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Artículo 2 00419 2023 de Extremo Referido Valor RM 01721-2024-DE Defensa
12/13/2024
Artículo 2 00419 2023 de Extremo Referido Valor RM 01721-2024-DE Defensa
Poder Ejecutivo, Defensa Modifican el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 00419-2023-DE, en el extremo referido al valor final de los pasajes aéreos autorizados RM 01721-2024-DE Lima, 11 de diciembre del 2024 VISTOS: Los Oficios Nº 9272/51, Nº 3295/51 y Nº 6908/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; y, el Informe Legal Nº 02258-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 00419-2023-DE, se autorizó el viaje al exterior, en comisión de servicio, de…
Modifican el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 00419-2023-DE, en el extremo referido al valor final de los pasajes aéreos autorizados
RM 01721-2024-DE
Lima, 11 de diciembre del 2024
VISTOS:
Los Oficios Nº 9272/51, Nº 3295/51 y Nº 6908/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; y, el Informe Legal Nº 02258-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
ZUAZO y del Capitán de Fragata David Alonso LAZO
VILDOSO, para que participen en la Reunión Media de Planeamiento (MPC) de la Jornada de Apoyo al Desarrollo "BINACIONAL COL-PER 2023", la cual se realizó en la Base Naval Logística Nº 3 ARC "Leguízamo", en el Puerto Leguízamo (Putumayo), República de Colombia, del 16 al 18 de mayo de 2023;
Que, asimismo, el artículo 2 de la citada Resolución Ministerial señaló que la Marina de Guerra del Perú efectuaría los pagos, entre otros, por concepto de pasajes aéreos internacionales de mil con 00/100 dólares americanos (US$ 1,000.00) a cada comisionado, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente;
Que, con Oficio Nº 452/81, el Comandante General de Operaciones de la Amazonía comunica al Director de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú que la Oficina General de Administración de la citada Institución Armada informó que los aludidos pasajes superaban el valor antes indicado en la Resolución Ministerial Nº 00419-2023-DE; por lo que, el Capitán de Fragata Roberto Augusto DURAND ZUAZO y el Capitán de Fragata David Alonso LAZO VILDOSO asumieron con recursos propios la diferencia del costo de cada uno de los pasajes;
Que, por medio del Oficio Nº 439/51, la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú informa que mediante los tickets electrónicos emitidos por la agencia de viajes Domiruth Travel Service, se puede evidenciar que los referidos pasajes aéreos internacionales superan el valor indicado en párrafos precedentes, llegando a cotizar cada pasaje por un monto de mil quinientos treinta con 69/100 dólares americanos (US$ 1,530.69), teniendo que asumir la diferencia del costo de cada uno de los pasajes, de acuerdo a las tres (3) constancias de transferencias;
Que, a través del Informe Legal Nº 098-2024, la Jefatura de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú emite opinión favorable a la propuesta de modificación del artículo 2 de la referida Resolución Ministerial, a fin de considerar el valor final de los pasajes aéreos del Capitán de Fragata Roberto Augusto DURAND
ZUAZO y del Capitán de Fragata David Alonso LAZO
VILDOSO, y reintegrar la diferencia del costo de los mismos a los citados Oficiales Superiores;
Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos Nº 035-2024, suscrita por la División de Remuneraciones de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú y por el Jefe de la Oficina General de Administración de dicha Institución Armada, la diferencia de los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales se efectuará con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;
Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestaria Nº 051-2024, el Jefe Accidental de la Oficina de Planes, Programas y Presupuestos de la Sub-Unidad Ejecutora 01
"Personal y Bienestar" de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú detalla los recursos involucrados en la propuesta de acto resolutivo;
asimismo, con la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 0000000101 emitida por la Dirección de Presupuesto de la Dirección General de Economía de la Marina de Guerra del Perú, se garantiza el financiamiento del mismo;
Que, con Oficios Nº 9272/51, Nº 3295/51 y Nº 6908/51, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina remite un proyecto de Resolución Ministerial que modifica el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 00419-2023-DE, a fin de considerar el valor final de los 10 NORMAS LEGViernes 13 de diciembre de 2024
pasajes aéreos del Capitán de Fragata Roberto Augusto DURAND ZUAZO y del Capitán de Fragata David Alonso LAZO VILDOSO, habilitando el reintegro de la diferencia del costo de los pasajes aéreos asumidos por cada Oficial Superior, para lo cual adjunta información relacionada a la presente modificación de viaje al exterior;
Que, mediante el Informe Legal Nº 02258-2024- MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que modifica el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 00419-2023-DE, en el extremo referido al valor final de los pasajes aéreos internacionales, conforme a las razones expuestas por la Marina de Guerra del Perú;
Con el visado de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;
el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa.
SE RESUELVE:
"Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo al siguiente concepto:
"Pasajes aéreos (agencia): Lima - Bogotá (República de Colombia) - Lima Clase económica US$ 1,530.69 x 2 personas US$ 3,061.38 (...)"
Artículo 2.- Disponer que la Marina de Guerra del Perú determine las acciones administrativas pertinentes para el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ
Ministro de Defensa
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 01721-2024-DE Modifican el artículo 2 de la Nº 00419-2023-DE, en el extremo referido al valor final de los pasajes aéreos autorizados
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 01721-2024-DE
- Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2024-12-13
- Fecha de aplicacion : 2024-12-14
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