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Publicación Sede Digital Ministerio Actualización RM 00342-2024-MINAM Ambiente
10/22/2024
Publicación Sede Digital Ministerio Actualización RM 00342-2024-MINAM Ambiente
Poder Ejecutivo, Ambiente Disponen la publicación en la sede digital del Ministerio, de la actualización de guías a ser aplicadas en las acciones de control de ingreso y vigilancia para la detección de Organismos Vivos Modificados - OVM, para recibir comentarios, aportes u opiniones de los interesados RM 00342-2024-MINAM Lima, 18 de octubre de 2024 VISTOS; el Informe Nº 00459-2024-MINAM/VMDERN/ DGDB de la Dirección General de Diversidad Biológica; el Informe Nº 00353-2024-MINAM/VMDERN/DGDB/DRGB de la Dirección de Recursos Genéticos y Bioseguridad; el Memorando Nº 01224-2024-MINAM/VMDERN del V…
Disponen la publicación en la sede digital del Ministerio, de la actualización de guías a ser aplicadas en las acciones de control de ingreso y vigilancia para la detección de Organismos Vivos Modificados - OVM, para recibir comentarios, aportes u opiniones de los interesados
RM 00342-2024-MINAM
Lima, 18 de octubre de 2024
VISTOS; el Informe Nº 00459-2024-MINAM/VMDERN/ DGDB de la Dirección General de Diversidad Biológica; el Informe Nº 00353-2024-MINAM/VMDERN/DGDB/DRGB de la Dirección de Recursos Genéticos y Bioseguridad;
el Memorando Nº 01224-2024-MINAM/VMDERN del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; el Memorando Nº 00995-2024-MINAM/ SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 00338-2024-MINAM/ SG/OGPP/OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización; el Informe Nº 00767-2024-MINAM/SG/ OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo señalado por los artículos 3 y 4 del Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, esta entidad es el organismo del Poder Ejecutivo rector del sector ambiental que desarrolla, dirige, supervisa y ejecuta la política nacional del ambiente; y tiene como uno de sus objetivos específicos asegurar el cumplimiento del mandato constitucional sobre la conservación y el uso sostenible de los recursos naturales, la diversidad biológica, las áreas naturales protegidas y el desarrollo de la Amazonía;
Que, la Ley Nº 29811, Ley que establece la moratoria al ingreso y producción de organismos vivos modificados al territorio nacional por un periodo de 10 años, modificada por la Ley Nº 31111, tiene por objeto establecer hasta el 31 de diciembre de 2035 la moratoria que impida el ingreso y producción en el territorio nacional de organismos vivos modificados (OVM) con fines de cultivo o crianza, incluidos los acuáticos, a ser liberados en el ambiente;
Que, el artículo 6 de la citada Ley, establece que el Ministerio del Ambiente es la Autoridad Nacional Competente y se encarga de proponer y aprobar las medidas necesarias para el cumplimiento del objeto de la Ley;
Que, en el marco de la citada moratoria y a fin de impedir el ingreso y producción de OVM en el territorio nacional, a través de la Resolución Ministerial Nº 023-2015-MINAM
se aprueba el "Compendio de Guías a ser aplicadas en los Procedimientos de Control y Vigilancia para la detección de Organismos Vivos Modificados - OVM", que describe las metodologías para la toma de muestras de semillas (botánicas y vegetativas) y tejido vegetal para los análisis de detección de OVM empleando pruebas de campo y análisis moleculares;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 012-2023-MINAM se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29811, Ley que establece la moratoria al ingreso y producción de organismos vivos modificados al territorio nacional por un periodo de 10 años;
Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley Nº 29811 establece que, en un plazo de ciento veinte (120) días hábiles, el Ministerio del Ambiente mediante Resolución Ministerial aprueba la 6 NORMAS LEGALES Martes 22 de octubre de 2024
actualización del "Compendio de Guías a ser aplicadas en los Procedimientos de Control y Vigilancia para la detección de Organismos Vivos Modificados - OVM", aprobado por Resolución Ministerial Nº 023-2015-MINAM;
Que, el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM, señala que los proyectos de normas que regulen asuntos ambientales generales o que tengan efectos ambientales, serán puestos en conocimiento del público para recibir opiniones y sugerencias de los interesados; precisando, además, que el aviso de publicación del proyecto deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano y el cuerpo completo del proyecto en el portal de transparencia de la entidad, por un período mínimo de diez (10) días útiles;
Que, por su parte, el artículo 19, concordado con el literal c) del numeral 20.1 del artículo 20, del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, prevé que los proyectos de normas jurídicas de carácter general deben ser publicados para la recepción de comentarios, aportes u opiniones, en las sedes digitales de las entidades de la Administración Pública a cargo de su elaboración o en otro medio, asegurando su debida difusión y fácil acceso, por un plazo no menor a quince (15) días calendario contados desde el día siguiente de su publicación, salvo disposición normativa de rango superior que establezca lo contrario;
