2/13/2026

18 Normas Legales Viernes 13 Febrero 2026 RV 000033-2026-VMPCIC/MC Cultura

Poder Ejecutivo, Cultura 18 NORMAS LEGALES Viernes 13 de febrero de 2026 Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a cinco álbumes de autógrafos [1849-1943], pertenecientes a la Biblioteca Nacional del Perú RV 000033-2026-VMPCIC/MC San Borja, 10 de febrero del 2026 VISTOS: el Oficio Nº 001238-2025-BNP-J de la Jefatura de la Biblioteca Nacional del Perú; la Hoja de Elevación Nº 000054-2026-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 1.2 del artículo 1 de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación est…
Poder Ejecutivo, Cultura
18 NORMAS LEGALES Viernes 13 de febrero de 2026 Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a cinco álbumes de autógrafos [1849-1943], pertenecientes a la Biblioteca Nacional del Perú
RV 000033-2026-VMPCIC/MC
San Borja, 10 de febrero del 2026
VISTOS: el Oficio Nº 001238-2025-BNP-J de la Jefatura de la Biblioteca Nacional del Perú; la Hoja de Elevación Nº 000054-2026-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 1.2 del artículo 1 de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación establece que integran el Patrimonio Cultural de la Nación los bienes materiales muebles, entre los que se encuentran los documentos bibliográficos o de archivo y testimonios de valor histórico, manuscritos raros, incunables, libros, documentos, fotos, negativos, daguerrotipos y publicaciones antiguas de interés especial por su valor histórico, artístico, científico o literario y otros que sirvan de fuente de información para la investigación en los aspectos científico, histórico, social, político, artístico, etnológico y económico;

Que, de conformidad con lo establecido en el literal b) del artículo 7 de la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura es competencia exclusiva de este ministerio, realizar acciones de declaración del Patrimonio Cultural de la Nación. Asimismo, el literal a) del artículo 14 de la norma señala que corresponde al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, el artículo 19 de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, dispone que el Ministerio de Cultura, la Biblioteca Nacional y el Archivo General de la Nación, están encargados de la identificación, inventario, inscripción, registro, investigación, protección, conservación, difusión y promoción de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación de su competencia;

Que, con el Oficio Nº 001238-2025-BNP-J la Jefatura de la Biblioteca Nacional del Perú propone la declaratoria de Patrimonio Cultural de cinco álbumes de autógrafos [1849-1943], pertenecientes a la Biblioteca Nacional del Perú;

Que, a través del Informe Técnico Nº 000109-2025-BNP-J-DPC-UVDP de la Unidad Funcional de Valoración y Defensa del Patrimonio Bibliográfico Documental se desarrolla la importancia, el valor y significado de los cinco álbumes de autógrafos;

Que, con el Informe Nº 000411-2025-BNP-J-DPC, la Dirección de Protección de las Colecciones, con sustento en el informe técnico, recomienda a la Jefatura de la Biblioteca Nacional del Perú la declaración como Patrimonio Cultural de la Nación de los referidos álbumes de autógrafos;

Que, los álbumes de autógrafos son cuadernos, mediante los cuales sus propietarios coleccionaron los autógrafos de personas de su círculo social o de su interés, siendo los más solicitados los de los intelectuales y artistas de renombre. Los autógrafos eran otorgados a través de composiciones que se presentaban en forma de dedicatorias, poemas, dibujos y otras expresiones artísticas; estos bienes son documentos históricos que refl ejan la vida social, intelectual y artística peruana del siglo XIX y mediados del XX; constituyen piezas únicas por su carácter personal e íntimo y poseen un gran valor cultural por la trascendencia del nombre de su propietario o por los autógrafos que contiene (Delgado, 2023);

Que, la declaratoria involucra los valiosos álbumes de autógrafos de Juana Manuela Gorriti, Juana Rosa de Amézaga, Leonor Salaverry, Jesús Diez Canseco y Teresa Blondet, custodiados por la Biblioteca Nacional del Perú;

