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Programación Pagos Prestaciones Económicas RJ 241-2018/SIS Seguro Integral de Salud
12/15/2018
Programación Pagos Prestaciones Económicas RJ 241-2018/SIS Seguro Integral de Salud
Organismos Ejecutores, Seguro Integral de Salud Aprueban programación de pagos de prestaciones económicas de sepelio a solicitantes de Prestaciones Económicas de Sepelio de la UDR Apurímac I, UDR Lima Sur, UDR Cajamarca II - Chota, UDR Arequipa, UDR Cerro de Pasco y UDR Lima Metropolitana Norte RJ 241-2018/SIS Lima, 14 de diciembre de 2018 VISTOS: El Memorando Nº 1069-2018-SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, Memorando
Aprueban programación de pagos de prestaciones económicas de sepelio a solicitantes de Prestaciones Económicas de Sepelio de la UDR Apurímac I, UDR Lima Sur, UDR Cajamarca II - Chota, UDR Arequipa, UDR Cerro de Pasco y UDR Lima Metropolitana Norte
RJ 241-2018/SIS
Lima, 14 de diciembre de 2018
VISTOS: El Memorando Nº 1069-2018-SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, Memorando Nº 1177-2018-SIS/GNF, la Nota Informativa Nº 113-2018-SIS/GNF-SGF/JRGC, el Informe Nº 08-2018-SIS/GNF-SGF/JRGC
con Proveído Nº 728-2018-SIS/GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento y el Informe Nº 592-2018-SIS/ OGAJ-DE con Proveído Nº 892-2018-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF se establecen los principios, los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto, en concordancia con los artículos 77 y 78 de la Constitución Política del Perú;
Que, mediante el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1163 se aprueban las Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud, establece que la transferencia de fondos o pago que efectúe el Seguro Integral de Salud (SIS) requiere la suscripción obligatoria de un convenio o contrato, pudiendo tener una duración de hasta tres (3) años renovables;
TAMBIEN PUEDES VER: Publicación Proyecto Decreto Supremo RM 557-2018-PRODUCE Produce
Que, mediante el "Convenio de prestación de servicios celebrado entre el Seguro Integral de Salud y el Banco de la Nación", suscrito con fecha 30 de diciembre de 2009, el mismo que se encuentra vigente por la renovación automática del plazo por periodos anuales, se acordó que el Banco de la Nación, a través de toda su red de oficinas a nivel nacional, brinde el servicio integral de pago de subsidio por gasto de sepelio que otorga el SIS al fallecimiento de un asegurado;
Que, el Decreto Supremo Nº 007-2012-SA, que autoriza al SIS la sustitución del Listado Priorizado de Intervenciones Sanitarias (LPIS) por el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), precisa en su artículo 2 que los planes complementarios al PEAS que ofrece el SIS incluyen la prestación económica de sepelio a nivel nacional;
MAS NORMAS LEGALES: Plan Estrategia Publicitaria 2018 Ministerio RM 292-2018-MIMP Mujer y Poblaciones Vulnerables
Que, mediante Resolución Jefatural Nº 090-2016/ SIS, se aprueba la Directiva Administrativa Nº 001-2016-SIS/GNF-V.01 "Directiva Administrativa para el Reconocimiento de la Prestación Económica de Sepelio para los Asegurados a los Regímenes de Financiamiento Subsidiado y Semicontributivo del Seguro Integral de Salud", modificada con Resolución Jefatural Nº 133-2017/SIS, la cual establece las disposiciones para el reconocimiento de pago y atención de la prestación económica de sepelio de los asegurados a los regímenes de financiamiento subsidiado y semicontributivo a cargo del SIS;
Que, el numeral 6.2.1 de la citada Directiva, establece el procedimiento para la programación de pagos de las prestaciones económicas de sepelio aprobadas por las Unidades Desconcentradas Regionales;
Que, mediante Memorando Nº 1069-2018-SIS/ OGPPDO, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional - OGPPDO
aprueba las Certificaciones de Crédito Presupuestario Nº 984 y Nº 992 para el pago de las prestaciones económicas de sepelio, conforme a lo solicitado por la Gerencia de Negocios y Financiamiento en el Memorando
Nº 580-2018-SIS-GNF;
Que, en ese orden de ideas, se emitieron las Resoluciones Jefaturales Nº 156-2016/SIS, de fecha 30 de junio de 2016; Resolución Jefatural Nº 236-2017/ SIS, de fecha 2 de octubre de 2017; Resolución Jefatural Nº 265-2017/SIS, de fecha 1 de diciembre de 2017; y Resolución Jefatural Nº 81-2018/SIS de fecha 17 de abril de 2018, que aprobaron el pago directo de las prestaciones económicas de sepelio a nivel nacional correspondientes al mes de junio de 2016, octubre de 2017, diciembre de 2017 y abril de 2018, respectivamente;
Que, mediante Nota Informativa Nº 154-2018-SIS/ GMR-UDR PAS que remite el Informe Nº 027-218-SIS/ GMR CEN-UDR PAS-JRHI, Informe Nº 412-2016-SIS/ GMR SUR MED-UDR APU ABAN-RSR, Nota Informativa Nº 035-2018-SIS/GMR CEN MED UDR LIMSU e Informe Nº 02-2018-SIS-GMR-CEN-MED, la UDR Pasco, UDR