Que, conforme al artículo 59 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 108-2023-MINAM, la Dirección General de Diversidad Biológica es el órgano de línea encargado de coordinar y proponer mecanismos para implementar acciones en materia de bioseguridad, e implementa las medidas necesarias para el cumplimiento del objeto de la Ley Nº 29811, modificada por la Ley Nº 31111, considerando el rol del Ministerio del Ambiente como Autoridad Nacional Competente en la materia;
Que, en ese contexto, mediante Informes Nº 00459-2024-MINAM/VMDERN/DGDB y Nº 00353-2024-MINAM/VMDERN/DGDB/DRGB, la Dirección General de Diversidad Biológica propone la publicación de la actualización de las guías a ser aplicadas en las acciones de control de ingreso y vigilancia para la detección de Organismos Vivos Modificados - OVM, a efectos de, posteriormente, dar cumplimiento con lo establecido en la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 012-2023-MINAM;
Que, mediante Memorando Nº 00995-2024-MINAM/ SG/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en atención al Informe Nº 00338-2024-MINAM/SG/OGPP/OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización, emite opinión favorable sobre la propuesta efectuada por la Dirección General de Diversidad Biológica;
Que, a través del Informe Nº 00767-2024-MINAM/ SG/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable sobre la publicación de la actualización de las guías a ser aplicadas en las acciones de control de ingreso y vigilancia para la detección de Organismos Vivos Modificados - OVM;
Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; de la Dirección General de Diversidad Biológica; de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley Nº 29811, Ley que establece la moratoria al ingreso y producción de organismos vivos modificados al territorio nacional por un periodo de 10 años, ampliada con la Ley Nº 31 1 1 1; el Decreto Supremo Nº 012-2023-MINAM que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29811; el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM; el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009- JUS; y, la Resolución Ministerial Nº 108-2023-MINAM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente;
SE RESUELVE:
a. Guía de selección de envíos sujeto a muestreo y análisis de detección de organismos vivos modificados.
b. Guía de muestreo y análisis de detección in situ de organismos vivos modificados en semillas de maíz.
c. Guía de muestreo y análisis de detección in situ de organismos vivos modificados en semillas de alfalfa.
d. Guía de muestreo y análisis de detección in situ de organismos vivos modificados en semillas de algodón.
e. Guía de muestreo y análisis de detección in situ de organismos vivos modificados en semillas de soya.
f. Guía de muestreo y análisis de detección in situ de organismos vivos modificados en semillas de colza/ canola.
g. Guía de inspección y detección in situ de organismos vivos modificados de peces ornamentales.
h. Guía de muestreo y adnálisis de detección de organismos vivos modificados en cultivos de maíz.
i. Guía de muestreo y análisis de detección de organismos vivos modificados en cultivos de algodón.
j. Guía de muestreo y análisis de detección de organismos vivos modificados en cultivos de soya.
k. Guía de muestreo y análisis de detección de organismos vivos modificados en cultivos de alfalfa.
l. Guía de muestreo y análisis de detección de organismos vivos modificados en cultivos de colza/canola.
Dicha publicación se realiza en la sede digital del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/1024-consultaspublicas-de-proyectos-normativos-minam), para recibir los comentarios, aportes u opiniones de los interesados, por un plazo de treinta (30) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 2.- Los comentarios, aportes u opiniones sobre el proyecto señalado en el artículo precedente, deben ser remitidos por escrito al Ministerio del Ambiente, sito en la Avenida Antonio Miroquesada Nº 425, primer piso, distrito de Magdalena del Mar, Lima; o por el Sistema de Trámite Cero Papel - Minam (https://app.minam.gob. pe/ceropapel/); o a la dirección electrónica bioseguridad@
minam.gob.pe; siendo la Dirección de Recursos Genéticos y Bioseguridad de la Dirección General de Diversidad Biológica la encargada de su recepción, sistematización y análisis.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS CASTRO VARGAS
Ministro del Ambiente
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 00342-2024-MINAM Disponen la publicación en la sede digital del Ministerio, de la actualización de guías a ser aplicadas en las acciones de control de ingreso y vigilancia para la detección de Organismos Vivos Modificados - OVM, para recibir comentarios, aportes u opiniones de los interesados
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 00342-2024-MINAM
- Emitida por : Ambiente - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2024-10-22
- Fecha de aplicacion : 2024-10-23
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