7/21/2019

Programa Mejoramiento Integral Barrios Realizar RM 244-2019-VIVIENDA Vivienda Construccion y

Poder Ejecutivo, Vivienda Construccion y Saneamiento Autorizan al Programa Mejoramiento Integral de Barrios a realizar intervenciones especiales así como el financiamiento de diversos proyectos de inversión pública RM 244-2019-VIVIENDA Lima, 19 de julio de 2019 VISTO, los Informes Nºs. 502 y 522-2019-VIVIENDA/ VMVU-PMIB del Programa Mejoramiento Integral de Barrios, y los Memorandos Nº 1788 y 1814-2019-VIVIENDA-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;
Poder Ejecutivo, Vivienda Construccion y Saneamiento
Autorizan al Programa Mejoramiento Integral de Barrios a realizar intervenciones especiales así como el financiamiento de diversos proyectos de inversión pública
RM 244-2019-VIVIENDA
Lima, 19 de julio de 2019
VISTO, los Informes Nºs. 502 y 522-2019-VIVIENDA/ VMVU-PMIB del Programa Mejoramiento Integral de Barrios, y los Memorandos Nº 1788 y 1814-2019-VIVIENDA-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y,

CONSIDERANDO:



Que, mediante la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, se establece que este Ministerio tiene por finalidad, normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; que es el órgano rector de las políticas nacionales y sectoriales dentro de su ámbito de competencia; y que tiene, entre otras competencias exclusivas, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales así como la gestión de los recursos del Sector;

Que, por Decreto Supremo Nº 004-2012-VIVIENDA, modificado por los Decretos Supremos Nº 001-2013-VIVIENDA y Nº 021-2014-VIVIENDA, se crea el Programa Mejoramiento Integral de Barrios-PMIB en el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento-

MVCS, bajo el ámbito del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, con el propósito de contribuir a mejorar la calidad de vida de la población urbana, mediante la actuación coordinada y concurrente del MVCS, los Gobiernos Locales y la Comunidad Barrial;

Que, el numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto Supremo Nº 004-2012-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo Nº 021-2014-VIVIENDA, dispone que los ámbitos de intervención del PMIB serán los barrios urbanos en distritos de más de 2,000 habitantes, pudiendo autorizar por excepción, mediante Resolución Ministerial, la realización de intervenciones en los distritos cuya población sea menor a 2,000 habitantes, ubicados en el ámbito urbano o rural; y señala en el numeral 3.2, que por excepción, aprobada en norma expresa, se podrán realizar intervenciones especiales de manera directa, según los requisitos y condiciones establecidos en el Manual de Operaciones del PMIB, en adelante el MOP del PMIB;


Que, el artículo 18.1 del artículo 18 del MOP del PMIB, aprobado por Resolución Ministerial Nº 409-2017-VIVIENDA, modificado por Resolución Ministerial Nº 104-2018-VIVIENDA; establece que por excepción aprobada en norma expresa, se pueden realizar intervenciones especiales de manera directa, conforme a lo establecido en el artículo 7 del presente MOP;

Que, según lo dispuesto por el numeral 7.1 del artículo 7 del MOP del PMIB, se entiende por intervención especial, aquella que se ejecuta en barrios urbanos ubicados en territorios afectados por fenómenos naturales o caracterizados por altos niveles de pobreza o por motivaciones sociales; y se pueden realizar de manera directa, es decir sin ser exigible la postulación concursal;

Que, de conformidad a lo establecido por el numeral 7.5 del artículo 7 del MOP del PMIB, mediante intervenciones especiales, se puede dotar de manera parcial, integral o complementaria a los barrios urbanos, con servicios de infraestructura y de equipamiento; hasta que la disponibilidad presupuestal lo permita;

