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Reconforman Comisión Organizadora Universidad RV 003-2019-MINEDU Educacion
1/08/2019
Reconforman Comisión Organizadora Universidad RV 003-2019-MINEDU Educacion
Poder Ejecutivo, Educacion Reconforman la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central Juan Santos Atahualpa RV 003-2019-MINEDU Lima, 7 de enero de 2019 Vistos, el Expediente Nº MPT2018-EXT-0183750, el Informe Nº 00192-2018-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, de la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, y el Informe Nº
Reconforman la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central Juan Santos Atahualpa
RV 003-2019-MINEDU
Lima, 7 de enero de 2019
Vistos, el Expediente Nº MPT2018-EXT-0183750, el Informe Nº 00192-2018-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, de la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, y el Informe Nº 00002-2019-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece que la universidad es una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, científica y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Adopta el concepto de educación como derecho fundamental y servicio público esencial, y está integrada por docentes, estudiantes y graduados, precisando que las universidades públicas son personas jurídicas de derecho público. Asimismo el artículo 8 de la Ley establece que el Estado reconoce la autonomía universitaria, la cual se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la Ley y demás normativa aplicable, y se manifiesta en los regímenes normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico;
TAMBIEN PUEDES VER: Resolución Declaró Infundada Tacha Interpuesta RE 2262 -2018-JNE JNE
Que, mediante Ley Nº 29616, modificada por la Ley Nº 29840, se crea la Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central Juan Santos Atahualpa - UNISCJSA, como persona jurídica de derecho público interno, con sedes en las ciudades de La Merced, Pichanaki y Satipo, provincia de Junín;
Que, el artículo 29 de la Ley Universitaria establece que aprobada la Ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector, y como mínimo un (1) miembro en la especialidad que ofrece la universidad; la misma que tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que le correspondan;
MAS NORMAS LEGALES: * El Tupa Publica Página Web Diario Oficial DS 003-2019-VIVIENDA Vivienda Construccion y
Que, los literales l) y o) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;
establecen, como algunas de las funciones del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, la de constituir y reconformar las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas creadas por ley, y aprobar actos resolutivos y documentos normativos, en el marco de su competencia;
Que, el literal g) del artículo 148 del referido Reglamento dispone como una de las funciones de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, la de proponer la conformación de las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas; para tal efecto, su Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación
Superior Universitaria tiene, entre otras funciones, la de proponer los miembros para la conformación de Comisiones Organizadoras de universidades públicas, así como realizar el seguimiento del cumplimiento de la normativa aplicable, de conformidad con lo previsto en el literal e) del artículo 153 de la mencionada norma;
Que, el numeral 6.1.1 del Acápite VI Disposiciones Específicas de la Norma Técnica "Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución", aprobada por Resolución Viceministerial Nº 088-2017-MINEDU, establece que la Comisión Organizadora está conformada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, cuyo desempeño es a tiempo completo y a dedicación exclusiva, quienes tienen la calidad de funcionarios públicos de libre designación y remoción, y ejercerán los cargos de Presidente, Vicepresidente Académico y Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora, según corresponda;
Que, el numeral 6.1.2 del Acápite VI Disposiciones Específicas de la Norma Técnica antes citada, establece que la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, es la encargada de la selección de los miembros de las Comisiones Organizadoras, cuyo procedimiento comprende las siguientes actividades: invitación a expresiones de interés, evaluación, selección y designación;
Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 054-2018-MINEDU, se reconforma la Comisión Organizadora de la UNISCJSA, quedando integrada de la siguiente manera: JESUS EDUARDO POMACHAGUA
PAUCAR, Presidente; ARMANDO VASQUEZ MATUTE, Vicepresidente Académico; y OSCAR AUGUSTO GARCIA
ZARATE, Vicepresidente de Investigación;
Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 072- 2018-MINEDU, se acepta la renuncia presentada por ARMANDO VASQUEZ MATUTE al cargo de Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la UNISCJSA y, se designa a JAIME HERMINIO
CLAROS CASTELLARES al cargo de Vicepresidente Académico de la referida Comisión Organizadora;
Que, mediante Carta de fecha 19 de setiembre de 2018, el señor JAIME HERMINIO CLAROS CASTELLARES, solicita su renuncia al cargo de Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la UNISCJSA;
Que, mediante Oficio Nº 01567-2018-MINEDU/VMGP-DIGESU, la Dirección General de Educación Superior Universitaria remite el Informe Nº 00192-2018-MINEDU/ VMGP-DIGESU-DICOPRO, en virtud del cual la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, por las razones expuestas en el referido informe, propone: i) Aceptar la renuncia del señor JAIME HERMINIO CLAROS CASTELLARES
al cargo de Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la UNISCJSA; ii) Dar por concluida las designaciones de los señores JESUS EDUARDO
POMACHAGUA PAUCAR, como Presidente y OSCAR
AUGUSTO GARCIA ZARATE como Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora de la UNISCJSA; iii) Reconformar la Comisión Organizadora de la UNISCJSA; y, iv) De acuerdo con la evaluación realizada, propone designar a los señores ARNULFO
ORTEGA MALLQUI, JOSE FEDERICO BAZAN CORREA
y LILIA SALOME LLANTO CHAVEZ en los cargos de Presidente, Vicepresidente Académico y Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora de la UNISCJSA, respectivamente;
Con el visado de la Dirección General de Educación Superior Universitaria y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación modificado por la Ley Nº 26510; la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley Nº 29616, modificada por la Ley Nº 29840, que crea la Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central Juan Santos Atahualpa; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y la Resolución Viceministerial Nº 088-2017-MINEDU que aprueba la Norma Técnica denominada "Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución";
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aceptar la renuncia de JAIME HERMINIO
CLAROS CASTELLARES, al cargo de Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central Juan Santos Atahualpa, designado mediante Resolución Viceministerial Nº 072-2018-MINEDU, dándosele las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2.- Dar por concluida la designación de JESUS EDUARDO POMACHAGUA PAUCAR al cargo de Presidente y de OSCAR AUGUSTO GARCIA ZARATE al cargo de Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central Juan Santos Atahualpa, dándosele las gracias por los servicios prestados Artículo 3.- Reconformar la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central Juan Santos Atahualpa, la misma que estará integrada por:
- ARNULFO ORTEGA MALLQUI, Presidente;
- JOSE FEDERICO BAZAN CORREA, Vicepresidente Académico; y - LILIA SALOME LLANTO CHAVEZ, Vicepresidente de Investigación.
Artículo 4.- Disponer que la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central Juan Santos Atahualpa, remita al Ministerio de Educación, en un plazo máximo de 30 días calendario de publicada la presente resolución, un plan de trabajo para los próximos doce (12) meses, un informe sobre el estado situacional y el informe de entrega de cargo presentado por la saliente Comisión Organizadora, conforme a lo previsto en el numeral 6.1.8 de las Disposiciones Específicas de la Norma Técnica "Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución, aprobada por Resolución Viceministerial
Nº 088-2017-MINEDU.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SUSANA HELFER LLERENA
Viceministra de Gestión Pedagógica
NORMA LEGAL:
- Titulo: RV 003-2019-MINEDU Reconforman la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central Juan Santos Atahualpa
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
- Numero : 003-2019-MINEDU
- Emitida por : Educacion - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2019-01-08
- Fecha de aplicacion : 2019-01-09
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