Que, Juana Manuela Gorriti (ca. 1816-1892) de nacionalidad argentina, constituye una figura de importancia para la cultura peruana por su destacado rol como escritora, editora, gestora cultural y figura patriótica, habiendo establecido estrechos y duraderos vínculos con el Perú. Su participación activa en la vida intelectual limeña del siglo XIX la posiciona como un agente clave en el desarrollo del campo literario e intelectual peruano de dicho periodo. En particular, las tertulias y veladas literarias que promueve en Lima alcanzaron gran notoriedad en el ambiente cultural local al congregar a jóvenes escritores de la generación romántica peruana y a reconocidas figuras de las letras nacionales como Ricardo Palma, Abelardo Gamarra, Mercedes Cabello de Carbonera y Clorinda Matto de Turner, entre otros. Asimismo, Juana Manuela Gorriti presta servicios al Perú como enfermera durante el combate del 2 de mayo de 1866 (Gorriti, 1876); hecho que refuerza su vínculo con la historia y la memoria patriótica nacional;

Que, el álbum de Juana Manuela Gorriti, donado por la propia autora, reviste un alto valor histórico, documental y artístico. Se trata del álbum más antiguo que custodia la Biblioteca Nacional del Perú al contener composiciones fechadas entre los años 1849 y 1864. Pese a haber sufrido daños a consecuencia del incendio de la BNP ocurrido en 1943 —presentando bordes quemados, marcas de hollín y deterioros producidos por el agua utilizada para sofocar el siniestro— el álbum conserva un conjunto significativo de autógrafos y composiciones manuscritas de destacados autores del siglo XIX, entre los que figuran Fernando Velarde, Carlos Augusto Salaverry, José Arnaldo Márquez, Manuel Castillo, Ignacio Noboa, Juan Manuel Cortés, Juan Espinoza, Trinidad Fernández, Clemente de Althaus, Numa Pompilio Llona, Acisclo Villarán, Manuela Villarán de Plasencia, Luis Benjamín Cisneros, J. Vicente Camacho, Francisco de Paula Gonzales Vigil y Ricardo Palma, entre otros. Destacan asimismo las anotaciones realizadas por Ricardo Palma, en las cuales el tradicionista aporta información contextual sobre los autores firmantes, enriqueciendo el valor documental del conjunto;

Que, asimismo, el referido álbum posee un especial significado cultural por incorporar elementos de notable interés simbólico y artístico como el retrato del clérigo y político Francisco de Paula Gonzales Vigil y los dibujos paisajísticos del pintor italiano Giovatto Molinelli, lo que refuerza su carácter representativo de un periodo clave de la historia cultural de la nación y de los intercambios intelectuales y artísticos que lo caracterizaron;

Que, Juana Rosa de Amézaga (1847-1904) es reconocida como una de las escritoras más talentosas y prolíficas del Perú del siglo XIX cuya importancia para la cultura nacional radica en su rol como intelectual y en su significativa producción literaria. Su participación en el ámbito intelectual de la época la vincula con los principales círculos literarios del país, contribuyendo al desarrollo y consolidación del campo cultural peruano de fines del siglo
XIX;

Que, el álbum de Juana Rosa de Amézaga posee un destacado valor histórico y documental al reunir poemas y pensamientos de reconocidas figuras de las letras peruanas con inscripciones fechadas entre los años 1885
y 1904. Entre los autores representados se encuentran importantes exponentes de la generación romántica, como Ricardo Palma y Luis Benjamín Cisneros, así como escritores y escritoras que alcanzaron relevancia en las últimas décadas del siglo XIX, entre ellos Lastenia Larriva de Llona, Amalia Puga de Losada, Carlos Germán Amézaga, Dolores Sucre, Numa Pompilio Llona y Clorinda Matto de Turner, entre otros. El conjunto documenta un periodo clave de transición y continuidad en la literatura peruana, refl ejando la diversidad de voces y generaciones presentes en el álbum;

