1/11/2025

Permanencia Exterior Oficial Marina Guerra Perú RM 00028-2025-DE Defensa

Poder Ejecutivo, Defensa Autorizan permanencia en el exterior de Oficial de la Marina de Guerra del Perú, en misión de estudios RM 00028-2025-DE Lima, 9 de enero del 2025 7 NORMAS LEGALES Sábado 11 de enero de 2025 VISTOS: El Oficio Nº 10512/52 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el Oficio Nº 03800-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal Nº 00040-2025-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº D-OC-SG-140G4501-S- 23-…
Poder Ejecutivo, Defensa
Autorizan permanencia en el exterior de Oficial de la Marina de Guerra del Perú, en misión de estudios
RM 00028-2025-DE
Lima, 9 de enero del 2025
7 NORMAS LEGALES
Sábado 11 de enero de 2025
VISTOS:

El Oficio Nº 10512/52 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú;
el Oficio Nº 03800-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal Nº 00040-2025-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Oficio Nº D-OC-SG-140G4501-S- 23-000348 el Agregado de Defensa a la Embajada de España en Lima remite la relación de plazas asignadas a las Fuerzas Armadas del Perú para los cursos ofertados dentro del Programa de Cooperación Internacional en Materia de Enseñanza Militar (PCIMEM) ciclo 2024 - 2025, entre los que se encuentra considerado el Curso de Operaciones Anfibias y Expedicionarias, dirigido a Oficiales de la Marina de Guerra del Perú;

Que, con Oficio Nº 9715/52 el Subsecretario de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú comunica al Agregado de Defensa a la Embajada de España en Lima que se ha designado al Alférez de Fragata David Renán AVANZINI GUZMÁN para participar en el citado curso;

Que, con Oficio Nº D-OC-SG-140G4501-S-24-000324
el Agregado de Defensa a la Embajada de España en Lima remite al Comandante General de la Marina de Guerra del Perú, la carta de invitación dirigida al Alférez de Fragata David Renán AVANZINI GUZMÁN para que participe en el Curso de Operaciones Anfibias y Expedicionarias, a realizarse en la Escuela de Infantería de Marina "General Albacete y Fuster" (EIMGAF), en Cartagena (Murcia), Reino de España, del 13 de enero al 21 de marzo de 2025, dentro del marco del Programa de Cooperación Internacional en Materia de Enseñanza Militar;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 01017-2024-DE se autorizó el viaje al exterior, en misión de estudios, del Alférez de Fragata David Renán AVANZINI
GUZMÁN para que participe en el Curso de Táctica Anfibia, que se lleva a cabo en la Escuela de Infantería de Marina "General Albacete y Fuster" (EIMGAF), en Cartagena (Murcia), Reino de España, del 14 de octubre al 13 de diciembre de 2024, incorporándose a la fase presencial en la ciudad de Madrid el día 10 de octubre de 2024;

Que, la Marina de Guerra del Perú comunica que el Alférez de Fragata David Renán AVANZINI GUZMÁN, al término la citada misión de estudios, solicitó vacaciones del 14 de diciembre de 2024 al 12 de enero de 2025, en el Reino de España, con la finalidad de que al término de las mismas se incorpore en la Escuela de Infantería de Marina "General Albacete y Fuster" (EIMGAF), en Cartagena (Murcia), Reino de España, para seguir el Curso de Operaciones Anfibias y Expedicionarias, del 13 de enero al 21 de marzo de 2025;

Que, a través del Informe Legal Nº 089-2024/OAL-DGE la Jefatura de la Oficina de Asesoría Legal de la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú emite opinión favorable a la autorización de permanencia en el exterior, en misión de estudios, del mencionado personal militar para participar en el citado curso, en el lugar y fecha programada;

Que, en la Exposición de Motivos anexada al expediente se señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar la permanencia en el exterior, en misión de estudios, del personal naval que participará en el Curso de Operaciones Anfibias y Expedicionarias, por cuanto le permitirá adquirir e intercambiar conocimientos y experiencias garantizando una eficiente transmisión de los mismos, así como apoyar eficientemente en operaciones futuras, lo cual redundará en beneficio de la Marina de Guerra del Perú;

Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos Nº 008-2025
suscrita por la Marina de Guerra del Perú, los gastos por pasaje aéreo (retorno), pasaje terrestre (retorno) y compensación extraordinaria por servicio en el extranjero se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 7 del Reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;

Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestaria Nº 015-2025, la Marina de Guerra del Perú detalla los recursos que se ejecutarán en la citada permanencia en el exterior, en misión de estudios; asimismo, con las Certificaciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000001
y Nº 0000000052 la Institución Amada garantiza su financiamiento;

Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales, resulta necesario autorizar el retorno al país del personal militar designado un (1)
día después del término de la actividad programada, sin que este día adicional genere gasto alguno al tesoro público;

Que, con Oficio Nº 10512/52 la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita la autorización de permanencia en el exterior, en misión de estudios, del personal militar que participará en el Curso de Operaciones Anfibias y Expedicionarias, a realizarse en la Escuela de Infantería de Marina "General Albacete y Fuster" (EIMGAF), en Cartagena (Murcia), Reino de España, del 13 de enero al 21 de marzo de 2025, autorizando su retorno al país el 22 de marzo de 2025;

Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú;

Que, a través del Oficio Nº 03800-2024-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico Nº 255-2024-MINDEF/ VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización de permanencia en el exterior referida en los considerandos precedentes;

Que, mediante el Informe Legal Nº 00040-2025- MINDEF/SG-OGAJ la Oficina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice la presente permanencia en el exterior, en misión de estudios, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa;
y el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 414-2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar la permanencia en el exterior, en misión de estudios, del Alférez de Fragata David Renán AVANZINI GUZMÁN, identificado con CIP Nº 00125787
8 NORMAS LEGALES Sábado 11 de enero de 2025
y DNI Nº 73119711, para que participe en el Curso de Operaciones Anfibias y Expedicionarias, a realizarse en la Escuela de Infantería de Marina "General Albacete y Fuster" (EIMGAF), en Cartagena (Murcia), Reino de España, del 13 de enero al 21 de marzo de 2025, autorizando su retorno al país el 22 de marzo de 2025.

Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025, de acuerdo a los siguientes conceptos:

Pasaje aéreo (retorno): Alicante (Reino de España) - Lima Clase económica US$ 816.87 x 1 persona (incluye importe TUUA) US$ 816.87
Pasaje terrestre (retorno): Cartagena, Murcia - Alicante (Reino de España)
US$ 33.00 x 1 persona US$ 33.00
---------------- Total a pagar en dólares americanos: US$ 849.87
Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero:
€ 4,210.42 / 31 x 19 días (ene.) x 1 persona € 2,580.58
€ 4,210.42 x 1 mes (feb.) x 1 persona € 4,210.42
€ 4,210.42 / 31 x 21 días (mar.) x 1 persona € 2,852.22
--------------- Total a pagar en euros: € 9,643.22
Artículo 3.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado.

Artículo 4.- El Oficial Subalterno autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 5.- El mencionado Oficial Subalterno revistará en la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú por el período que dure la misión de estudios en el exterior.

Artículo 6.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ
Ministro de Defensa

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 00028-2025-DE Autorizan permanencia en el exterior de Oficial de la Marina de Guerra del Perú, en misión de estudios
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 00028-2025-DE
  • Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2025-01-11
  • Fecha de aplicacion : 2025-01-12

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