Que, el numeral 18.2 del artículo 18 del MOP del PMIB, dispone que la Comisión de Calificación tiene a cargo la aplicación de los criterio de elegibilidad y priorización;
asimismo, los numerales 7.2 y 7.3 del artículo 7 del MOP del PMIB establece, que se puede disponer parte de los recursos asignados al PMIB, para el desarrollo de intervenciones, a estos recursos se suma el financiamiento complementario a cargo de la población y el gobierno local; y que mediante Resolución Ministerial y en forma excepcional, se puede autorizar el financiamiento; por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; de hasta el 100% del costo de obra y supervisión de las intervenciones especiales y/o financiar montos mayores al establecido en el artículo 11 del citado MOP;

Que, en el marco de las normas expuestas, mediante Actas Nº 01 y 03 de fecha 18 y 19 de julio de 2019, respectivamente, la Comisión de Calificación aprobó se autorice al PMIB a realizar intervenciones especiales para el financiamiento de hasta el cien por ciento (100%) del costo de obra y supervisión de tres (08) proyectos de inversión pública, de los cuales, cinco (05) se encuentran ubicados en territorios caracterizados por altos niveles de
pobreza y tres (03) se encuentran ubicados en territorio afectado por motivaciones sociales, esto, en el marco de la excepción referida a intervenciones especiales regulada por el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Supremo Nº 004-2012-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 021-2014-VIVIENDA, así como lo establecido en el numeral 7.1 del artículo 7 del MOP del PMIB;

Que, asimismo, en dicha sesión, la Comisión de Calificación acordó aprobar el financiamiento de hasta el cien por ciento (100%) del costo de obra y supervisión de los ocho (08) proyectos de inversión, ante la imposibilidad de sus autoridades de asumir el cofinanciamiento, por no contar con suficiente asignación presupuestal;

Que, por Informes Nºs. 502 y 522-2019-VIVIENDA/ VMVU-PMIB, la Dirección Ejecutiva del PMIB, propone se autorice al PMIB a realizar intervenciones especiales, así como el financiamiento de hasta el cien por ciento (100%) del costo de obra y supervisión de ocho (08) proyectos de inversión citados en los considerandos precedentes;
en el marco de la excepción referida a intervenciones especiales regulada por el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Supremo Nº 004-2012-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 021-2014-VIVIENDA, así como con lo establecido en los numerales 7.1 y 7.3 del artículo 7 del MOP del PMIB;

Que, asimismo, los recursos para el financiamiento de ocho (08) proyectos de inversión pública, se encuentran autorizados mediante el informe favorable de disponibilidad presupuestal emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto con Memorandos Nºs.

1788 y 1814-2019-VIVIENDA-OGPP; por la suma de S/ 11 578 363,00 (Once Millones Quinientos Setenta y Ocho Mil Trescientos Sesenta y Tres y 00/100 Soles);

Que, en consecuencia, es necesario autorizar las intervenciones especiales propuestas por el PMIB, así como el financiamiento de hasta el cien por ciento (100%) del costo de obra y supervisión de ocho (08) proyectos de inversión;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Decreto Supremo Nº 004-2012-VIVIENDA y sus modificatorias; y la Resolución Ministerial Nº 409-2017-VIVIENDA;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Autorizar al Programa Mejoramiento Integral de Barrios-PMIB, a realizar intervenciones especiales, así como el financiamiento; por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; de hasta el cien por ciento (100%) del costo de obra y supervisión de ocho (08) proyectos de inversión pública descritos en los Anexos que forman parte integrante de la presente Resolución, estando sujetos a la disponibilidad presupuestal correspondiente.

