7/11/2018

Al Sineace Inia Efectuar Pago Cuotas Diversos RS 137-2018-RE Relaciones Exteriores

Poder Ejecutivo, Relaciones Exteriores Autorizan al SINEACE y al INIA a efectuar el pago de cuotas a diversos organismos internacionales RS 137-2018-RE Lima, 10 de julio de 2018 VISTO: El Oficio Nº 000170-2018-SINEACE/P-ST y Nº 258-2018-MINAGRI-INIA-SG-OPP/J, de 31 de mayo y 08 de junio de 2018, respectivamente, mediante el cual el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - SINEACE y el Instituto Nacional de
Poder Ejecutivo, Relaciones Exteriores
Autorizan al SINEACE y al INIA a efectuar el pago de cuotas a diversos organismos internacionales
RS 137-2018-RE
Lima, 10 de julio de 2018
VISTO:

El Oficio Nº 000170-2018-SINEACE/P-ST y Nº 258-2018-MINAGRI-INIA-SG-OPP/J, de 31 de mayo y 08 de junio de 2018, respectivamente, mediante el cual el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - SINEACE y el Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, solicitan al Ministerio de Relaciones Exteriores la emisión de la resolución suprema que autorice el pago de la cuota correspondiente al año 2018, a favor de diversos organismos internacionales; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 30693 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se aprobó el "Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2018", donde se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fiscal 2018; asimismo el inciso 1.3 del artículo 1 de la citada Ley señala que las cuotas internacionales no contempladas en el referido Anexo se sujetan a lo establecido en el artículo 67 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto;

Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las cuotas se pagan con cargo al presupuesto institucional de cada una de las entidades del sector público, previa aprobación de la resolución suprema refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores;


Que, en el presupuesto del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - SINEACE y del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, se han previsto recursos para el pago de la cuota a favor de diversos organismos internacionales, por lo que corresponde emitir la presente resolución a fin de autorizar el respectivo pago;

Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y de la Ley Nº 30693 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018;


SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorización Autorizar al Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - SINEACE y al Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA a efectuar el pago de las siguientes cuotas internacionales:

Pliego Presupuestario Moneda Monto Persona Jurídica 117:SISTEMA
NACIONAL DE
EVALUACIÓN,
ACREDITACIÓN Y
CERTIFICACIÓN
DE LA CALIDAD
EDUCATIVA -
SINEACE
DÓLARES
AMERICANOS 1 000.00
Red Iberoamericana para el Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior -
RIACES
163: INSTITUTO
NACIONAL DE
INNOVACIÓN
AGRARIA - INIA
SOLES
22
952.62
Programa Cooperativo de Investigación, Desarrollo e Innovación Agrícola para los Trópicos -
PROCITRÓPICOS
Artículo 2.- Afectación presupuestal Disponer que los gastos que demande el cumplimiento de la presente resolución se ejecuten con cargo al presupuesto del Pliego 117: Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - SINEACE y el Pliego 163: Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, respectivamente.

Artículo 3.- Equivalencia en moneda nacional y extranjera Disponer que la equivalencia en moneda nacional y extranjera sea establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago.

Artículo 4.- Refrendo La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES
Ministro de Relaciones Exteriores

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