Apurímac I, UDR Lima Metropolitana Sur y la Gerencia Macro Regional Centro Medio, respectivamente, informan sobre errores de digitación incurridos en el registro de prestaciones económicas de sepelio en el aplicativo
SIASIS;
Que, mediante Memorando Nº 869-2018-SIS/GNF la Gerencia de Negocios y Financiamiento - GNF confirma la necesidad de atención de las solicitudes sobre prestación económica de sepelio presentadas. En ese sentido, con Informe Nº 021-2018-SIS-OGTI-US/EAMS la Oficina General de Tecnología de la Información indica que se requiere de dos meses para la implementación de los requerimientos relacionados a los ajustes en el proceso de prestaciones económicas de sepelios, solicitando que la GNF busque una alternativa de solución administrativa para paliar esos casos y evitar reclamos de los acreditados en tanto duren las implantaciones de las adecuaciones en el SIASIS;
Que, mediante Informe Nº 08-2018-SIS/GNF-SGF/ JRGC, la GNF sustenta la necesidad de realizar el reconocimiento de las Prestaciones Económicas de Sepelio -PES de la UDR Apurímac, UDR Lima Sur, UDR Cajamarca II -Chota, UDR Arequipa, UDR
Cerro de Pasco y UDR Lima Metropolitana Norte, identificándose un total de 06 (seis) solicitudes remitidas por las mencionadas UDR's, las mismas que corresponden ser financiadas por el importe equivalente a S/ 4 640.00 (Cuatro mil seiscientos cuarenta con 00/100 soles) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios. Por tanto solicita se apruebe el proyecto de Resolución Jefatural para el reconocimiento de las precitadas prestaciones económicas de sepelio;
Que, en atención al Memorando Nº 583-2018-SIS/ OAJ de fecha 23 de noviembre de 2018, la GNF remite el Memorando Nº 1177-2018-SIS/GNF de fecha 27 de noviembre de 2018 adjuntando la Nota Informativa Nº 113-2018-SIS/GNF-SGF/JRGC mediante la cual precisa que la solicitud remitida con Informe Nº 08-2018-SIS/GNF-SGF/JRGC se ampara en la Directiva Administrativa Nº 001-2016-SIS/GNF-V.01, aprobada Resolución Jefatural Nº 090-2016/SIS y modificada con Resolución Jefatural
Nº 133-2017/SIS;
Que, mediante Informe Nº 592-2018-SIS/OGAJ/ DE con Proveído Nº 892-2018-SIS-OGAJ la Oficina de
Asesoría Jurídica sobre la base de lo opinado por la Gerencia de Negocios y Financiamiento considera que se cumple con la formalidad normativa para la emisión de una Resolución Jefatural que apruebe la programación de pagos de prestaciones económicas de sepelio a los solicitantes de las Prestaciones Económicas de Sepelio -
PES de la UDR Apurímac, UDR Lima Sur, UDR Cajamarca II - Chota, UDR Arequipa, UDR Cerro de Pasco y UDR
Lima Metropolitana Norte, por la suma total de S/ 4 640.00 (Cuatro mil seiscientos cuarenta y 00/100 soles) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00 Recursos Ordinarios;
Con el visto de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modificado por Decreto Supremo Nº 002-2016-SA, y en la Directiva Administrativa Nº 001-2016-SIS/GNF-V.01, aprobada por Resolución Jefatural Nº 090-2016/SIS, modificada por Resolución Jefatural Nº 133-2017/SIS;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la programación de los pagos de prestaciones económicas de sepelio por la suma total de S/ 4 640.00 (Cuatro mil seiscientos cuarenta y 00/100 soles)
con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, correspondientes a las solicitudes presentadas a la UDR Apurímac I, UDR Lima Sur, UDR Cajamarca II -
Chota, UDR Arequipa, UDR Cerro de Pasco y UDR Lima Metropolitana Norte, conforme se detalla en el Anexo Nº 01
que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Encargar a la Gerencia de Negocios y Financiamiento adoptar las acciones que correspondan para hacer efectivo el cumplimiento de la presente Resolución.
Artículo 3.- Encargar a la Oficina General de Tecnología de la Información el registro de los montos reconocidos mediante la presente Resolución Jefatural en los Formatos Únicos de Atención - FUA del aplicativo informático del Seguro Integral de Salud.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DORIS MARCELA LITUMA AGUIRRE
Jefa del Seguro Integral de Salud
NORMA LEGAL:
- Titulo: RJ 241-2018/SIS Aprueban programación de pagos de prestaciones económicas de sepelio a solicitantes de Prestaciones Económicas de Sepelio de la UDR Apurímac I, UDR Lima Sur, UDR Cajamarca II - Chota, UDR Arequipa, UDR Cerro de Pasco y UDR Lima Metropolitana Norte
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
- Numero : 241-2018/SIS
- Emitida por : Seguro Integral de Salud - Organismos Ejecutores
- Fecha de emision : 2018-12-15
- Fecha de aplicacion : 2018-12-16
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