7/21/2018

Comité Gobierno Digital Despacho Presidencial RSG 063-2018-DP/SG Despacho Presidencial

Organismos Ejecutores, Despacho Presidencial Crean el Comité de Gobierno Digital del Despacho Presidencial RSG 063-2018-DP/SG Lima, 19 de julio de 2018 VISTO; el Memorándum Nº 000105-2018-DP-SSG, de fecha 21 de junio de 2018, de la Subsecretaría General, sobre conformación del Comité de Gobierno Digital del Despacho Presidencial; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece que el proceso de
Organismos Ejecutores, Despacho Presidencial
Crean el Comité de Gobierno Digital del Despacho Presidencial
RSG 063-2018-DP/SG
Lima, 19 de julio de 2018
VISTO; el Memorándum Nº 000105-2018-DP-SSG, de fecha 21 de junio de 2018, de la Subsecretaría General, sobre conformación del Comité de Gobierno Digital del Despacho Presidencial;

CONSIDERANDO:



Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, definiéndose que su objetivo, entre otros, es alcanzar un Estado al servicio de la ciudadanía y transparente en su gestión.

Que, mediante el Decreto Nº 033-2018-PCM, se crea la Plataforma Digital Única del Estado Peruano y se establecen disposiciones adicionales para el desarrollo del Gobierno Digital, entre ellas la creación del rol del Líder de Gobierno Digital en cada una de las entidades de la administración pública para la coordinación de acciones y medidas para la transformación digital y despliegue del Gobierno Digital;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 119-2018-PCM se señala que cada entidad de la Administración Pública deberá constituir un Comité de Gobierno Digital con la finalidad de contribuir al cumplimiento de sus objetivos y planes institucionales, que permitan mejorar la prestación de servicios públicos digitales de cara a la ciudadanía;


Que, el artículo 1 de la citada Resolución Ministerial dispone que el Comité de Gobierno Digital está conformado por El/la titular de la entidad o su representante; El/la líder de Gobierno Digital; El/la responsable del área de informática o quien haga sus veces; El/la responsable del área de recursos humanos o quien haga sus veces;

El/la responsable del área de atención al ciudadano o quien haga sus veces; y, El/la Oficial de seguridad de la información;

Que, el Comité de Gobierno Digital cumple, como mínimo, con las siguientes funciones: a) Formular el Plan de Gobierno Digital de la entidad; b) Liderar y dirigir el proceso de transformación digital en la entidad;

c) Evaluar que el uso actual y futuro de las tecnologías digitales sea acorde con los cambios tecnológicos, regulatorios, necesidades de la entidad, objetivos institucionales, entre otros con miras a implementar el Gobierno Digital; d) Gestionar la asignación de personal y recursos necesarios para la implementación del Plan de Gobierno Digital en sus Planes Operativos Institucionales, Plan Anual de Contrataciones y otros; e) Promover y gestionar la implementación de estándares y buenas prácticas en gestión y gobierno de tecnologías digitales en la entidad; f) Elaborar informes anuales que midan el progreso de la implementación del Plan de Gobierno Digital; g) Vigilar el cumplimiento de la normatividad relacionada con la implementación del gobierno digital en las entidades públicas; h)
Promover el intercambio de datos de información, así como la colaboración en el desarrollo de proyectos de digitalización entre entidades; y, i) Otras funciones que se le asigne en el ámbito de su competencia y aquellas concordantes con la materia;

Que, mediante el documento del Visto, la Subsecretaria General propone conformar el Comité de Gobierno Digita del Despacho Presidencial, por lo que resulta necesario emitir el actor resolutivo correspondiente, a fin de formalizar la creación del mencionado Comité y la designación de sus miembros, precisando las funciones que le corresponde;

De conformidad con lo establecido en la Resolución Ministerial Nº119-2018-PCM y lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial, aprobado por Decreto Supremo Nº 077-2016-PCM;

Contando con los vistos de la Subsecretaría General, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Oficina de Tecnologías de la Información, de la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria y de la Oficina de Recursos Humanos;

SE RESUELVE:



Artículo 1º.- Comité de Gobierno Digital Créase el Comité de Gobierno Digital del Despacho Presidencial, el mismo que está conformado por:
- El/ la Subsecretario/a General.
- El/la Líder del Gobierno Digital.
- El/la Director/a de la Oficina de Tecnologías de la Información.
- El/ la Director/a de la Oficina e Recursos Humanos.
- El /la Director/a de la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria.
- E/la Oficial de Seguridad de la Información.

Artículo 2º.- Funciones El Comité de Gobierno Digital del Despacho Presidencia, tiene como funciones las siguientes:
a) Formular el Plan de Gobierno Digital del Despacho Presidencial.
b) Liderar y dirigir el proceso de transformación digital del Despacho Presidencial.
c) Evaluar que el uso actual y futuro de las tecnologías digitales sea acorde con los cambios tecnológicos, regulatorios, necesidades del Despacho Presidencial, objetivos institucionales, entre otros con miras a implementar el Gobierno Digital.
d) Gestionar la asignación de personal y recursos necesarios para la implementación del Plan de Gobierno Digital en sus Planes Operativos Institucionales, Plan Anual de Contrataciones y otros.
e) Promover y gestionar la implementación de estándares y buenas prácticas en gestión y gobierno de tecnologías digitales en el Despacho Presidencial.
f) Elaborar informes anuales que midan el progreso de la implementación del Plan de Gobierno Digital.
g) Vigilar el cumplimiento de la normatividad relacionada con la implementación del gobierno digital en el Despacho Presidencial.
h) Promover el intercambio de datos de información, así como la colaboración en el desarrollo de proyectos de digitalización entre entidades.
i) Otras funciones que se le asigne en el ámbito de su competencia y aquellas concordantes con la materia.

Artículo 3º.- Instalación Disponer que el Comité de Gobierno Digital del Despacho Presidencial, se instale en un plazo no mayor a cinco (05) días hábiles siguientes de publicada la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 4º.- Financiamiento La aplicación de lo dispuesto en la presente resolución se financia con cargo al presupuesto institucional del Despacho Presidencial, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

Artículo 5º.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, y en el Portal Institucional del Despacho Presidencial.

Regístrese, Comuníquese y Publíquese.

MIRIAN MORCÓRDOVA
Secretaria General

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RSG 063-2018-DP/SG Crean el Comité de Gobierno Digital del Despacho Presidencial
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL
  • Numero : 063-2018-DP/SG
  • Emitida por : Despacho Presidencial - Organismos Ejecutores
  • Fecha de emision : 2018-07-21
  • Fecha de aplicacion : 2018-07-22

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