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Emergencia Gestión Manejo Residuos Sólidos RM 00307-2025-MINAM Ambiente
11/16/2025
Emergencia Gestión Manejo Residuos Sólidos RM 00307-2025-MINAM Ambiente
Poder Ejecutivo, Ambiente Declaran en emergencia la gestión y manejo de los residuos sólidos en el distrito de Pilcomayo, provincia de Huancayo, departamento de Junín, por cese total de operaciones RM 00307-2025-MINAM Lima, 14 de noviembre de 2025 VISTOS, el Informe Nº 00401-2025-MINAM/VMGA/ DGGRS/DGMRS de la Dirección de Gestión y Manejo de Residuos Sólidos de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos, el Memorando Nº 01747-2025-MINAM/ VMGA/DGGRS de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos, el Memorando Nº 02061-2025-MINAM/ VMGA del Viceministerio de Gestión Ambiental, e…
Declaran en emergencia la gestión y manejo de los residuos sólidos en el distrito de Pilcomayo, provincia de Huancayo, departamento de Junín, por cese total de operaciones
RM 00307-2025-MINAM
Lima, 14 de noviembre de 2025
VISTOS, el Informe Nº 00401-2025-MINAM/VMGA/ DGGRS/DGMRS de la Dirección de Gestión y Manejo de Residuos Sólidos de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos, el Memorando Nº 01747-2025-MINAM/ VMGA/DGGRS de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos, el Memorando Nº 02061-2025-MINAM/ VMGA del Viceministerio de Gestión Ambiental, el Informe Nº 00959-2025-MINAM/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1278, se aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, la cual tiene por objeto establecer derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto, con la finalidad de propender a la maximización constante de la eficiencia en el uso de los materiales y asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos económica, sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujeción a las obligaciones, principios y lineamientos señalados en esta Ley;
Que, el literal a) del numeral 24.1 del artículo 24 del Decreto Legislativo Nº 1278 establece que las Municipalidades Distritales, en materia de manejo de residuos sólidos, son competentes para asegurar una adecuada prestación del servicio de limpieza, recolección y transporte de residuos en su jurisdicción, debiendo garantizar la adecuada disposición final de los mismos;
Que, el literal p) del artículo 15 del Decreto Legislativo Nº 1278, dispone que el Ministerio del Ambiente, en su calidad de ente rector a nivel nacional para la gestión y manejo de los residuos, es competente para declarar en emergencia la gestión y manejo de los residuos sólidos, cuyo alcance, criterios y procedimientos son definidos en su Reglamento; y, coordinar con las autoridades sectoriales nacionales, entidades de fiscalización ambiental y/o los gobiernos regionales, según sea el caso;
Que, según lo dispuesto en el literal e) del numeral 125.1 del artículo 125 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1278, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2017-MINAM (en adelante, el Reglamento), la declaratoria de emergencia procede cuando el resultado de la inadecuada gestión y manejo de los residuos sólidos se verifique con al menos, una de las causales establecidas en el citado artículo, estando entre ellas, el cese total o parcial de las operaciones de manejo de residuos sólidos;
Que, el artículo 126 del Reglamento señala que el Ministerio del Ambiente, de oficio o a pedido de parte, evalúa la procedencia de la Declaratoria de Emergencia;
en caso resulte procedente la declaratoria de emergencia, el Ministerio del Ambiente emite la resolución respectiva, en la cual se establece el ámbito territorial, el tiempo de duración y actividades mínimas que permitan atender la citada emergencia, el mismo que no deberá exceder de sesenta (60) días, prorrogables por cuarenta y cinco (45) días; y, las medidas inmediatas a ser implementadas por las entidades correspondientes, dentro de las cuales dispondrán la elaboración de un Plan de Acción para la atención de la emergencia;
Que, el artículo 127 del Reglamento indica que las municipalidades y otras entidades públicas, según corresponda, adoptan acciones complementarias para garantizar la continuidad en el manejo de los residuos sólidos, y que el Ministerio del Ambiente realiza el seguimiento del cumplimiento de las referidas acciones complementarias;
Que, el literal f) del artículo 102 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Resolución Ministerial Nº 108-2023-MINAM, establece que la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos tiene la función de proponer la declaratoria de emergencia de la gestión y manejo de los residuos sólidos, así como conducir el seguimiento y monitoreo de los compromisos para la atención de la declaratoria de emergencia;
Que, mediante Oficio Nº 468-2025-A/MDP, la Municipalidad Distrital de Pilcomayo solicita al Ministerio del Ambiente otorgue la correspondiente declaratoria de emergencia en la gestión y manejo de residuos sólidos, en razón de la situación sanitaria existente caracterizada por la acumulación de residuos sólidos en la vía pública y deficiencia en la disposición final, entre otros. Asimismo, adjunta el Acta de Supervisión emitida por la Gerencia de Servicios Públicos de la Municipalidad Provincial de Huancayo, que detalla la existencia de treinta y un (31)
puntos críticos en los espacios públicos de la jurisdicción de Pilcomayo y describe que la Municipalidad Distrital de Pilcomayo no cuenta con un área para la disposición final de residuos sólidos generados en su jurisdicción, situación que genera la acumulación de residuos sólidos municipales conformados por los puntos críticos ya descritos;
