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D000001 2025 conadis pre Mediante Cual Delegan RP Mujer y Poblaciones Vulnerables
2/07/2025
D000001 2025 conadis pre Mediante Cual Delegan RP Mujer y Poblaciones Vulnerables
Poder Ejecutivo, Mujer y Poblaciones Vulnerables Modifican la Resolución de Presidencia Nº D000001-2025-CONADIS-PRE, mediante la cual se delegan determinadas facultades de la Presidencia a diferentes unidades de organización del CONADIS durante el Año Fiscal 2025 RP D000021-2025-CONADIS-PRE Lima, 4 de febrero del 2025 VISTOS: La Nota Nº D000107-2025-CONADIS-GG, emitida por la Gerencia General; la Nota Nº D000042-2025-CONADIS-OAJ y el Informe Nº D000065-2025-CONADIS-OAJ, emitidos por la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 63 de la Ley Nº …
Modifican la Resolución de Presidencia Nº D000001-2025-CONADIS-PRE, mediante la cual se delegan determinadas facultades de la Presidencia a diferentes unidades de organización del CONADIS durante el Año Fiscal 2025
RP D000021-2025-CONADIS-PRE
Lima, 4 de febrero del 2025
VISTOS:
La Nota Nº D000107-2025-CONADIS-GG, emitida por la Gerencia General; la Nota Nº D000042-2025-CONADIS-OAJ y el Informe Nº D000065-2025-CONADIS-OAJ, emitidos por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 72.2 del artículo 72 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en adelante TUO de la LPAG, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, dispone que toda entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el eficiente cumplimiento de su misión y objetivos, así como, para la distribución de las atribuciones que se encuentren comprendidas dentro de su competencia;
Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del TUO de la LPAG establece que procede también la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; asimismo, el artículo 79 del aludido cuerpo normativo dispone que el delegante tendrá siempre la obligación de vigilar la gestión del delegado, y podrá ser responsable con éste por culpa en la vigilancia;
Que, asimismo, el numeral 85.1 del artículo 85 del TUO de la LPAG dispone que la titularidad y el ejercicio de competencia asignada a los órganos administrativos se desconcentran en otros órganos de la entidad, siguiendo los criterios establecidos en la Ley del Procedimiento Administrativo General;
Que, el artículo 51 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del CONADIS, aprobado por la Resolución de Presidencia Nº D000119-2024-CONADIS-PRE, establece que la Dirección de Fiscalización y Sanciones es el órgano de línea responsable de conducir las acciones de fiscalización, instrucción y sanción respecto del cumplimiento de la normativa en materia de discapacidad;
Que, mediante la Resolución de Presidencia Nº D000001-2025-CONADIS-PRE, publicada en el diario oficial El Peruano el 6 de enero de 2025, se delegan determinadas facultades de la Presidencia a diferentes unidades de organización del CONADIS durante el Año Fiscal 2025;
Que, la Gerencia General, mediante la Nota Nº D000107-2025-CONADIS-GG, remite, con su conformidad, la Nota Nº D000042-2025-CONADIS-OAJ
y el Informe Nº D000065-2025-CONADIS-OAJ, por los cuales, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que resulta jurídicamente viable delegar en el/la Director/a II de la Dirección de Fiscalización y Sanciones, la facultad de representar al CONADIS ante el Ministerio Público y el Poder Judicial, en las carpetas fiscales y procesos judiciales, respectivamente, referentes a los procedimientos administrativos sancionadores;
Con el visado de la Gerencia General y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2014-MIMP; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del CONADIS, aprobado por la Resolución de Presidencia
Nº D000119-2024-CONADIS-PRE;
SE RESUELVE:
"(...)
Artículo 4-A.- Delegar en el/la Director/a II de la Dirección de Fiscalización y Sanciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad, durante el Año Fiscal 2025, la facultad de representar al Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) ante el Ministerio Público y Poder Judicial, en las carpetas fiscales y procesos judiciales, respectivamente, referidos a los procedimientos administrativos sancionadores en materia de cumplimiento de la normativa en materia de discapacidad. (...)"
Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente Resolución de Presidencia en el Diario Oficial El Peruano y en la Sede Digital del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (www.gob. pe/conadis).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SANDRA PILAR PIRO MARCOS
Presidenta Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad
NORMA LEGAL:
- Titulo: RP D000021-2025-CONADIS-PRE Modifican la Nº D000001-2025-CONADIS-PRE, mediante la cual se delegan determinadas facultades de la Presidencia a diferentes unidades de organización del CONADIS durante el Año Fiscal 2025
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA
- Numero : D000021-2025-CONADIS-PRE
- Emitida por : Mujer y Poblaciones Vulnerables - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2025-02-07
- Fecha de aplicacion : 2025-02-08
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