Que, además, este álbum adquiere un especial significado cultural por la presencia de dos arreglos de fl ores secas obsequiados a su propietaria como recuerdos, elemento único entre los álbumes custodiados por la BNP que se conservan en buen estado y refuerza el carácter simbólico, íntimo y representativo del objeto como portador de memoria cultural;

19 NORMAS LEGALES
Viernes 13 de febrero de 2026
Que, Leonor Salaverry (1885-19-fi) constituye una figura de relevancia para la cultura de la nación por su pertenencia a una familia estrechamente vinculada a la historia política y cultural del país. Nacida en Lima en 1885, fue hija de Juan Salaverry Alayza y Leonor Salaverry Alzamora, y descendiente del presidente del Perú Felipe Santiago Salaverry, lo que la sitúa en una tradición familiar de significativa presencia en la historia nacional;

Que, el álbum de Leonor Salaverry posee valor histórico y documental al registrar composiciones en verso fechadas entre los años 1903 y 1912. Si bien el número de composiciones es reducido, el conjunto adquiere especial relevancia por reunir autógrafos de algunos de los más importantes escritores y pensadores del Perú de inicios del siglo XX, entre ellos Manuel González Prada, Ricardo Palma, José Santos Chocano y Luis Fernán Cisneros, entre otros. Asimismo, el álbum incorpora dos ilustraciones ubicadas al inicio del volumen, las cuales habrían sido incluidas por la propia Leonor Salaverry como gesto inaugural del objeto, aportando información sobre las prácticas personales de conformación del álbum;

Que, el acotado álbum reviste un relevante significado cultural ya que a través de este objeto se evidencia el interés de su propietaria por reunir la obra escrita de figuras centrales del pensamiento y la literatura nacional, convirtiendo al álbum en un soporte de memoria cultural que refl eja los vínculos entre tradición, intelectualidad y sociabilidad en un determinado periodo histórico;

Que, Jesús Diez Canseco (1895-19-fi) fue una figura representativa de la alta sociedad limeña del siglo XX, nacida en Lima es hija del sargento mayor Octavio Diez Canseco y de Jesús Escobar Salinas. Su pertenencia a los círculos sociales y culturales de la época, así como su matrimonio en 1945 con Joaquín Barreda Bolívar (Delgado, 2023) la vinculan a los espacios de sociabilidad en los que se desarrollaron importantes intercambios culturales e intelectuales del periodo;

Que, el álbum de Jesús Diez Canseco presenta un notable valor histórico, documental y artístico al reunir composiciones fechadas entre los años 1921 y 1943. El conjunto incorpora textos manuscritos de reconocidas figuras de la cultura peruana, como Clemente Palma, Zoila Aurora Cáceres y Lastenia Larriva de Llona. Asimismo, el álbum destaca por la presencia de ilustraciones realizadas por importantes artistas peruanos de la primera mitad del siglo XX, entre los que se encuentran José Alcántara La Torre, Pedro Challe Aguiar, Felipe Cossio y Pomar, José Sabogal, Emilio Goyburu, Felipe Goyzueta y Julio Málaga Grenet, lo que refuerza su carácter interdisciplinario y su riqueza patrimonial;

Que, el referido álbum adquiere un significado cultural relevante porque refl eja la convergencia entre literatura y artes visuales, así como las prácticas sociales de recopilación de autógrafos y obras gráficas, configurándose como un soporte de memoria cultural que da cuenta de los vínculos entre la élite social y los principales actores del campo cultural peruano del periodo;

