Inicio
Últimas normas legales
Barrera Burocrática Ilegal Cuadro 3 Artículo 5 RE Instituto Peruano del Deporte
9/11/2024
Barrera Burocrática Ilegal Cuadro 3 Artículo 5 RE Instituto Peruano del Deporte
Organismos Reguladores, Instituto Peruano del Deporte Declaran barrera burocrática ilegal el Cuadro 3 del artículo 5 de la Ordenanza 290-2013-MDI de la Municipalidad Distrital de Independencia, respecto a restricción horaria de expendio y/o venta de bebidas alcohólicas para el giro discoteca-restaurante turístico RE 0553-2024/SEL-INDECOPI AUTORIDAD QUE EMITE LA RESOLUCIÓN: Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas FECHA DE EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN: 16 de agosto de 2024 ENTIDAD QUE IMPUSO LA BARRERA BUROCRÁTICA DECLARADAS ILEGALES: Municipalidad Distrital de Independencia NORM…
Declaran barrera burocrática ilegal el Cuadro 3 del artículo 5 de la Ordenanza 290-2013-MDI de la Municipalidad Distrital de Independencia, respecto a restricción horaria de expendio y/o venta de bebidas alcohólicas para el giro discoteca-restaurante turístico
RE 0553-2024/SEL-INDECOPI
AUTORIDAD QUE EMITE LA RESOLUCIÓN:
Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas
FECHA DE EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN:
16 de agosto de 2024
ENTIDAD QUE IMPUSO LA BARRERA
BUROCRÁTICA DECLARADAS ILEGALES:
Municipalidad Distrital de Independencia
NORMA QUE CONTIENE LA BARRERA
BUROCRÁTICA DECLARADA ILEGAL:
Cuadro 3 del artículo 5 de la Ordenanza 290-2013-MDI
35 NORMAS LEGALES
Miércoles 11 de setiembre de 2024
BARRERA BUROCRÁTICA DECLARADA ILEGAL:
La restricción horaria de expendio y/o venta de bebidas alcohólicas para el giro discoteca-restaurante turístico para los días domingo a miércoles desde las 19:00 horas hasta la 01:00 horas del día siguiente, materializada en el Cuadro 3 del artículo 5 de la Ordenanza 290-2013-MDI.
SUSTENTO DE LA DECISIÓN:
El artículo 3 de la Ley 28681, Ley que regula la comercialización, consumo y publicidad de bebidas alcohólicas, si bien precisa que las municipalidades pueden establecer normativamente restricciones para el horario de comercialización de bebidas alcohólicas, no indica si ello debe hacerlo una municipalidad distrital o provincial.
En relación con ello, el artículo 83 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece las funciones de las municipalidades, en general, en materias de abastecimiento y comercialización de productos y servicios, para lo cual dispone cuáles son aquellas funciones que son específicas y exclusivas de las municipalidades distritales y provinciales.
Así, de acuerdo con los numerales 1.1 y 3.1 del referido artículo serán las municipalidades provinciales las competentes para establecer normativamente las restricciones horarias para el expendio y/o venta de bebidas alcohólicas, mientras que las municipalidades distritales solamente podrán llevar a cabo actividades de control a fin de verificar que las restricciones impuestas por la municipalidad provincial se cumplan.
Adicionalmente, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que el gobierno en sus distintos niveles se ejerce dentro de su jurisdicción, evitando la duplicidad y superposición de funciones, con criterio de concurrencia y preeminencia del interés público.
Sin embargo, a través de la Ordenanza 290-2013-MDI la Municipalidad Distrital de Independencia impuso una restricción horaria para el expendio y/o venta de bebidas alcohólicas, pese a no estar facultada para ello;
y, estableció el mismo horario para la venta de bebidas alcohólicas que el ya aprobado por la Municipalidad Metropolitana de Lima; duplicando una regulación existente.
Por tales motivos, la Municipalidad Distrital de Independencia excedió las competencias establecidas en el numeral 3.1 del artículo 83 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y contravino el artículo VII del Título Preliminar de la misma ley.
Finalmente, cabe indicar que la presente resolución no desconoce las competencias de la Municipalidad para llevar a cabo acciones de fiscalización conducentes a verificar posibles incumplimientos de otro tipo de obligaciones legales que le correspondan al denunciante, diferentes a la analizada en el presente caso.
ORLANDO VIGNOLO CUEVA
Presidente
NORMA LEGAL:
- Titulo: RE 0553-2024/SEL-INDECOPI Declaran barrera burocrática ilegal el Cuadro 3 del artículo 5 de la Ordenanza 290-2013-MDI de la Municipalidad Distrital de Independencia, respecto a restricción horaria de expendio y/o venta de bebidas alcohólicas para el giro discoteca-restaurante turístico
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN
- Numero : 0553-2024/SEL-INDECOPI
- Emitida por : Instituto Peruano del Deporte - Organismos Reguladores
- Fecha de emision : 2024-09-11
- Fecha de aplicacion : 2024-09-12
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- octubre 2024 (24)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)