12/18/2024
Registro Unificado Comisiones Poder Ejecutivo RSC 001-2024-PCM/SC PCM
Poder Ejecutivo, Presidencia del Consejo de Ministros Crean el Registro Unificado de Comisiones del Poder Ejecutivo (RUCPE) y aprueban los "Lineamientos para el ingreso de información en el Registro Unificado de Comisiones del Poder Ejecutivo, así como el seguimiento y soporte respectivo" RSC 001-2024-PCM/SC Lima, 17 de diciembre de 2024 VISTO: El Informe Nº D000049-2024-PCM-SSCI de la Subsecretaría de Coordinación Intersectorial, el Memorando Nº D000586-2024-PCM-SGP de la Secretaría de Gestión Pública y el Informe Nº D000268-2024-PCM-SSAP de la Subsecretaría de Administración Públi…
Crean el Registro Unificado de Comisiones del Poder Ejecutivo (RUCPE) y aprueban los "Lineamientos para el ingreso de información en el Registro Unificado de Comisiones del Poder Ejecutivo, así como el seguimiento y soporte respectivo"
RSC 001-2024-PCM/SC
Lima, 17 de diciembre de 2024
VISTO: El Informe Nº D000049-2024-PCM-SSCI de la Subsecretaría de Coordinación Intersectorial, el Memorando Nº D000586-2024-PCM-SGP de la Secretaría de Gestión Pública y el Informe Nº D000268-2024-PCM-SSAP de la Subsecretaría de Administración Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece, entre otros, los principios y las normas básicas de organización, competencias y funciones del Poder Ejecutivo, como parte del Gobierno Nacional; asimismo, en su artículo 35 señala que las Comisiones del Poder Ejecutivo son órganos que se crean para cumplir con las funciones de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes, que deben servir de base para las decisiones de otras entidades.
Sus conclusiones carecen de efectos jurídicos frente a terceros. No tienen personería jurídica ni administración propia y están integrados a una entidad pública;
Que, la Resolución Ministerial Nº 341-2024-PCM deroga la Resolución Ministerial Nº 268-2013-PCM, que creó el Registro Unificado de Comisiones Multisectoriales y aprobó la Directiva Nº 001-2013-PCM/ SC, "Lineamientos sobre las Comisiones Multisectoriales del Poder Ejecutivo" y su anexo, precisando que dicha resolución entra en vigencia al día siguiente de la publicación en el Diario Oficial "El Peruano", de la Resolución de Secretaría de Coordinación que crea el "Registro Unificado de Comisiones del Poder Ejecutivo (RUCPE)" y aprueba los "Lineamientos para el ingreso de información en el Registro Unificado de Comisiones del Poder Ejecutivo, así como el seguimiento y soporte respectivo";
Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, se aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, cuyo objeto es regular los principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado; el numeral 23.4 de su artículo 23 establece que la información sobre la creación, instalación, funcionamiento y extinción de las comisiones sectoriales y multisectoriales del Poder Ejecutivo se registra en el aplicativo informático que para tal efecto lleva la Secretaría de Coordinación o la que haga sus veces de la Presidencia del Consejo de Ministros conforme a las disposiciones de la materia;
Que, mediante el Informe Nº D000049-2024-PCM-SSCI de Visto, la Subsecretaría de Coordinación Intersectorial sustenta la necesidad de aprobar la creación del "Registro Unificado de Comisiones del Poder Ejecutivo (RUCPE)" y aprobar los "Lineamientos para el ingreso de información en el Registro Unificado de Comisiones del Poder Ejecutivo, así como el seguimiento y soporte respectivo", a fin que las entidades del Poder Ejecutivo cumplan con su obligación de registrar información sobre la creación, instalación, funcionamiento y extinción de comisiones en el aplicativo informático administrado por la Secretaría de Coordinación a través de la Subsecretaría de Coordinación Intersectorial;
Que, el literal k) del artículo 62 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la PCM, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 224-2023-PCM, señala que la Secretaría de Coordinación tiene la función de expedir resoluciones en materias de su competencia;
Que, asimismo, el artículo 66 de la acotada norma, establece que la Subsecretaría de Coordinación Intersectorial es la unidad orgánica de línea encargada de coordinar y articular con los sectores del Poder Ejecutivo las acciones para la elaboración y aprobación de normas 9 NORMAS LEGALES
Miércoles 18 de diciembre de 2024
reglamentarias y el seguimiento y actualización de la información correspondiente a las Comisiones bajo su dependencia, así como de apoyar a las comisiones permanentes de coordinación y a las comisiones multisectoriales que dependen de la Presidencia del Consejo de Ministros;
Que, adicionalmente, el literal f) de su artículo 67, señala como una de las funciones de la Subsecretaría de Coordinación Intersectorial, realizar la actualización de la información de las Comisiones Sectoriales y Multisectoriales del Poder Ejecutivo en el registro correspondiente, incluyendo las que dependen de la Presidencia del Consejo de Ministros, y efectuar el seguimiento respectivo;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial Nº 224-2023-PCM;
SE RESUELVE:
Créase el Registro Unificado de Comisiones del Poder Ejecutivo (RUCPE), a cargo de la Subsecretaría de Coordinación Intersectorial de la Secretaría de Coordinación de la Presidencia del Consejo de Ministros, como herramienta informática única y de uso obligatorio por parte de las entidades del Poder Ejecutivo, que permite el registro de la información sobre la creación, instalación, funcionamiento y extinción de las comisiones sectoriales y multisectoriales del Poder Ejecutivo. El RUCPE se rige por las disposiciones previstas en los lineamientos aprobados por el artículo 2 de la presente resolución.
Artículo 2.- Aprobación de Lineamientos Apruébese los "Lineamientos para el ingreso de información en el Registro Unificado de Comisiones del Poder Ejecutivo, así como el seguimiento y soporte respectivo", el cual forma parte de la presente resolución como anexo.
Artículo 3.- Vigencia La presente resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, y establecer que los Lineamientos que aprueba sean publicados en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros: https:// www.gob.pe/pcm.
DISPOSICIÓN
COMPLEMENTARIA TRANSITORIA
Única.- Implementación inicial del Registro Unificado de Comisiones del Poder Ejecutivo (RUCPE)
El Registro Unificado de Comisiones del Poder Ejecutivo (RUCPE) se implementa con la información procedente del Registro Unificado de Comisiones Multisectoriales aprobado por la Resolución Ministerial Nº 268-2013-PCM y toda aquella que proceda en cumplimiento de los lineamientos aprobados por el artículo 2 del presente dispositivo.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MILAGRITOS PILAR PASTOR PAREDES
Secretaria de la Secretaría de Coordinación Secretaría de Coordinación
NORMA LEGAL:
- Titulo: RSC 001-2024-PCM/SC Crean el Registro Unificado de Comisiones del Poder Ejecutivo (RUCPE) y aprueban los "Lineamientos para el ingreso de información en el Registro Unificado de Comisiones del Poder Ejecutivo, así como el seguimiento y soporte respectivo"
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE COORDINACIÓN
- Numero : 001-2024-PCM/SC
- Emitida por : Presidencia del Consejo de Ministros - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2024-12-18
- Fecha de aplicacion : 2024-12-19
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