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2 Fichas Técnicas Rubro Material Accesorios RJ 000004-2025-PERU Transportes y Comunicaciones
1/18/2025
2 Fichas Técnicas Rubro Material Accesorios RJ 000004-2025-PERU Transportes y Comunicaciones
Organismos Ejecutores, Transportes y Comunicaciones Aprueban 2 Fichas Técnicas del rubro Material, accesorios y suministros de plantas y animales vivos, y disponen su inclusión en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC RJ 000004-2025-PERU COMPRAS-JEFATURA San Isidro, 16 de enero del 2025 VISTOS: El Informe Nº 000239-2024-PERU COMPRAS-DES, de fecha 04 de diciembre de 2024, emitido por la Dirección de Estandarización y Sistematización; el Informe Nº 000065-2024-PERU COMPRAS-DAMER, de fecha 20 de diciembre de 2024, emitido por la Dirección de Análisis de Mercado; el Informe Nº 000009-20…
Aprueban 2 Fichas Técnicas del rubro Material, accesorios y suministros de plantas y animales vivos, y disponen su inclusión en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC
RJ 000004-2025-PERU COMPRAS-JEFATURA
San Isidro, 16 de enero del 2025
VISTOS:
El Informe Nº 000239-2024-PERU COMPRAS-DES, de fecha 04 de diciembre de 2024, emitido por la Dirección de Estandarización y Sistematización; el Informe Nº 000065-2024-PERU COMPRAS-DAMER, de fecha 20 de diciembre de 2024, emitido por la Dirección de Análisis de Mercado; el Informe Nº 000009-2025-PERU COMPRAS-OAJ, de fecha 10 de enero de 2025, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS; y;
CONSIDERANDO:
COMPRAS es un Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que goza de personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera;
siendo que, una de sus funciones es promover la Subasta Inversa y el proceso de homologación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1018;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 052-2019-EF, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS;
Que, el numeral 26.1 del artículo 26 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, señala que, el procedimiento de selección de Subasta Inversa Electrónica se utiliza para la contratación de bienes y servicios comunes que cuenten con Ficha Técnica y se encuentren incluidos en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC;
Que, el numeral 110.3 del artículo 110 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y modificatorias (en adelante, el "Reglamento"), referido al procedimiento de Subasta Inversa Electrónica, establece que, la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS genera y aprueba las fichas técnicas de los bienes y servicios a incluirse en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, así como los Documentos de Información Complementaria de los rubros a los que corresponden, a los cuales se accede a través del SEACE, pudiendo ser objeto de modificación o exclusión, previo sustento técnico;
Que, el Anexo Nº 1 de Definiciones del Reglamento señala que, son bienes y servicios comunes aquellos que, existiendo más de un proveedor en el mercado, cuentan con características o especificaciones usuales en el mercado, o han sido estandarizados como consecuencia de un proceso de homogeneización llevado a cabo al interior del Estado, cuyo factor diferenciador entre ellos es el precio en el cual se transan;
Que, el sub numeral 8.1.1 de las Disposiciones Específicas de la Directiva Nº 009-2023-PERU
COMPRAS, denominada "Disposiciones que regulan la gestión del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC", aprobada por Resolución Jefatural Nº 000178-2023-PERU COMPRAS-JEFATURA (en adelante, "la Directiva"), señala, entre otros aspectos, que la Dirección de Estandarización y Sistematización (en adelante, la 21 NORMAS LEGALES
Sábado 18 de enero de 2025
"DES"), elabora el proyecto de Ficha Técnica describiendo las características técnicas y/o prestaciones que debe tener un determinado bien o servicio; asimismo, el proyecto de Ficha Técnica tiene la estructura establecida en el Anexo Nº 1 "Modelo de Ficha Técnica", que se encuentra conformada por: 1) Características o prestaciones generales del bien o servicio común, y 2) Características o prestaciones específicas del bien o servicio común;
pudiendo considerar sugerencias presentadas por las entidades públicas, entes rectores sectoriales, gremios u otras organizaciones;
Que, el numeral 7.4 de las Disposiciones Generales de la Directiva establece que, la DES comprueba la existencia de organismos públicos y privados con capacidad de verificar la calidad y/o evaluar la conformidad de los bienes o servicios, pudiendo efectuar consultas a entidades especializadas en la materia y/o recurrir a otras fuentes, de ser el caso;
Que, el sub numeral 8.1.2 de las Disposiciones Específicas de la Directiva señala que, la DES realiza la publicación del proyecto de Ficha Técnica de bienes y servicios en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE y gestiona su publicación en la sede digital de PERU COMPRAS, por el plazo mínimo de ocho (8) días hábiles, para recibir sugerencias y/o recomendaciones de las entidades públicas, proveedores y público interesado, respecto de su contenido;
transcurrido el mencionado plazo, la DES evalúa las sugerencias y/o recomendaciones y, de ser necesario, solicita opinión técnica o información adicional a las entidades competentes; pudiendo, con posterioridad a su publicación y en mérito a la evaluación efectuada, realizar, de considerarlo necesario, nuevas publicaciones del proyecto de Ficha Técnica;
Que, el sub numeral 8.1.3 de las Disposiciones Específicas de la Directiva establece que, con el informe emitido por la Dirección de Estandarización y Sistematización, la Jefatura de PERU COMPRAS, a través de Resolución Jefatural, aprueba la inclusión de la Ficha Técnica del bien o servicio en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, que se publica en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE y en la sede digital de PERU COMPRAS;
siendo obligatorio el uso de la Ficha Técnica a partir del siguiente de su publicación en el SEACE, para todas las contrataciones que realizan las entidades públicas, con independencia del monto de la contratación, incluyendo aquellas que no se encuentran bajo el ámbito de la Ley de Contrataciones del Estado o que se sujeten a otro régimen legal de contratación;
Que, los Documentos de Información Complementaria referidos en el numeral 110.3 del artículo 110 del Reglamento, contienen información sobre las exigencias normativas sectoriales que debe cumplir el proveedor del bien o servicio e información relacionada con la comprobación de su calidad y/o evaluación de la conformidad, conforme a lo señalado por el numeral de 8.2.1 de las Disposiciones Específicas de la Directiva.
