Inicio
Últimas normas legales
Equipo Técnico Trabajo Denominado mesa Ejecutiva RM 307-2018-EF/10 Economia y Finanzas
9/10/2018
Equipo Técnico Trabajo Denominado mesa Ejecutiva RM 307-2018-EF/10 Economia y Finanzas
Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas Conforman Equipo Técnico de Trabajo denominado "Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector Turismo" RM 307-2018-EF/10 Lima, 6 de setiembre de 2018 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el artículo 2 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF, del Ministerio de Economía y Finanzas - MEF, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 117-2014-EF, este ministerio tiene -entre otras- competencias en materias de carácter económico,
Conforman Equipo Técnico de Trabajo denominado "Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector Turismo"
RM 307-2018-EF/10
Lima, 6 de setiembre de 2018
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con el artículo 2 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF, del Ministerio de Economía y Finanzas - MEF, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 117-2014-EF, este ministerio tiene -entre otras- competencias en materias de carácter económico, financiero, fiscal, inversión pública y privada, presupuesto público, endeudamiento público, tributario, aduanero, arancelario; así como competencias para armonizar la actividad económica y financiera nacional orientadas a promover su competitividad, la mejora continua de la productividad y el funcionamiento eficiente de los mercados; y las demás que se le asignen por Ley;
Que, conforme al artículo 3 del citado ROF , el MEF tiene entre otras funciones, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política económica y financiera nacional y sectorial, aplicable a todos los niveles de gobierno; dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de la política económica y financiera; formular, proponer, ejecutar y evaluar políticas, normas y lineamientos técnicos en materia de inversión pública y privada; formular, proponer, ejecutar y evaluar las políticas, normas y lineamientos técnicos sobre competencia y calidad normativa; promover la eficiente asignación de recursos y aumentos continuos de la productividad y competitividad; así como coordinar con los demás ministerios y organismos de la administración pública las actividades vinculadas a su ámbito de competencia;
TAMBIEN PUEDES VER: Resolución Declaró Improcedente Solicitud RE 1199-2018-JNE JNE
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 024-2002-PCM
se constituyó el Consejo Nacional de la Competitividad y Formalización, como una comisión de coordinación de asuntos específicos del MEF, encargada de desarrollar e implementar un Plan Nacional de Competitividad con el objeto de mejorar la capacidad del Perú para competir en el mercado internacional, y que tiene entre otras funciones la de proponer al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Economía y Finanzas, proyectos normativos necesarios para la mejora de la competitividad, en forma coordinada con los sectores competentes; evaluar las políticas de competitividad y su implementación; así como ejecutar las actividades complementarias que fueran necesarias para lograr los objetivos que le son encomendados;
MAS NORMAS LEGALES: Resolución Declaró Improcedente Solicitud RE 1066-2018-JNE JNE
Que, el literal f) del artículo 5 del Decreto Supremo Nº 024-2002-PCM, establece que la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de la Competitividad y Formalización, a cargo del Director Ejecutivo, tiene entre sus funciones el convocar a equipos técnicos de trabajo público - privados para la identificación y seguimiento de las reformas prioritarias en materia de competitividad;
Que, el artículo 7-A del Decreto Supremo Nº 024-2002-PCM señala que los equipos técnicos de trabajo estarán conformados, indistintamente, por miembros del sector público, privado, académico y del campo de la investigación, cuya participación sea relevante al tema, quienes actuarán ad honorem, estando la coordinación de los mencionados grupos a cargo de la Secretaría Técnica;
Que, el turismo en el Perú constituye la tercera fuente generadora de divisas del país, siendo uno de los sectores de mayor crecimiento en los últimos cinco años, habiendo registrado un crecimiento promedio anual en la llegada de turistas internacionales de 7,4% y un crecimiento de 4,22% del turismo interno en el mismo periodo; asimismo, actualmente el sector turismo emplea al 7,4% de la Población Económicamente Activa del país;
Que, en el ámbito del turismo, nuestro país ha obtenido importantes reconocimientos internacionales que le han permitido posicionarse a nivel mundial como destino turístico, lo que sumado a la diversidad de recursos turísticos con los que cuenta, permiten proyectar un importante potencial de crecimiento del sector y
evidencian su contribución a la generación de empleo y desarrollo social y económico del país;
Que, a fin de articular esfuerzos y contribuir con el desarrollo del sector turismo, resulta conveniente conformar un espacio de coordinación público privado para favorecer la productividad y competitividad de dicho sector, e impulsar el crecimiento económico;
Que, acorde con las competencias del Ministerio de Economía y Finanzas, resulta necesario promover e impulsar estrategias, mecanismos e instrumentos que, desde una perspectiva de gestión e implementación de políticas públicas, contribuyan con el desarrollo y la mejora de la productividad y competitividad, en el presente caso del sector turismo;
