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33 Normas Legales Sábado 8 Marzo 2025 El Peruano RV 020-2025-MINEDU Defensa
3/08/2025
33 Normas Legales Sábado 8 Marzo 2025 El Peruano RV 020-2025-MINEDU Defensa
Poder Ejecutivo, Defensa 33 NORMAS LEGALES Sábado 8 de marzo de 2025 El Peruano / Escanea el código QR 915 248 103 pgaconsulta@editoraperu.com.pe www.elperuano.pe/pga Simplificando acciones, agilizando procesos La solución digital para publicar normas legales y declaraciones juradas en EL Peruano. Herramienta amigable para publicar dispositivos en la separata Normas Legales. SENCILLO Agiliza los trámites de publicación utilizando canales virtuales. RÁPIDO Trámite validado mediante firma digital del responsable de la institución. SEGURO a publicar Normas Legales. RV 020-2025-MINEDU Lima, 6 de …
33 NORMAS LEGALES Sábado 8 de marzo de 2025 El Peruano / Escanea el código QR 915 248 103 pgaconsulta@editoraperu.com.pe www.elperuano.pe/pga Simplificando acciones, agilizando procesos La solución digital para publicar normas legales y declaraciones juradas en EL Peruano. Herramienta amigable para publicar dispositivos en la separata Normas Legales. SENCILLO Agiliza los trámites de publicación utilizando canales virtuales. RÁPIDO Trámite validado mediante firma digital del responsable de la institución. SEGURO a publicar Normas Legales.
RV 020-2025-MINEDU
Lima, 6 de marzo de 2025
VISTOS, el Expediente DISERTPA2025-INT-0196446, el Informe Nº 00085-2025-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA-DISERTPA de la Dirección de Servicios de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística, el Informe Nº 00191-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFOID de la Dirección de Formación Inicial Docente, el Informe Nº 00319-2025-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Informe Nº 00323-2025-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
y EES públicos bilingües y, de los IES y EES públicos, ubicados en el ámbito rural o de frontera, los mismos que deben actualizarse anualmente;
Que, el numeral 4.6 del artículo 4 del citado Decreto Supremo dispone que dichos padrones constituyen el único instrumento habilitante para la percepción de las asignaciones que se otorgan a favor de los docentes de la carrera pública docente, docentes contratados, asistentes y auxiliares de educación superior contratados, en el marco de lo dispuesto en la Ley Nº 30512;
Que, el numeral 238.1 del artículo 238 del Reglamento de la Ley Nº 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2017-MINEDU, establece que los docentes que cesan sin cumplir el periodo laboral que le permite gozar del periodo vacacional anual o que cesan habiendo cumplido el periodo laboral para el goce del periodo vacacional sin haberlo hecho efectivo, tienen derecho al reconocimiento de sus vacaciones truncas.
Asimismo, el numeral 238.2 del artículo 38 del referido Reglamento dispone que la remuneración vacacional trunca del docente se calcula en proporción de un quinto de la Remuneración Íntegra Mensual Superior (RIMS) y las asignaciones temporales que percibe el docente al momento del retiro por cada mes de servicio efectivo durante el año;
Que, mediante la Resolución Viceministerial Nº 014-2024-MINEDU, se aprueban los padrones de Institutos de Educación Superior y Escuelas de Educación Superior públicos para la percepción de las asignaciones que se otorgan a favor de los docentes de la Carrera Pública Docente, docentes contratados, asistentes y auxiliares de Educación Superior contratados, previstas en la Ley Nº 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes, los mismos que entraron en vigencia el 01 de marzo de 2024
y se constituyeron como el único instrumento habilitante para la percepción de dichas asignaciones durante el año 2024;
Que, en el marco de lo expuesto, mediante los Informes Nº 00085-2025-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA-DISERTPA, y Nº 00191-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFOID, elaborados por la Dirección de Servicios de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística dependiente de la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística, así como por la Dirección de Formación Inicial Docente dependiente de la Dirección General de Desarrollo Docente, respectivamente, se sustenta la necesidad de aprobar los padrones de IES/EES
correspondientes a la percepción de las asignaciones previstas en los artículos 94, 106 y 109 de la Ley Nº 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes, conforme con el siguiente detalle: i) Padrón de Institutos de Educación Superior Tecnológicos Públicos, ubicados en los distritos que forman parte de los ámbitos de intervención directa y de infl uencia del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM); ii) Padrón de Institutos de Educación Superior Tecnológicos Públicos, ubicados en ámbito rural; iii) Padrón de Institutos de Educación Superior Tecnológicos Públicos, ubicados en ámbito de frontera; iv) Padrón de Institutos y Escuelas de Educación Superior Pedagógica Públicos, ubicados en los distritos que forman parte de los ámbitos de intervención directa y de infl uencia del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM); v) Padrón de Institutos y Escuelas de Educación Superior Pedagógica Públicos, ubicados en ámbito rural; vi) Padrón de Institutos y Escuelas de Educación Superior Pedagógica Públicos, ubicados en ámbito de frontera y vii) Padrón de Institutos y Escuelas de Educación Superior Pedagógica Públicos bilingües, con la finalidad de implementar el pago de las asignaciones por trabajo docente en ámbito del VRAEM, rural, frontera, y bilingüe para los Institutos y Escuelas de Educación Superior Pedagógica públicos;