7 NORMAS LEGALES
Domingo 16 de noviembre de 2025
Que, mediante el Oficio Nº 00792-2025-OEFA/ ODES-JUN, la Oficina Desconcentrada de Junín del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), informa que en la jurisdicción de la Municipalidad Distrital Pilcomayo se han generado treinta y un (31)
puntos críticos, conforme a la verificación realizada en dicho distrito y cuyos resultados fueron comunicados a la Municipalidad Provincial de Huancayo para que intervenga en el marco de sus competencias;
Que, conforme a lo expuesto, se advierte que la problemática identificada está referida a las operaciones de limpieza y barrido de espacios públicos, recolección selectiva, transporte y disposición final de los residuos sólidos municipales que actualmente no se vienen realizando, toda vez que los residuos sólidos municipales que viene generando la población del distrito de Pilcomayo no vienen siendo recolectados por la municipalidad, debido a que no tiene un lugar donde realizar la disposición final de los residuos sólidos municipales, lo que ha ocasionado la generación de puntos críticos en todo el distrito de Pilcomayo, concluyéndose que actualmente existe un cese total de las operaciones de limpieza y barrido de espacios públicos, recolección selectiva, transporte y disposición final de los residuos sólidos municipales;
Que, mediante Memorando Nº 01747-2025-MINAM/ VMGA/DGGRS, la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos remite el Informe Nº 00401-2025- MINAM/VMGA/DGGRS/DGMRS de la Dirección de Gestión y Manejo de Residuos Sólidos, que propone declarar en emergencia la gestión y manejo de residuos sólidos en el distrito de Pilcomayo, provincia de Huancayo, departamento de Junín, con respecto a las operaciones de limpieza y barrido de espacios públicos, recolección selectiva, transporte y disposición final de residuos sólidos, por un periodo de sesenta (60) días calendario, por lo que se configura la causal prevista en el literal e) del artículo 125 del Reglamento correspondiendo declarar en emergencia la gestión y manejo de los residuos sólidos en el referido distrito, por un plazo de sesenta (60) días calendario;
Que, asimismo, en el precitado informe se indica que la Municipalidad Distrital de Pilcomayo, en un plazo máximo de siete (7) días hábiles contados desde la emisión de la Declaratoria de Emergencia, debe elaborar un Plan de Acción actualizado, que contemple, entre otras, las actividades que se desarrollarán para atender la problemática identificada, debiendo detallarse los responsables de la ejecución del citado Plan de Acción;
Que, en ese sentido, se configura el supuesto para declarar en emergencia la gestión y manejo de los residuos sólidos en el distrito de Pilcomayo, provincia de Huancayo, departamento de Junín, por la causal de cese total de las operaciones de manejo de residuos sólidos, en el marco de lo establecido en el literal e) del numeral 125.1 del artículo 125 del Reglamento;
Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente;
el Decreto Legislativo Nº 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos;
el Decreto Supremo Nº 014-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos; y, la Resolución Ministerial Nº 108-2023-MINAM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente;
SE RESUELVE:
Artículo 2.- Disponer que la Municipalidad Distrital de Pilcomayo elabore un Plan de Acción, el cual contemple, entre otras, las actividades que se desarrollarán para atender la problemática identificada;
señalando a los responsables de su ejecución. El citado Plan debe ser remitido a la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos del Ministerio del Ambiente en un plazo máximo de siete (7) días hábiles, contados desde la vigencia de la presente Resolución Ministerial, además de informar semanalmente los avances en la ejecución de las actividades programadas en dicho Plan de Acción.
Artículo 3.- Disponer que la Municipalidad Provincial de Huancayo y el Gobierno Regional de Junín, así como las entidades públicas correspondientes, adopten las acciones complementarias que coadyuven a atender la problemática identificada, con la finalidad de garantizar la continuidad en el manejo de los residuos sólidos en el distrito de Pilcomayo, provincia de Huancayo, departamento de Junín, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 127 y 128 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1278.
Artículo 4.- El Ministerio del Ambiente brindará asistencia técnica a la Municipalidad Distrital de Pilcomayo durante el desarrollo de las actividades para la implementación del Plan de Acción al que se hace referencia en el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial, en el marco de sus competencias.
Artículo 5.- La declaratoria de emergencia dispuesta en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, no exime de las responsabilidades a que hubiere lugar por la inobservancia de funciones por parte de los servidores civiles de la Municipalidad Distrital de Pilcomayo.
Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio del Ambiente, el mismo día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MIGUEL ANGEL ESPICHÁN MARIÑAS
Ministro del Ambiente
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 00307-2025-MINAM Declaran en emergencia la gestión y manejo de los residuos sólidos en el distrito de Pilcomayo, provincia de Huancayo, departamento de Junín, por cese total de operaciones
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 00307-2025-MINAM
- Emitida por : Ambiente - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2025-11-16
- Fecha de aplicacion : 2025-11-17
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