Cabe precisar que, dichos documentos se encuentran referidos en el ROF como Documentos de Orientación;
Que, el numeral 8.3.11 de las Disposiciones Específicas de la Directiva dispone que, con el informe de la DES en el que se recomienda la modificación del Documento de Información Complementaria, la Jefatura de PERU COMPRAS, a través de Resolución Jefatural, aprueba la modificación del Documento de Información Complementaria en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC. Dicho documento resolutivo es publicado en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE y en la sede digital de PERU COMPRAS;
Que, mediante Informe Nº 000239-2024-PERU
COMPRAS-DES, la DES refiere que, evaluó la condición de "bien común" de los productos de las Fichas Técnicas propuestas para su inclusión en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, conforme a lo siguiente:
i) verificó la existencia de más de un proveedor en el mercado para los dos (2) productos objeto de evaluación;
y, ii) los productos materia de evaluación cuentan con características usuales en el mercado, sustentadas en los documentos técnicos correspondientes; en ese sentido, concluye que, los productos objeto de análisis cumplen con la condición de bien común, recomendando la aprobación de la inclusión de dos (2) Fichas Técnicas correspondientes al rubro Material, accesorios y suministros de plantas y animales vivos en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, a efectos que las entidades realicen contrataciones eficientes;
Que, a su vez, la Dirección de Análisis de Mercado, a través del Informe Nº 000065-2024-PERU COMPRAS-DAMER, concluye que, a partir de la información registrada en el SEACE, correspondiente al periodo 2020 - noviembre 2024, se aprecia que los productos de las Fichas Técnicas referidas, fueron adquiridos por cincuenta y un (51) entidades, por un total acumulado de S/ 110'389,563.31, con cincuenta y ocho (58) proveedores distintos;
Que, teniendo en cuenta la propuesta de inclusión de Fichas Técnicas, la legislación y normatividad sectorial vigente, así como, las sugerencias y recomendaciones recibidas, la DES señala que, se genera la necesidad de realizar la modificación del Documento de Información Complementaria correspondiente; de modo que, este sea utilizado en forma complementaria con las fichas técnicas materia de inclusión, conforme al artículo 110 del Reglamento;
Que, mediante Informe Nº 000009-2025-PERU
COMPRAS-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que, conforme al sustento técnico expuesto por la DES
y de conformidad con lo dispuesto por la normativa aplicable, resulta legalmente viable la inclusión de las referidas Fichas Técnicas en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, así como la modificación del Documento de Información Complementaria correspondiente;
Con el visto bueno de la Gerencia General, la Dirección de Estandarización y Sistematización, y la Oficina de Asesoría Jurídica, y;
De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1018; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF; el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y modificatorias; la Directiva Nº 009-2023-PERU COMPRAS, aprobada por Resolución Jefatural Nº 000178-2023-PERU COMPRAS-JEFATURA; y, en ejercicio de las atribuciones conferidas por los literales d) e y) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS, aprobado por el Decreto Supremo Nº 052-2019-EF;
SE RESUELVE:
Nº DENOMINACIÓN DEL BIEN VERSIÓN
1 FERTILIZANTE UREA PARA APLICACIÓN AL SUELO 01
2 FERTILIZANTE UREA PARA APLICACIÓN FOLIAR 01
* Las Fichas Técnicas podrán ser visualizadas en el siguiente enlace web:
https://www.perucompras.gob.pe/subasta-inversa/listado-bienes-servicios-comunes.php Artículo Segundo.- Modificar el Documento de Información Complementaria del rubro Material, accesorios y suministros de plantas y animales vivos del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, cuya Versión 10, forma parte integrante de la presente Resolución como Anexo Nº 02.
Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección de Estandarización y Sistematización realice la publicación de la presente Resolución y sus Anexos en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE.
Artículo Cuarto.- La Resolución Jefatural y sus Anexos se publican en la sede digital de la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS (www.gob.pe/ 22 NORMAS LEGALES Sábado 18 de enero de 2025
perucompras), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE ALBERTO ZAPATA GALLO
Jefe de la Central de Compras Públicas -PERU COMPRAS
NORMA LEGAL:
- Titulo: RJ 000004-2025-PERU COMPRAS-JEFATURA Aprueban 2 Fichas Técnicas del rubro Material, accesorios y suministros de plantas y animales vivos, y disponen su inclusión en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
- Numero : 000004-2025-PERU COMPRAS-JEFATURA
- Emitida por : Transportes y Comunicaciones - Organismos Ejecutores
- Fecha de emision : 2025-01-18
- Fecha de aplicacion : 2025-01-19
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