11/01/2024

Medidas Frente Riesgos Amenazas Externas RV 126-2024-MINEDU Defensa

Poder Ejecutivo, Defensa Aprueban "Medidas frente a riesgos y amenazas externas que comprometen la seguridad en Instituciones Educativas ubicadas en zonas urbanas" RV 126-2024-MINEDU Lima, 31 de octubre de 2024 VISTOS, el Expediente Nº DIGE2024-INT-0790902, el Informe Nº 00329-2024-MINEDU/VMGI-DIGC-DIGE de la Dirección de Gestión Escolar de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, el Informe Nº 02102-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Informe Nº 01463-2024-MINEDU/SG-OGAJ de l…
Poder Ejecutivo, Defensa
Aprueban "Medidas frente a riesgos y amenazas externas que comprometen la seguridad en Instituciones Educativas ubicadas en zonas urbanas"
RV 126-2024-MINEDU
Lima, 31 de octubre de 2024
VISTOS, el Expediente Nº DIGE2024-INT-0790902, el Informe Nº 00329-2024-MINEDU/VMGI-DIGC-DIGE de la Dirección de Gestión Escolar de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, el Informe Nº 02102-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Informe Nº 01463-2024-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que la educación es un derecho fundamental de la persona y de la sociedad. El Estado garantiza el ejercicio del derecho a una educación integral y de calidad para todos;

Que, el artículo 9 de la citada ley, establece que los fines de la educación son los siguientes: i) formar personas capaces de lograr su realización ética, intelectual, artística, cultural, afectiva, física, espiritual y religiosa, promoviendo la formación y consolidación de su identidad y autoestima y su integración adecuada y crítica a la sociedad para el ejercicio de su ciudadanía en armonía con su entorno, así como el desarrollo de sus capacidades y habilidades para vincular su vida con el mundo del trabajo y para afrontar los incesantes cambios en la sociedad y el conocimiento y, ii) contribuir a formar una sociedad democrática, solidaria, justa, inclusiva, próspera, tolerante y forjadora de una cultura de paz que afirme la identidad nacional sustentada en la diversidad cultural, étnica y lingüística, supere la pobreza e impulse el desarrollo sostenible del país y fomente la integración latinoamericana teniendo en cuenta los retos de un mundo globalizado;

Que, conforme con lo previsto en el artículo 79 de la Ley Nº 28044, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 009-2020-MINEDU, se aprueba el Proyecto Educativo Nacional - PEN al 2036: El Reto de la Ciudadanía Plena, el cual establece cuatro propósitos: i) vida ciudadana, ii)
inclusión y equidad, iii) bienestar socioemocional, y iv)
productividad, prosperidad, investigación y sostenibilidad, los cuales convergen y respaldan el desarrollo de las acciones alineadas con lo esperado en la Agenda 2030
para el Desarrollo Sostenible;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3 sobre los propósitos del citado Proyecto Educativo Nacional - PEN al 2036, el bienestar socioemocional es un estado de la persona que incluye el manejo adaptativo de las emociones, de su vida social, de su capacidad de sana convivencia y una mirada optimista a su desarrollo y el de la sociedad, espacios en los que encuentra un sentido y propósito; por ello se conecta de modo profundo con el desarrollo de la espiritualidad y ánimo de trascendencia.

Asimismo, el bienestar socioemocional se expresa en el equilibrio emocional, la adaptación a la convivencia social, la capacidad de lidiar con retos diversos (físicos, personales, académicos, entre otros) y la contribución al bienestar colectivo (ciudadanía);

Que, resulta necesaria la adopción de medidas preventivas y de mitigación por parte de los actores educativos, orientadas a salvaguardar la integridad y el bienestar de la comunidad educativa, con especial incidencia en los estudiantes, frente a situaciones de riesgo y amenazas externas que pongan en peligro la seguridad escolar de instituciones educativas ubicadas en zonas urbanas, que además garanticen la continuidad de las actividades educativas en condiciones seguras.

Es preciso destacar que dichas medidas deben promover una cultura de prevención, autoprotección y corresponsabilidad entre la comunidad educativa y las autoridades locales;

Que, mediante el Informe Nº 00329-2024-MINEDU/ VMGI-DIGC-DIGE, elaborado por la Dirección de Gestión Escolar (DIGE) dependiente de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar (DIGC), se sustenta la necesidad de aprobar mediante acto resolutivo las medidas frente a riesgos y amenazas externas que comprometen la seguridad en instituciones educativas ubicadas en zonas urbanas, con el objeto de proteger a los miembros de la comunidad educativa y propiciar un entorno seguro en las instituciones educativas. Cabe precisar que la propuesta cuenta con la opinión favorable de la Dirección de Apoyo a la Gestión Educativa Descentralizada de la Dirección General de Gestión Descentralizada, con el Informe Nº 00062-2024-MINEDU/VMGI-DIGEGED-DAGED;

Que, mediante el Informe Nº 02102-2024-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP , la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto considera factible continuar con el trámite de aprobación de la propuesta, dado que desde el punto de vista de planificación, se encuentra alineada con los instrumentos de planificación estratégica e institucional del sector Educación; y, desde el punto de vista presupuestal, la implementación de las medidas dispuestas bajo responsabilidad del Ministerio de Educación, no irrogarán gastos adicionales a los programados en el Presupuesto Institucional del Pliego 010: M. de Educación en el Año Fiscal 2024; toda vez que, su implementación se sujetará al marco presupuestal disponible en la Dirección de Gestión Escolar. Respecto al 2025, la implementación de dichas actividades estará sujeto a la disponibilidad presupuestal de la DIGE contemplada en el Proyecto de Ley de Presupuesto para el Sector Público para el Año Fiscal 2025, que para el caso del correlativo de cadena 0159-2024 asciende a S/ 575,428.00 (QUINIENTOS SETENTA
Y CINCO MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO Y 00/100
SOLES). Asimismo, para los años subsiguientes, la DIGE, dependiente de la DIGC, deberá gestionar la asignación de los recursos presupuestarios que fueran necesarios en el marco de los procesos de Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria del año fiscal respectivo, y de acuerdo con las disposiciones contempladas en las Leyes Anuales de Presupuesto correspondiente;

Que, mediante el Informe Nº 01463-2024-MINEDU/ SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable a la aprobación de la propuesta;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; en la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar las "Medidas frente a riesgos y amenazas externas que comprometen la seguridad en Instituciones Educativas ubicadas en zonas urbanas", 19 NORMAS LEGALES
Viernes 1 de noviembre de 2024
cuyo texto, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Las instituciones educativas privadas implementan las medidas aprobadas en el anexo de la presente Resolución, adaptándolas a las particularidades de su entorno y circunstancias, con el fin de garantizar la seguridad de la comunidad educativa frente a riesgos y amenazas externas.

Artículo 3.- Las Unidades de Gestión Educativa Local supervisan, en el marco de sus competencias, la implementación de las medidas aprobadas en las instituciones educativas ubicadas en zonas urbanas de su jurisdicción.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe /minedu ), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CECILIA DEL PILAR GARCÍA DÍAZ
Viceministra de Gestión Institucional

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RV 126-2024-MINEDU Aprueban "Medidas frente a riesgos y amenazas externas que comprometen la seguridad en Instituciones Educativas ubicadas en zonas urbanas"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
  • Numero : 126-2024-MINEDU
  • Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2024-11-01
  • Fecha de aplicacion : 2024-11-02

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