3/22/2026
Directiva 002 2026 pcm/sip Establece RSIP 005-2026-PCM/SIP PCM
Poder Ejecutivo, Presidencia del Consejo de Ministros Aprueban Directiva Nº 002-2026-PCM/SIP "Directiva que establece disposiciones para el otorgamiento y ejecución de incentivos no monetarios dirigidos a entidades públicas que avanzan en la implementación del Modelo de Integridad", y dictan otras disposiciones RSIP 005-2026-PCM/SIP Lima, 20 de marzo de 2026 11 NORMAS LEGALES Domingo 22 de marzo de 2026 VISTO, el Informe Nº D000010-2026-PCM-SSGEIP, de la Subsecretaría de Gestión Estratégica de la Integridad Pública; y CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto S…
Aprueban Directiva Nº 002-2026-PCM/SIP "Directiva que establece disposiciones para el otorgamiento y ejecución de incentivos no monetarios dirigidos a entidades públicas que avanzan en la implementación del Modelo de Integridad", y dictan otras disposiciones
RSIP 005-2026-PCM/SIP
Lima, 20 de marzo de 2026
11 NORMAS LEGALES
Domingo 22 de marzo de 2026
VISTO, el Informe Nº D000010-2026-PCM-SSGEIP, de la Subsecretaría de Gestión Estratégica de la Integridad Pública; y
CONSIDERANDO:
se aprueba el Modelo de Integridad para fortalecer la capacidad de prevención y respuesta frente a la corrupción en las entidades del sector público, incluyendo las definiciones, principios, componentes y criterios para su implementación y evaluación;
Que, en atención a la Segunda Disposición Complementaria Final de la citada norma, corresponde a la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de Secretaría de Integridad Pública, efectuar las coordinaciones interinstitucionales que correspondan para impulsar el otorgamiento de reconocimientos e incentivos para las entidades públicas que avanzan en la implementación del Modelo de Integridad, incluyendo el reconocimiento de buenas prácticas de integridad;
Que, conforme el artículo 3 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 199-2025-PCM, la Presidencia del Consejo de Ministros ejerce sus competencias a nivel nacional, entre otras materias, en Ética Pública, Integridad y Lucha contra la Corrupción, así como la coordinación de las políticas nacionales de carácter sectorial y multisectorial del Poder Ejecutivo y la coordinación de las relaciones con los demás Poderes del Estado, los organismos constitucionales autónomos, los gobiernos regionales, los gobiernos locales, y la sociedad civil, y las demás competencias que le asigne la ley;
Que, el literal b) del artículo 89 del citado marco normativo señala que la Secretaría de Integridad Pública tiene por función proponer normas y aprobar directivas, lineamientos, metodologías y demás herramientas, en materia de su competencia, así como supervisar su cumplimiento;
Que, el literal g) del artículo 92 del referido Texto Integrado establece que es función de la Subsecretaría de Gestión Estratégica de la Integridad Pública, como unidad orgánica de la Secretaría de Integridad Pública, promover incentivos no pecuniarios para las entidades públicas y servidores civiles, por el cumplimiento destacado de las normas y acciones vinculadas con la ética pública, integridad y lucha contra la corrupción;
Que, mediante Informe Nº D000010-2026-PCM-SSGEIP, la Subsecretaría de Gestión Estratégica de la Integridad Pública señala que resulta pertinente aprobar la Directiva que establece disposiciones para el otorgamiento y ejecución de incentivos no monetarios dirigidos a las entidades públicas que avanzan en la implementación del Modelo de Integridad;
Que, mediante dicha Directiva se establece, entre otros aspectos, un ciclo operativo para el diseño y ejecución de un Programa Anual de Incentivos No Monetarios, incluyendo una estructura de compromisos habilitantes, que suponen el logro de determinados resultados, productos o actividades durante el año previo a la aplicación de los incentivos, para el cierre de brechas advertidas en la implementación del Modelo de Integridad y la ejecución de acciones de impacto con refuerzo de los enfoques transversales establecidos en la administración pública;
Que, de conformidad con el literal g) del numeral 7.1 del artículo 7 del Reglamento que establece disposiciones sobre la publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, la publicación de las resoluciones administrativas que aprueban reglamentos, directivas y lineamientos, cuando sean de ámbito general, siempre que sean dictadas en ejercicio de las facultades previstas en sus leyes de creación o normas complementarias, se realiza en el diario oficial El Peruano. Asimismo, el numeral 13.1 del artículo 13 del referido Reglamento, señala que además de la publicación realizada en el respectivo diario oficial, la entidad de la Administración Pública emisora debe publicar la norma aprobatoria y la norma aprobada, así como el anexo, el mismo día en su sede digital;
Con el visto bueno de la Subsecretaría de Gestión Estratégica de la Integridad Pública;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº148-2024-PCM, que aprueba el Modelo de Integridad para fortalecer la capacidad de prevención y respuesta frente a la corrupción en las entidades del sector público; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial Nº 199-2025-PCM; y el Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos.
SE RESUELVE:
Artículo 2.- Ámbito de aplicación Disponer que la Directiva aprobada en el artículo 1 de la presente resolución es de aplicación para las entidades públicas que implementan el Modelo de Integridad, conforme al artículo 3 del Decreto Supremo Nº148-2024-PCM, y se encuentran comprendidas en el ámbito de la evaluación que efectúa la Secretaría de Integridad Pública para la determinación del Índice de Capacidad Preventiva frente a la Corrupción (ICP).
Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano. Asimismo, la Directiva aprobada mediante el artículo 1 se publica en el sitio digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www. gob.pe/pcm) el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA
TRANSITORIA
Única.- Primera edición del Programa Anual de Incentivos No Monetarios Encargar a la Subsecretaría de Gestión Estratégica de la Integridad Pública las acciones necesarias para dar inicio al ciclo operativo para el otorgamiento de incentivos no monetarios para las entidades que avanzan en la implementación del Modelo de Integridad, conducente a la publicación del Programa Anual de Incentivos No Monetarios 2027-2028, a ser aprobado el año 2027, conforme los alcances y etapas establecidos en la presente Directiva.
Regístrese, publíquese y comuníquese.
ALEXANDRA CABRERA SANCHEZ
Secretaria de la Secretaría de Integridad Pública Presidencia del Consejo de Ministros
NORMA LEGAL:
- Titulo: RSIP 005-2026-PCM/SIP Aprueban Directiva Nº 002-2026-PCM/SIP "Directiva que establece disposiciones para el otorgamiento y ejecución de incentivos no monetarios dirigidos a entidades públicas que avanzan en la implementación del Modelo de Integridad", y dictan otras disposiciones
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE INTEGRIDAD PÚBLICA
- Numero : 005-2026-PCM/SIP
- Emitida por : Presidencia del Consejo de Ministros - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2026-03-22
- Fecha de aplicacion : 2026-03-23
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