Que, asimismo, en los referidos informes se sustenta la necesidad de disponer que los citados padrones deben entrar en vigencia a partir de marzo de 2025 y que los padrones aprobados por la Resolución Viceministerial Nº 014-2024-MINEDU, se utilicen para el cálculo de la remuneración vacacional (enero y febrero 2025) de los docentes nombrados y de las vacaciones truncas de los docentes, asistentes y auxiliares contratados de los IES
y EES públicos que mantuvieron vínculo laboral durante el año 2024;
Que, mediante el Informe Nº 00319-2025-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica, en el marco de sus competencias y funciones, emite opinión en relación a la propuesta precisando que, desde el punto de vista de planificación, se considera viable dado que la propuesta es concordante con los instrumentos estratégicos e institucionales del sector Educación, y, en materia de presupuesto, señala que los recursos para financiar la propuesta se encuentran programados desde el presente Año Fiscal 2025 en el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2025 de los Gobiernos Regionales y no en el Pliego 010:
M. de Educación, siendo que cada Pliego conduce su respectivo proceso presupuestal conforme lo dispone el artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1440;
Que, a través del Informe Nº 00323-2025-MINEDU/ SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable a la propuesta y recomienda continuar con el trámite correspondiente para su aprobación;
De conformidad con la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley Nº 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes;
el Reglamento de la Ley Nº 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2017-MINEDU; el Decreto Supremo Nº 357-2019-EF, que aprueba los montos, criterios y condiciones de las asignaciones de los docentes de la carrera pública docente, de los docentes contratados, de los asistentes y auxiliares de educación superior contratados y el subsidio 35 NORMAS LEGALES
Sábado 8 de marzo de 2025
por luto y sepelio de los docentes de la carrera pública docente; el Decreto Supremo Nº 040-2016-PCM, que reordena ámbitos de intervención directa y de infl uencia del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro - VRAEM; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;
SE RESUELVE:
Anexo 1: Padrón de Institutos de Educación Superior Tecnológica Públicos, ubicados en los distritos que forman parte de los ámbitos de intervención directa y de infl uencia del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM).
Anexo 2: Padrón de Institutos de Educación Superior Tecnológica Públicos, ubicados en ámbito rural.
Anexo 3: Padrón de Institutos de Educación Superior Tecnológicos Públicos, ubicados en ámbito de frontera.
Anexo 4: Padrón de Institutos y Escuelas de Educación Superior Pedagógica públicos, ubicados en los distritos que forman parte de los ámbitos de intervención directa y de infl uencia del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM).
Anexo 5: Padrón de Institutos y Escuelas de Educación Superior Pedagógica públicos, ubicados en ámbito rural.
Anexo 6: Padrón de Institutos y Escuelas de Educación Superior Pedagógica públicos, ubicados en ámbito de frontera.
Anexo 7: Padrón de Institutos y Escuelas de Educación Superior Pedagógica públicos bilingües.
Artículo 2.- Establecer que los padrones aprobados por el artículo 1 de la precedente Resolución entran en vigencia a partir del mes de marzo de 2025 y constituyen el único instrumento habilitante durante el Año Fiscal 2025
para la percepción de las asignaciones cuyos montos, criterios y condiciones se establecen en el Decreto Supremo Nº 357-2019-EF.
Artículo 3.- Precisar que solo podrán percibir las asignaciones los docentes nombrados, docentes contratados y los asistentes o auxiliares de educación superior contratados que desempeñan funciones efectivas en el cargo, tipo y ubicación de los Institutos de Educación Superior (IES) y Escuelas de Educación Superior (EES)
públicos considerados en los padrones aprobados mediante el artículo 1 de la presente Resolución.
Artículo 4.- Disponer que los padrones de los Institutos de Educación Superior (IES) y Escuelas de Educación Superior (EES) públicos aprobados mediante la Resolución Viceministerial Nº 014-2024-MINEDU, se utilicen para el cálculo, entre otros, de las asignaciones temporales del periodo vacacional (enero y febrero 2025) de los docentes nombrados y el pago de las asignaciones temporales de las vacaciones truncas para los docentes contratados de los IES/EES que mantuvieron vínculo laboral durante el año 2024.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución y sus anexos en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial "El Peruano".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARÍA ESTHER CUADROS ESPINOZA
Viceministra de Gestión Pedagógica
NORMA LEGAL:
- Titulo: RV 020-2025-MINEDU 33 NORMAS LEGALES Sábado 8 de marzo de 2025 El Peruano / Escanea el código QR 915 248 103 pgaconsulta@editoraperu.com.pe www.elperuano.pe/pga Simplificando acciones, agilizando procesos La solución digital para publicar normas legales y declaraciones juradas en EL Peruano. Herramienta amigable para publicar dispositivos en la separata Normas Legales. SENCILLO Agiliza los trámites de publicación utilizando canales virtuales. RÁPIDO Trámite validado mediante firma digital del responsable de la institución. SEGURO a publicar Normas Legales.
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
- Numero : 020-2025-MINEDU
- Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2025-03-08
- Fecha de aplicacion : 2025-03-09
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