8/10/2018

Comité Gobierno Digital Intendencia Nacional RI 126-2018-INBP Cuerpo General de Bomberos

Organismos Ejecutores, Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru Conforman el Comité de Gobierno Digital de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú RI 126-2018-INBP San Isidro, 8 de agosto de 2018 VISTO: El Oficio Múltiple Nº D000026-2018-PCM-SEGDI de la Secretaría de Gobierno Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros, el Memorando Nº 050-2018-INBP del Intendente Nacional de Bomberos del Perú, y la Nota Informativa Nº 374-2018-INBP/OA
Organismos Ejecutores, Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru
Conforman el Comité de Gobierno Digital de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú
RI 126-2018-INBP
San Isidro, 8 de agosto de 2018
VISTO:

El Oficio Múltiple Nº D000026-2018-PCM-SEGDI de la Secretaría de Gobierno Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros, el Memorando Nº 050-2018-INBP del Intendente Nacional de Bomberos del Perú, y la Nota Informativa Nº 374-2018-INBP/OA de la Oficina de Administración, sobre la conformación del Comité de Gobierno Digital de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; y

CONSIDERANDO:



Que, el Decreto Legislativo Nº 1260 fortalece el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú como parte del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y regula la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, como organismo público ejecutor adscrito al Ministerio del Interior que ejerce rectoría en materia de prevención, control y extinción de incendios, atención de accidentes, rescate urbano y apoyo en incidentes con materiales peligrosos, estableciendo su ámbito de competencia, funciones generales y estructura orgánica;

Que, el artículo 22º del Decreto Legislativo Nº 1260
establece que el organismo público ejecutor Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú regulado por la Ley Nº 27067, modifica su denominación por "Intendencia Nacional de Bomberos del Perú", la misma que adecúa su estructura orgánica y funciones conforme a la citada norma; asimismo, la sétima disposición complementaria transitoria establece que toda disposición que haga mención al Organismo Público Ejecutor "Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú", se considera referido a la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú;


Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;


Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 119-2018-PCM se dispuso que cada entidad de la administración pública debe constituir un Comité de Gobierno Digital, integrado por el/la titular de la entidad o su representante, el/la líder de Gobierno Digital, el/la responsable del área de informática o quien haga sus veces, el/la responsable del área de recursos humanos o quien haga sus veces, el/la responsable del área de atención al ciudadano o quien haga sus veces, y el/la oficial de seguridad de la información;

Que, en ese contexto, atendiendo a la designación de representantes efectuado por el Sr. Intendente Nacional de Bomberos del Perú, y por el Director de la Oficina de Administración, corresponde emitir el acto resolutivo de designación de los miembros del Gobierno Digital de la
INBP;

Que, la Unidad de Tecnologías de la Información de la Oficina de Administración, es el órgano de apoyo responsable del sistema funcional de gobierno electrónico e informática de la entidad de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú aprobado con el Decreto Supremo Nº 025-2017-IN;

Que, la Oficina de Administración a través de la Nota Informativa Nº 374-2018-INBP/OA, propuso al Sr. Víctor Hamilton Orrillo Barahona como Líder del Gobierno Regional, a la Sra. Kelly Herrera Samanez como responsable del Área de Atención al Ciudadano, y al Sr. Francisco Farfán Quino como Oficial de Seguridad de la Información, quienes formarán parte del Comité de Gobierno Digital de la Intendencia Nacional de Bomberos de Perú;

Que, en uso de las facultades de las que está investido el Representante Legal de la Institución de acuerdo al Decreto Legislativo Nº 1260 y en concordancia con el Reglamento de Organización y Funciones de la INBP
aprobado mediante Decreto Supremo Nº 025-2017-IN;
con el visto de la Oficina de Administración, y de la Oficina de Asesoría Jurídica de la INBP;

SE RESUELVE:



Artículo 1º.- CONFORMAR el Comité de Gobierno Digital de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, integrado conforme el siguiente detalle:
• El Sub Director de Gestión de Recursos Materiales y Mantenimiento de la INBP, quién lo presidirá.
• El líder del Gobierno Digital.
• El responsable de la Unidad de Tecnologías de la Información de la Oficina de Administración.
• El Jefe de la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración.
• La responsable del Área de Atención al Ciudadano • El oficial de seguridad de la información de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú.

Artículo 2º.- DISPONER que el Comité de Gobierno Digital debe cumplir como mínimo con las siguientes funciones:
a) Formular el Plan de Gobierno Digital de la entidad.
b) Liderar y dirigir el proceso de transformación digital en la entidad.
c) Evaluar que el uso actual y futuro de las tecnologías digitales sea acorde con los cambios tecnológicos, regulatorios, necesidades de la entidad, objetivos institucionales, entre otros con miras a implementar el Gobierno Digital.
d) Gestionar la asignación de personal y recursos necesarios para la implementación del Plan de Gobierno Digital en sus Planes Operativos Institucionales, Plan Anual de Contrataciones y otros.
e) Promover y gestionar la implementación de estándares y buenas prácticas en gestión y gobierno de tecnologías digitales en la entidad.
f) Elaborar informes anuales que midan el progreso de la implementación del Plan de Gobierno Digital.
g) Vigilar el cumplimiento de la normatividad relacionada con la implementación del gobierno digital en las entidades públicas.
h) Promover el intercambio de datos de información, así como la colaboración en el desarrollo de proyectos de digitalización entre entidades i) Otras funciones que se asigne la alta Dirección en el ámbito de su competencia y aquellas concordantes con la materia.

Artículo 3º.- ESTABLECER que los miembros del Comité de Gobierno Digital de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú ejercen el cargo de forma ad honorem. El cumplimiento de la presente resolución no irroga gastos adicionales al tesoro público.

Artículo 4º.- DISPONER que el Comité de Gobierno Digital de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, se instale en un plazo no mayor de tres (03) días hábiles siguientes de publicada la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 5º.- NOTIFICAR la presente Resolución a los miembros integrantes del Comité de Gobierno Digital de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú la presente resolución.

Artículo 6º.- ENCARGAR a la Unidad de Comunicación Social la publicación de la presente Resolución en la página web de la entidad: www.inbp.gob.pe., en adición a la publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

PETER RAFAEL GONZÁLES REYES
Intendente Nacional (e)
Intendencia Nacional de Bomberos del Perú

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RI 126-2018-INBP Conforman el Comité de Gobierno Digital de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA
  • Numero : 126-2018-INBP
  • Emitida por : Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru - Organismos Ejecutores
  • Fecha de emision : 2018-08-10
  • Fecha de aplicacion : 2018-08-11

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