julio de 2024, emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 000464-2024-SERNANP/OAJ-SGD del 25 de julio de 2024, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decre…
Poder Ejecutivo, Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado
Autorizan transferencia financiera del SERNANP a favor del Ministerio del Interior
RP 000137-2024-SERNANP/J-SGD
San Isidro, 30 de julio del 2024
VISTOS:

El Informe Nº 000271-2024-SERNANP/OPP-SGD de fecha 25 de julio de 2024, emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 000464-2024-SERNANP/OAJ-SGD del 25 de julio de 2024, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado, en adelante SERNANP, como un organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio del Ambiente; ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SINANPE), el mismo que se constituye en su autoridad técnico-normativa;

Que, mediante la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, se aprobó el Presupuesto para el Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2024;

Que, el numeral 87.2 del artículo 87 de la referida Ley, dispone que ''(...) Las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales que soliciten el apoyo de las Fuerzas Armadas (FFAA) y/o de la Policía Nacional del Perú (PNP) para el transporte aéreo, terrestre y/o fl uvial, de pasajeros y/o de bienes, valores y/o suministros y equipos, entre otros, que permitan un mejor cumplimiento de sus funciones, quedan autorizadas para realizar transferencias financieras a favor del pliego Ministerio de Defensa y/o Ministerio del Interior, según corresponda, para financiar los gastos asociados al apoyo prestado";

Que, asimismo, de acuerdo al numeral 87.3 del artículo 87 de la referida ley, señala que: "Las transferencias financieras autorizadas en el numeral precedente se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional mediante resolución del titular del pliego, (...)
requiriéndose en ambos casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego (...) se publican en el diario oficial El Peruano (...).''
Que, además mediante el numeral 87.6 del mismo dispositivo legal, precisa que, ''Los gastos que irroguen los servicios de apoyo que brinden las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú a otras entidades, se financian con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Defensa, del Ministerio del Interior, y de las entidades receptoras de los servicios de apoyo, según corresponda, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.'';

Que, por Resolución Presidencial Nº 000307-2023-SERNANP/J-SGD de fecha 28 de diciembre del 2023, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de Ingresos y Egresos del Pliego 050:

Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP para el Año Fiscal 2024;

Que, mediante Resolución Presidencial Nº 000135-2024-SERNANP/J-SGD de fecha 19 de julio del 2024, se autorizó la incorporación de recursos al presupuesto público por la suma de S/ 261,761.00, por la Fuente de Financiamiento 4: Donaciones y Transferencias, en el marco de XIX Enmienda al Convenio de Donación entre Fundación Conservación Internacional y el SERNANP, suscrito con el objetivo de apoyar el proyecto "Conservación del Bosque de Protección Alto Mayo";

Que, por otro lado, el literal a) del numeral 17.1 del artículo 17, Transferencias Financiera, de la Directiva Nº 0001-2024-EF/50.01 ''Directiva para la Ejecución Presupuestaria'' aprobada mediante Resolución Directoral Nº 009-2024-EF/50.01, señala que: ''El pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencia financiera en el marco de la disposición legal vigente, deberá efectuar su registro de acuerdo a lo siguiente: a)
Cuando la ejecución corresponda a gastos de corrientes, se registran en una actividad y en la Partida de Gasto 2.4.1 Donaciones y Transferencias de Corrientes. (...)'';

Que, a través del informe de vistos, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto indica que, con 22 NORMAS LEGALES Miércoles 31 de julio de 2024
Memorando Nº 003853-2024-SERNANP/DGANP-SGD del 24 de julio del 2024, la Dirección de Gestión de Áreas Naturales Protegidas remite el Informe Nº 000936-2024-SERNANP/DGANP-SGD y la Nota de Envio Nº 000192-2024-SERNANP/BPAMY-SGD conjuntamente con el Informe Técnico Nº 248-2024-SERNANP-JBPAMY, ambos de la Jefatura del Bosque de Protección Alto Mayo, solicitan gestionar la transferencia de recursos a favor del Pliego del Ministerio del Interior, por el apoyo brindado por el transporte aéreo a través de la Dirección de Aviación Policial de la Policía Nacional del Perú;

