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Otorgan Concesión Temporal Centrales Generación RM 417-2025-MINEM/DM Defensa
12/18/2025
Otorgan Concesión Temporal Centrales Generación RM 417-2025-MINEM/DM Defensa
Poder Ejecutivo, Defensa Otorgan concesión temporal para centrales de generación del proyecto "Parque Eólico Don Jorge V" y establecen área de concesión RM 417-2025-MINEM/DM Lima, 5 de diciembre de 2025 VISTOS: El Expediente Nº 27423945 que contiene la solicitud de otorgamiento de concesión temporal para centrales de generación del proyecto "Parque Eólico Don Jorge V", presentada por la empresa ILLAPU ENERGY S.A.; los Informes Nº 798-2025-MINEM/DGE-DCE y Nº 917-2025-MINEM/DGE-DCE, de la Dirección General de Electricidad; y, el Informe Nº 1217-2025-MINEM/OGAJ, de la Oficina…
Otorgan concesión temporal para centrales de generación del proyecto "Parque Eólico Don Jorge V" y establecen área de concesión
RM 417-2025-MINEM/DM
Lima, 5 de diciembre de 2025
VISTOS: El Expediente Nº 27423945 que contiene la solicitud de otorgamiento de concesión temporal para centrales de generación del proyecto "Parque Eólico Don Jorge V", presentada por la empresa ILLAPU ENERGY
S.A.; los Informes Nº 798-2025-MINEM/DGE-DCE y Nº 917-2025-MINEM/DGE-DCE, de la Dirección General de Electricidad; y, el Informe Nº 1217-2025-MINEM/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 30 y siguientes del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establecen los requisitos y el procedimiento para el otorgamiento de concesiones temporales; asimismo, el código CE02-1 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 038-2014-EM, regula el procedimiento denominado:
"Otorgamiento de concesión temporal para centrales de generación";
Que, mediante documento ingresado con Registro Nº 4122208, de fecha 28 de agosto de 2025, la empresa ILLAPU ENERGY S.A. presentó una solicitud de "Otorgamiento de concesión temporal para centrales de generación" del proyecto: "Parque Eólico Don Jorge V", con una capacidad instalada estimada de 64.8 MW, señalando que los estudios de factibilidad se desarrollarán en los distritos de Saña, Reque y Tumán, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, en la zona comprendida dentro las coordenadas UTM (WGS84) que figuran en el Expediente;
Que, de acuerdo con los Informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el ámbito de sus competencias, han verificado que la solicitud de la empresa ILLAPU
ENERGY S.A. cumple con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas y en el código Nº CE02-1 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, por lo que concluyen que corresponde otorgar la concesión temporal para el proyecto "Parque Eólico Don Jorge V";
20 NORMAS LEGALES Jueves 18 de diciembre de 2025
Con los vistos de la Dirección General de Electricidad, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Despacho Viceministerial de Electricidad;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; y, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2014-EM;
SE RESUELVE:
ENERGY S.A., la concesión temporal para centrales de generación del proyecto "Parque Eólico Don Jorge V", con una capacidad instalada estimada de 64.8 MW, ubicado en los distritos de Saña, Reque y Tumán, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, por un plazo de veinticuatro (24) meses, contados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial, según lo establecido en el artículo 23 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas.
Artículo 2.- Establecer como área de la concesión temporal otorgada, la zona delimitada por las siguientes coordenadas UTM (WGS 84) - Zona 17 S:
VÉRTICE ESTE NORTE
1 641673.0340 9243209.6200
2 642020.9890 9242640.6670
3 642622.8510 9241737.8780
4 643139.5430 9240884.7680
5 643361.0500 9240901.0570
6 643610.3070 9240919.3770
7 643919.8830 9240942.1460
8 643830.1220 9239479.2440
9 643585.3660 9239625.9930
10 643370.0280 9239754.1420
11 643070.6820 9239932.2900
12 642420.4010 9240364.5450
13 641664.1910 9240867.1200
14 641297.9360 9241119.6270
15 640812.0230 9241444.9440
16 640162.8420 9241838.4900
17 639499.0100 9242284.3650
18 638833.4890 9242746.6400
19 638816.3100 9243000.2070
20 638798.2210 9243578.9190
21 638747.9220 9244184.3420
22 637918.0830 9244425.3500
23 637881.8140 9244765.6460
24 637702.9470 9245087.0820
25 637396.8810 9245344.3690
26 637621.6480 9245451.8770
27 637741.2470 9245459.7970
28 637831.4650 9245376.6280
29 637947.0640 9245279.5190
30 637993.6630 9245315.7590
31 638090.3720 9245250.7690
32 638199.7210 9245197.1300
33 638376.9580 9245133.3000
34 638401.5380 9245222.9490
35 638794.6540 9245639.5230
36 638899.3520 9245181.6890
37 639306.9260 9244669.6150
38 639372.3750 9244807.0130
39 639549.6740 9245210.5480
40 639446.2550 9245357.5860
41 639518.5440 9245495.5340
42 639588.2540 9245692.4820
43 640039.8680 9245362.4750
44 640390.2730 9245101.2680
45 640520.4510 9245001.6790
46 640718.5180 9244700.1730
47 641047.6640 9244192.3490
Artículo 3.- Disponer que la empresa ILLAPU ENERGY
S.A. realice los estudios de factibilidad, respetando las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, y cumpliendo con las obligaciones establecidas en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, la Resolución Directoral Nº 046-2010-EM/DGE, y las demás normas legales pertinentes.
Artículo 4.- Establecer que, si vencido el plazo mencionado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, la empresa ILLAPU ENERGY S.A no cumpliera con las obligaciones contraídas en su solicitud, respecto a la ejecución de estudios y el cumplimiento del Cronograma de Ejecución de los Estudios de Factibilidad, el cual incluye la presentación de los estudios ejecutados con la correspondiente conformidad de la Dirección General de Electricidad, o no renovara oportunamente la garantía de fiel cumplimiento, la referida Dirección General ejecutará la garantía otorgada, según lo establecido en el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una (1) sola vez en el diario oficial El Peruano por cuenta de la empresa ILLAPU
ENERGY S.A., en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS ENRIQUE BRAVO DE LA CRUZ
Ministro de Energía y Minas
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 417-2025-MINEM/DM Otorgan concesión temporal para centrales de generación del proyecto "Parque Eólico Don Jorge V" y establecen área de concesión
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 417-2025-MINEM/DM
- Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2025-12-18
- Fecha de aplicacion : 2025-12-19
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