Que, Teresa Blondet Goicochea (1908-19-fi) fue una figura representativa de la alta sociedad trujillana del siglo XX, nacida en la ciudad de Trujillo e hija de Eloisa Goicochea Pol y Enrique Blondet Moyano. Debido al abolengo de su familia y a su activa participación en los círculos sociales de la época, su nombre aparece con frecuencia en notas sociales de diarios y revistas del siglo XX, como la publicada por la revista Variedades con motivo de su matrimonio, en diciembre de 1931 (Delgado, 2023) con el diplomático y político peruano Manuel Cisneros Sánchez. Asimismo, Teresa Blondet Goicochea mantiene un vínculo relevante con la BNP al haber gestionado, tras enviudar, la donación de la biblioteca particular de su esposo a dicha institución en el año 1978, en cumplimiento de una disposición testamentaria (BNP , 1982), incorporando además su álbum a la colección Cisneros;

Que, el álbum de Teresa Blondet Goicochea posee un significativo valor histórico y documental al reunir autógrafos y composiciones fechadas entre los años 1922
y 1930. Se trata del único álbum, entre los custodiados por la Biblioteca Nacional del Perú que fue elaborado fuera de la ciudad de Lima, específicamente en Trujillo. El conjunto reúne composiciones de destacados artistas y escritores del norte del Perú, como el poeta César F. Bringas y el pintor Gonzalo Meza Cuadra, así como autógrafos de Santiago R. Vallejo, Eloy B. Espinoza y José Eulogio Garrido, integrantes de la reconocida "Bohemia de Trujillo". Asimismo, el álbum incorpora composiciones de figuras como Angélica Palma y Gastón Roger, seudónimo del periodista Ezequiel Balarezo Pinillos, entre otros;

Que, el señalado álbum adquiere un significado cultural relevante por refl ejar prácticas culturales vinculadas a la recopilación de autógrafos y composiciones literarias en ámbitos regionales, ampliando la mirada tradicionalmente centrada en la capital de la nación y evidenciando la vitalidad del quehacer cultural en el norte del país. Asimismo, su incorporación a la colección Cisneros refuerza su valor como soporte de memoria cultural y como parte de un legado documental de relevancia nacional;

Que, en términos materiales, en los cinco álbumes de autógrafos se encuentran singularidades que los diferencian de otros ejemplares y que los convierten en bienes culturales únicos. La materialidad de los cinco ejemplares expresa importancia, valor y significado para la cultura peruana, por constituir registro y testimonio que contribuye a preservar en la memoria nacional una costumbre de la sociedad peruana que contribuyó al acceso a la lectura y la escritura a grupos femeninos y que les permitió insertarse en círculos académicos y literarios;

Que, además, el valor histórico de los álbumes de autógrafos por su rareza y excepcionalidad se materializan como bienes culturales que deben ser protegidos al constituir objetos que transmite información literaria, histórica y artística de la sociedad peruana del siglo XIX y parte del XX, ya que permiten rescatar la obra de los más destacados intelectuales y artistas peruanos. A pesar de ser una costumbre popular, son pocos los álbumes que han sobrevivido al paso del tiempo, probablemente debido al carácter personal e íntimo de estos bienes; reuniendo las condiciones de importancia, valor y significado para integrar el Patrimonio Cultural de la Nación, siendo esto así, los informes mencionados constituyen parte integrante de esta resolución y se adjuntan como anexos;

Con los vistos de la Biblioteca Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a cinco álbumes de autógrafos [1849-1943], pertenecientes a la Biblioteca Nacional del Perú, conforme a los anexos de esta resolución.

Artículo 2.- Notificar la presente resolución a la Biblioteca Nacional del Perú conjuntamente con los anexos.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la resolución en el diario oficial "El Peruano". La resolución y sus anexos se publican en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) el mismo día de la publicación en el diario oficial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GISELLA MARIELL ESCOBAR ROZAS
Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RV 000033-2026-VMPCIC/MC 18 NORMAS LEGALES Viernes 13 de febrero de 2026 Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a cinco álbumes de autógrafos [1849-1943], pertenecientes a la Biblioteca Nacional del Perú
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
  • Numero : 000033-2026-VMPCIC/MC
  • Emitida por : Cultura - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2026-02-13
  • Fecha de aplicacion : 2026-02-14

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