Artículo 2.- Encargar a la Oficina General de Estadística e Informática, la publicación de la presente Resolución y sus Anexos en el portal institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), en la fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese
MIGUEL ESTRADA MENDOZA
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
ANEXO 1

CODIGO
UNIFICADO
REGION PROVINCIA DISTRITO PROYECTO
UNIDAD
EJECUTORA
COSTO
INVERSION
S/ 1 2337057 AYACUCHO HUANTA UCHURACCAY
MEJORAMIENTO DE
LOS SERVICIOS DE
TRANSITABILIDAD VEHICULAR
Y PEATONAL EN LA AVENIDA
HUANTA, EN LA LOCALIDAD
DE CARHUAHURAN, DISTRITO
DE UCHURACCAY-HUANTA-
AYACUCHO
MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE
UCHURACCAY
1,019,453
2 2439650 AYACUCHO HUANTA UCHURACCAY
CREACION DEL PARQUE
Y AREAS VERDES EN EL
CENTRO POBLADO DE
CARHUAHURAN, DISTRITO DE
UCHURACCAY-PROVINCIA DE
HUANTA-DEPARTAMENTO DE
AYACUCHO
MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE
UCHURACCAY
251,306
3 2236086 PIURA PIURA
VEINTISEIS DE
OCTUBRE
MEJORAMIENTO DE CALLES
EN LA UPIS LUIS ANTONIO
PAREDES MACEDA EN EL
DISTRITO 26 DE OCTUBRE,
PROVINCIA DE PIURA-PIURA
MUNICIPALIDAD
DISTRITAL
VEINTISEIS DE
OCTUBRE
2,784,348
4 2378164 PIURA PIURA
VEINTISEIS DE
OCTUBRE
CREACION DEL SERVICIO
DE ESPARCIMIENTO PASIVO
EN EL PARQUE UBICADO
EN EL SECTOR 11, ENTRE
LAS MANZANAS A,C,D Y E
DE LA UPIS LUIS ANTONIO
PAREDES MACEDA, DISTRITO
DE VEINTISEIS DE OCTUBRE-
PIURA-PIURA
MUNICIPALIDAD
DISTRITAL
VEINTISEIS DE
OCTUBRE
578,308
5 2290836 PUNO LAMPA VILAVILA
MEJORAMIENTO
DEL SERVICIO DE
TRANSITABILIDAD DE PISTAS
Y VEREDAS EN LA LOCALIDAD
DE VILAVILA, DISTRITO DE
VILAVILA-LAMPA-PUNO
MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE
VILA VILA
1,061,540
5 PROYECTOS 5,694,955
ANEXO 2

CODIGO
UNIFICADO
REGION PROVINCIA DISTRITO PROYECTO UNIDAD EJECUTORA
COSTO INVERSION
S/ 1 2286435 PUNO SANDIA SANDIA
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO
DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR
Y PEATONAL EN LOS JIRONES
ECHENIQUE, PLAYA, SAN JUAN DEL
ORO, LIMA, INDEPENDENCIA, 28 DE
JULIO, JULIACA, RAYMONDI, TACNA
Y VIAS CONEXAS DE LA CIUDAD
DE SANDIA, DISTRITO DE SANDIA,
PROVINCIA DE SA
{E}MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SANDIA
1,918,422
2 2375196 PUNO SANDIA SANDIA
CREACION DEL SERVICIO DE
RECREACIÓN EN EL PARQUE
DEL NIÑO DE LA LOCALIDAD
DE SANDIA DEL DISTRITO DE
SANDIA-PROVINCIA DE SANDIA-
DEPARTAMENTO DE PUNO
{E}MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SANDIA
609,850
3 2441855 LIMA LIMA LA VICTORIA
MEJORAMIENTO Y
AMPLIACION DEL SERVICIO DE
TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y
PEATONAL EN LA AV. PALERMO,
URB. BALCONCILLO DEL DISTRITO
DE LA VICTORIA-PROVINCIA DE
LIMA-DEPARTAMENTO DE LIMA
{E}MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA VICTORIA
3,355,136
3 PROYECTOS 5,883,408

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 244-2019-VIVIENDA Autorizan al Programa Mejoramiento Integral de Barrios a realizar intervenciones especiales así como el financiamiento de diversos proyectos de inversión pública
  • Tipo de norma : RESOLUCION MINISTERIAL
  • Numero : 244-2019-VIVIENDA
  • Emitida por : Vivienda Construccion y Saneamiento - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-07-21
  • Fecha de aplicacion : 2019-07-22

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