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Plan Anual Evaluación Fiscalización Ambiental RCD 007-2019-OEFA/CD OEFA
2/16/2019
Plan Anual Evaluación Fiscalización Ambiental RCD 007-2019-OEFA/CD OEFA
Organismos Tecnicos Especializados, Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental Aprueban el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA del OEFA correspondiente al año 2019 RCD 007-2019-OEFA/CD Lima, 15 de febrero de 2019 VISTOS: El Memorando Nº 043-2019-OEFA/DPEF, elaborado por la Dirección de Políticas y Estrategias en Fiscalización Ambiental; la Dirección de Evaluación Ambiental; la Dirección de Supervisión Ambiental en Energía y Minas;
Aprueban el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA del OEFA correspondiente al año 2019
RCD 007-2019-OEFA/CD
Lima, 15 de febrero de 2019
VISTOS:
El Memorando Nº 043-2019-OEFA/DPEF, elaborado por la Dirección de Políticas y Estrategias en Fiscalización Ambiental; la Dirección de Evaluación Ambiental; la Dirección de Supervisión Ambiental en Energía y Minas; la Dirección de Supervisión Ambiental en Actividades Productivas; la Dirección de Supervisión Ambiental en Infraestructura y Servicios; la Dirección de Fiscalización y Aplicación de Incentivos; el Informe Nº 031-2019-OEFA/OPP, elaborado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Nº 00059- 2019-OEFA/OAJ, elaborado por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fiscalización, la supervisión, el control y la sanción en materia ambiental;
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Que, a través de la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (en adelante, Ley del SINEFA), se otorga al OEFA la calidad de Ente Rector del citado sistema, el cual tiene por finalidad asegurar el cumplimiento de las obligaciones ambientales fiscalizables por parte de los administrados, así como supervisar y garantizar que las funciones de evaluación, supervisión y fiscalización ambiental -a cargo de las diversas entidades del Estado- se realicen de forma independiente, imparcial, ágil y eficiente;
Que, el Numeral 8.1 del Artículo 8º de la Ley del SINEFA, determina que el Consejo Directivo del OEFA, tiene entre sus principales funciones aprobar el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA;
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Que, conforme al Numeral 6.1 del Artículo 6º del Régimen Común de Fiscalización Ambiental, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 247-2013-MINAM, los Planes Anuales de Fiscalización Ambiental son los instrumentos de planificación a través de los cuales cada Entidad de Fiscalización Ambiental (en adelante, EFA) programa las acciones a su cargo, en materia de fiscalización ambiental a ser efectuadas durante el año fiscal; y, las EFA tienen la obligación de formular, aprobar y reportar su PLANEFA, de acuerdo a las directivas que el OEFA establezca para tal efecto;
Que, en el Artículo 5º de los "Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA", aprobados mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 004-2019-OEFA/CD (en adelante, los Lineamientos), dispone que el PLANEFA debe ser formulado de manera coordinada por los órganos de la EFA que ejercen las acciones de fiscalización ambiental y el órgano que tenga a cargo las funciones de planificación y presupuesto; y, que las actividades planificadas en el PLANEFA deben ser incluidas en el Plan Operativo Institucional (en adelante, POI) durante el año anterior a su ejecución, a fin de asegurar el financiamiento de las acciones y metas programadas;
Que, de conformidad con el Artículo 8º de los Lineamientos, el PLANEFA es aprobado mediante Resolución del titular de la EFA, como máximo, hasta el día quince (15) del mes de marzo del año anterior a su ejecución, y que en caso se modifique el POI de la EFA, se podrá modificar el PLANEFA en correspondencia;
Que, sin perjuicio de lo señalado, a través de la Resolución de Consejo Directivo Nº 031-2018-OEFA/CD del 14 de diciembre de 2018, se amplió el plazo para la aprobación del PLANEFA correspondiente al año 2019, hasta el 28 de febrero de 2019;
Que, mediante los documentos de vistos, la Dirección de Políticas y Estrategias en Fiscalización Ambiental; la Dirección de Evaluación Ambiental; la Dirección de Supervisión Ambiental en Energía y Minas; la Dirección de Supervisión Ambiental en Actividades Productivas; la Dirección de Supervisión Ambiental en Infraestructura y Servicios y la Dirección de Fiscalización y Aplicación de Incentivos, en coordinación con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, han formulado sus respectivos planes de intervención para el ejercicio 2019, los cuales han sido priorizados y programados en el proyecto del PLANEFA correspondiente al año 2019;
Que, mediante Acuerdo Nº 007-2019, adoptado en la Sesión Extraordinaria Nº 005-del 14 de febrero de 2019, el Consejo Directivo del OEFA acordó por unanimidad aprobar el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA correspondiente al año 2019; siendo necesario formalizar este acuerdo mediante Resolución de Consejo Directivo; habiéndose establecido la exoneración de la aprobación del acta respectiva a fin de asegurar su vigencia inmediata;
Contando con el visado de la Gerencia General, de la Dirección de Políticas y Estrategias en Fiscalización Ambiental; de la Dirección de Evaluación Ambiental; de la Dirección de Supervisión Ambiental en Energía y Minas; de la Dirección de Supervisión Ambiental en Actividades Productivas; de la Dirección de Supervisión Ambiental en Infraestructura y Servicios; de la Dirección de Fiscalización y Aplicación de Incentivos; de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Literal n) del Artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2017-MINAM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA
correspondiente al año 2019, el cual como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano, el Portal de Transparencia Estándar y el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe), en el plazo de dos (02) días hábiles contados desde su emisión.
Artículo 3º.- Disponer la publicación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA correspondiente al año 2019, aprobado en el Artículo 1º de la presente Resolución, en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe), con excepción de la programación de las acciones de fiscalización, a fin de asegurar la efectividad de las acciones de fiscalización ambiental.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARÍA TESSY TORRES SÁNCHEZ
Presidenta del Consejo Directivo
NORMA LEGAL:
- Titulo: RCD 007-2019-OEFA/CD Aprueban el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA del OEFA correspondiente al año 2019
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO
- Numero : 007-2019-OEFA/CD
- Emitida por : Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - Organismos Tecnicos Especializados
- Fecha de emision : 2019-02-16
- Fecha de aplicacion : 2019-02-17
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