1/11/2019
Criterios Priorización Sector Defensa RM 0034-2019 DE/SG Defensa
Poder Ejecutivo, Defensa Aprueban Criterios de Priorización del Sector Defensa RM 0034-2019 DE/SG Lima, 9 de enero de 2019 VISTO: El Informe Nº 410-2018-MINDEF/VRD/DGPP/ DIPRI emitido por la Dirección de Programación de Inversiones del Ministerio de Defensa; el Oficio Nº 2169-2012-2018-MINDEF/VRD/DGPP/D/02 de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Legal Nº 2476-2018-MINDEF/OGAJ elaborado por la Oficina General de Asesoría
Aprueban Criterios de Priorización del Sector Defensa
RM 0034-2019 DE/SG
Lima, 9 de enero de 2019
VISTO:
El Informe Nº 410-2018-MINDEF/VRD/DGPP/ DIPRI emitido por la Dirección de Programación de Inversiones del Ministerio de Defensa; el Oficio Nº 2169-2012-2018-MINDEF/VRD/DGPP/D/02 de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Legal Nº 2476-2018-MINDEF/OGAJ elaborado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa;
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Legislativo Nº 1252 tiene por objeto la creación del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones como Sistema Administrativo del Estado, con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país;
Que, el numeral 5.1 del artículo 5 del citado dispositivo legal ha previsto que son Órganos del mencionado Sistema, la Dirección General de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, los Órganos Resolutivos, las Oficinas de Programación Multianual de Inversiones, las Unidades Formuladoras y las Unidades Ejecutoras de Inversiones del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local;
TAMBIEN PUEDES VER: Delegan Facultades Diversos Funcionarios Central RJ 001-2019-PERU Superintendencia de Transporte
Que, el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, aprobado por el Decreto Supremo Nº 284-2018-EF, establece en su artículo 9, que el Órgano Resolutivo es el Ministro, el Titular o la máxima autoridad ejecutiva del Sector; quien tiene la facultad de aprobar los indicadores de brechas y los criterios para la priorización de las inversiones que se enmarquen en el ámbito de su responsabilidad funcional, a ser aplicados en la fase de Programación Multianual de Inversiones por los tres niveles de gobierno, de acuerdo a las medidas sectoriales definidas por los rectores de las políticas nacionales sectoriales;
Que, asimismo, el numeral 10.1 del artículo 10 del referido Reglamento señala que la Oficina de Programación Multianual de Inversiones - OPMI del Sector es el órgano del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones responsable de la fase de Programación Multianual de Inversiones del Ciclo de Inversión en el ámbito de la responsabilidad funcional del sector;
MAS NORMAS LEGALES: Delegan Facultades Atribuciones Diversos RJ 001-2019-INDECI Instituto Nacional de Defensa Civil
Que, de igual modo, en el punto Nº 8 del numeral 10.3 del mencionado artículo, se establece que la Oficina de Programación Multianual de Inversiones - OPMI del Sector propone al Órgano Resolutivo los criterios de priorización de la cartera de inversiones y brechas identificadas a considerarse en el Programa Multianual de Inversiones PMI Sectorial, los cuales deben tener en consideración los planes nacionales sectoriales establecidos en el planeamiento estratégico de acuerdo al SINAPLAN
y ser concordantes con las proyecciones del Marco Macroeconómico Multianual cuya desagregación coincide con la asignación total de gastos de inversión establecida por el Sistema Nacional de Presupuesto Público;
Que, en tal contexto, mediante la Resolución Ministerial Nº 465-2017 DE/SG se designó a la Dirección de Programación de Inversiones como órgano encargado de realizar las funciones de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones - OPMI en el Ministerio de Defensa, así como, al Director de Programación de Inversiones de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto, como Responsable de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones en el Ministerio de Defensa;
Que, a través del Informe de Vistos, la OPMI del Sector ha elaborado y propuesto de conformidad con los dispositivos normativos citados, los criterios de priorización de la cartera de inversiones a considerarse en el PMI sectorial (2020 - 2022), los cuales han tenido en consideración los planes nacionales sectoriales establecidos en el planeamiento estratégico de acuerdo al SINAPLAN y son concordantes con las proyecciones del Marco Macroeconómico Multianual. Asimismo, informa que dichos criterios de priorización cuentan con la conformidad de la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas y son de conocimiento de los Órganos Ejecutores, Organismos Públicos y Empresas Públicas Adscritas al Sector;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1252, su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 284-2018-EF, el numeral 37 del artículo 10 del Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2016-DE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar los Criterios de Priorización del Sector Defensa, cuyas fichas y formatos adjuntos en anexo, forman parte de la presente Resolución, en cumplimiento de la Tercera y Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1432, que modifica e incorpora disposiciones al Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (Invierte.pe) y Deroga la Ley Nº 27293 Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP), y en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN).
Artículo 2.- Los Criterios de Priorización Sectoriales aprobados en el artículo precedente serán aplicados en la fase de Programación Multianual de Inversiones, para la elaboración del Programa Multianual de Inversiones (PMI) en los tres niveles de gobierno, de acuerdo a las medidas sectoriales definidas por los rectores de las políticas nacionales, y serán de aplicación obligatoria a las solicitudes de financiamiento que se presenten en el marco de la normatividad vigente, debiendo sujetarse éstos a la finalidad del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y a los instrumentos de planeamiento estratégico aprobados en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Defensa (www. mindef.gob.pe), el mismo día de su publicación oficial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ HUERTA TORRES
Ministro de Defensa
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 0034-2019 DE/SG Aprueban Criterios de Priorización del Sector Defensa
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 0034-2019 DE/SG
- Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2019-01-11
- Fecha de aplicacion : 2019-01-12
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