Que, en ese sentido, conforme a lo vertido, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, añade que, de acuerdo a lo señalado en los considerandos precedentes corresponde autorizar la transferencia financiera a favor del Pliego del Ministerio del Interior, quien a su vez realizará las coordinaciones necesarias con la Dirección de Aviación Policial de la Policía Nacional del Perú para la transferencia por el apoyo para el transporte aéreo de pasajeros, bienes y suministros realizado por esta dependencia, la cual permitió un mejor cumplimiento de las funciones de vigilancia y control a cargo de la Jefatura del Bosque de Protección Alto Mayo, por ello considera que, en cumplimiento de la normatividad vigente, otorga su opinión favorable para la transferencia financiera a favor del Pliego del Ministerio del Interior por el importe de S/145,849.00 (Ciento cuarenta y cinco mil ochocientos cuarenta y nueve y 00/100 soles) de la fuente de financiamiento de Donaciones y Transferencias;

Que, por su parte, en el Informe Nº 000464-2024-SERNANP/OAJ-SGD del 25 de julio de 2024, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que, en virtud a la normativa aplicable, y a la opinión favorable emitida por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto corresponde emitir la resolución que apruebe lo solicitado;

Con las visaciones, de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General, y;

En uso de las facultades conferidas en el artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Transferencia Financiera Autorizar la Transferencia Financiera con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 del Pliego 050: Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado, hasta por la suma de S/ 145,849.00 (Ciento cuarenta y cinco mil ochocientos cuarenta y nueve y 00/100 soles) por la Fuente de Financiamiento 4: Donaciones y Transferencias, a favor del Pliego 007:

Ministerio del Interior, en el marco de la numeral 87.2 del artículo 87 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2024.

Artículo 2.- Limitación al Uso de los Recursos Disponer que los recursos de la Transferencia Financiera que hace referencia el artículo precedente no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 3.- Seguimiento de los Recursos Precisar que la Oficina de Administración en el ámbito de su competencia, es el responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financiera para los cuales se realiza la presente Transferencia Financiera.

Artículo 4.- Publicación de la Resolución Disponer la publicación de la presente Resolución en el portal institucional: www.gob.pe/sernanp y en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ CARLOS NIETO NAVARRETE
Jefe del SERNANP
ANEXO
PROCESO PRESUPUESTARIO 2024
PLIEGO 050 : SERVICIO NACIONAL DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO
TRANSFERENCIA FINANCIERA
SERNANP (En Soles)
SECCION: PRIMERA GOBIERNO CENTRAL
PLIEGO:
050 - SERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES
PROTEGIDAS POR EL ESTADO
UNIDAD EJECUTORA
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CATEGORÍA
PRESUPUESTAL
PRODUCTO ACTIVIDAD
GENÉRICA DE
GASTO
TOTAL
2.4
001 SERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO
DONACIONES Y TRANSFEREENCIAS 145,849.00 145,849.00
0057 CONSERVACION DE LA DIVERSIDAD BIOLOGICA Y
APROVECHAMIENTO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS
NATURALES EN AREA NATURAL PROTEGIDA
145,849.00 145,849.00
3000475 ÁREAS NATURALES
PROTEGIDAS CON CONTROL Y
VIGILANCIA PERMANENTE
145,849.00 145,849.00
5006287
VIGILANCIA Y
CONTROL PARA
LA PROTECCION
DE AREAS
NATURALES
145,849.00 145,849.00
TOTAL 145,849.00 145,849.00

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RP 000137-2024-SERNANP/J-SGD Autorizan transferencia financiera del SERNANP a favor del Ministerio del Interior
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL
  • Numero : 000137-2024-SERNANP/J-SGD
  • Emitida por : Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2024-07-31
  • Fecha de aplicacion : 2024-08-01

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