Que, en ese sentido, el Consejo Nacional de Competitividad y Formalización adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, en su sesión del 23 de agosto de 2017, acordó promover, implementar y utilizar a las "Mesas Ejecutivas" como una herramienta de gestión que contribuya con la productividad y la competitividad;
Que, por lo expuesto, en el presente caso resulta conveniente la conformación del Equipo Técnico de Trabajo denominado "Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector Turismo", desde la perspectiva de la productividad y competitividad, conforme con lo acordado por el Consejo Nacional de Competitividad y Formalización; y, De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 117-2014-EF, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas; y, el Decreto Supremo Nº 024-2002-PCM, que crea el Consejo Nacional de la Competitividad y Formalización;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Objeto Conformar el Equipo Técnico de Trabajo denominado "Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector Turismo", que tiene como objeto identificar, promover y proponer acciones que impulsen al sector turismo, así como permitir que se facilite y favorezca la productividad y competitividad de dicho sector, a fin de contribuir con el crecimiento económico.
Artículo 2.- Conformación La "Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector Turismo" de naturaleza temporal está conformada por:
a) El Viceministro de Turismo, o su representante, quien la presidirá.
b) El Viceministro de Transportes o su representante.
c) El Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, o su representante.
d) El Viceministro de Gestión Ambiental, o su representante.
e) El Viceministro de Orden Interno, o su representante.
f) El Viceministro de Vivienda y Urbanismo o su representante.
g) Un representante del Ministerio de Economía y Finanzas.
Asimismo, la citada Mesa Ejecutiva estará conformada por representantes de entidades del sector privado, los que podrán ser convocados a las sesiones para abordar temas específicos de acuerdo a la naturaleza de los mismos.
Artículo 3.- Designación de los representantes Las entidades públicas que conforman la "Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector Turismo"
acreditarán a sus representantes, titular y alterno, ante la Secretaría Técnica de la "Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector Turismo", mediante comunicación escrita, en un plazo de cinco (5) días hábiles contados a partir del día hábil siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 4.- Compromiso y participación Los integrantes de la "Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector Turismo" ejercen el cargo ad honorem y deben cumplir y contribuir de manera sostenible y responsable con la identificación de los problemas, dificultades y barreras, así como en la elaboración de las propuestas de solución que se requieran y su implementación, entre otros aspectos, con la finalidad de favorecer el desarrollo y la competitividad del sector turismo, en aras del interés público.
Artículo 5.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica de la "Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector Turismo" estará a cargo de la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Competitividad y Formalización, o su representante, quien brindará el apoyo técnico y administrativo necesario para el desarrollo y cumplimiento del objeto de la "Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector Turismo".
Artículo 6.- Colaboración de profesionales La "Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector Turismo"
contará con la colaboración de profesionales con experiencia o especialistas en temas de gestión e implementación de políticas públicas, así como en planificación y gestión turística y las demás materias que se aborden en la "Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector Turismo".
Artículo 7.- Participación de invitados La "Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector Turismo"
podrá invitar a participar de las reuniones o sesiones de la misma, a otros representantes o especialistas del sector público o privado, cuando se considere conveniente para abordar temas concretos o específicos.
Artículo 8.- Financiamiento La aplicación de lo dispuesto en la presente norma se financia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Cada Pliego Institucional asume los gastos que pudiera generar el ejercicio de las funciones de sus representantes.
Artículo 9.- Instalación La "Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector Turismo" se instalará en un plazo máximo de diez (10) días hábiles, contados desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 10.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas en la misma fecha.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS AUGUSTO OLIVA NEYRA
Ministro de Economía y Finanzas
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 307-2018-EF/10 Conforman Equipo Técnico de Trabajo denominado "Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector Turismo"
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 307-2018-EF/10
- Emitida por : Economia y Finanzas - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2018-09-10
- Fecha de aplicacion : 2018-09-11
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)