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Otorgan Distinción Personalidad Meritoria Cultura RM 000324-2024-MC Cultura
8/22/2024
Otorgan Distinción Personalidad Meritoria Cultura RM 000324-2024-MC Cultura
Poder Ejecutivo, Cultura Otorgan la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura RM 000324-2024-MC San Borja, 21 de agosto del 2024 VISTOS: el Proveído Nº 009211-2024-VMPCIC/ MC del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; el Informe Nº 001136-2024-DGIA-VMPCIC/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Memorando Informe Nº 001132-2024-DGPC-VMPCIC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; el Informe Nº 001191-2024-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el literal d) del a…
Otorgan la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura
RM 000324-2024-MC
San Borja, 21 de agosto del 2024
VISTOS: el Proveído Nº 009211-2024-VMPCIC/ MC del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; el Informe Nº 001136-2024-DGIA-VMPCIC/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Memorando Informe Nº 001132-2024-DGPC-VMPCIC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; el Informe Nº 001191-2024-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 78.14 del artículo 78 del ROF dispone que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes emite opinión técnica y recomendación, en materia de su competencia, para el otorgamiento de reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;
Que, el artículo 55 del ROF señala que la Dirección de Patrimonio Inmaterial de la Dirección General de Patrimonio Cultural está encargada de gestionar, identificar, documentar, registrar, inventariar, investigar, preservar, salvaguardar, promover, valorizar, transmitir y revalorizar el patrimonio cultural inmaterial del país en sus distintos aspectos;
Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva Nº 002-2016-MC, "Directiva para el otorgamiento de reconocimientos del Ministerio de Cultura", aprobada por Resolución Ministerial Nº 107-2016-MC, establece que Personalidad Meritoria de la Cultura es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte significativo al desarrollo cultural del país;
Que, el numeral 6.3 de la directiva dispone que, excepcionalmente, se puede otorgar reconocimientos póstumos a propuesta del órgano competente;
Que, mediante Informe Nº 001136-2024-DGIA-VMPCIC/MC la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, considerando los informes emitidos por la Dirección de Artes, propone otorgar, en forma póstuma, la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura al señor José Miguel Felipe Correa Suárez;
Que, el señor José Miguel Felipe Correa Suárez fue un reconocido cantante, compositor y guitarra piurana;
Que, en el año 1939 funda el trío "Los Tacaleños" junto a Telésforo Antón, Francisco Miranda y Rolando Reyes.
En el año 1940 decide ir a Lima dando a conocer sus bellas composiciones como "extravío", "nunca me faltes"
o "alma herida, es autor de más de cien composiciones como "a la alondra piurana", "al gran patojo Rojas" o "al caer la tarde";
Que, durante su trayectoria ha sido merecedor de distintas distinciones como la mención honrosa de hijo predilecto de Catacaos en el año 1972; plato de plata y mención honrosa ofrecidos por el Club Grau de Piura al cumplir cincuenta años como compositor en el año 1984 o el homenaje realizado por el Instituto Nacional de Cultura, filial Piura, por el día de la canción criolla en el año 2002;
Que, a través del Informe Nº 000601-2024-DPI-DGPC-VMPCIC/MC, la Dirección General de Patrimonio Inmaterial emite opinión favorable para otorgar la distinción, la cual es compartida por la Dirección General de Patrimonio Cultural, tal como se advierte del Memorando Nº 001132-2024-DGPC-VMPCIC/MC;
14 NORMAS LEGALES Jueves 22 de agosto de 2024
Que, estando a lo desarrollado, resulta necesario emitir el acto resolutivo que otorgue el reconocimiento póstumo como Personalidad Meritoria de la Cultura, en tal sentido, el análisis y las conclusiones de los informes citados constituyen parte integrante de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS;
Con los vistos del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y la Directiva Nº 002-2016/MC, "Directiva para el otorgamiento de reconocimientos del Ministerio de Cultura", aprobada por la Resolución Ministerial Nº 107-2016-MC;
SE RESUELVE:
MIGUEL FELIPE CORREA SUÁREZ por su destacada trayectoria y el importante aporte realizado al desarrollo cultural del país y, en específico, dentro del ámbito de las manifestaciones culturales inmateriales al ser compositor, guitarrista, cantante y difusor de música tradicional, destacando su labor en géneros criollos como valses, polkas, marineras y, en especial, tonderos; contribuyendo de manera significativa a la salvaguardia de los géneros musicales antes mencionados.
Artículo 2.- Remitir copia de la resolución a la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional para los fines pertinentes.
Artículo 3.- Disponer la publicación de esta resolución en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/ cultura) el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA
Ministra de Cultura
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 000324-2024-MC Otorgan la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 000324-2024-MC
- Emitida por : Cultura - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2024-08-22
- Fecha de aplicacion : 2024-08-23
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