7/10/2019

Veinte (20) Fichas Homologación Requisitos RM 228-2019-VIVIENDA Vivienda Construccion y Saneamiento

Poder Ejecutivo, Vivienda Construccion y Saneamiento Aprueban veinte (20) Fichas de Homologación de los requisitos de calificación de "Perfiles profesionales de proyectos de Saneamiento para el ámbito urbano" RM 228-2019-VIVIENDA Lima, 9 de julio de 2019 VISTOS; los Oficios Nºs. 163 y 176-2019/VIVIENDA/ VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento - DGPRCS, los Memoranda Nºs. 656 y 703-2019/VIVIENDA/VMCS/ PNSU/1.0
Poder Ejecutivo, Vivienda Construccion y Saneamiento
Aprueban veinte (20) Fichas de Homologación de los requisitos de calificación de "Perfiles profesionales de proyectos de Saneamiento para el ámbito urbano"
RM 228-2019-VIVIENDA
Lima, 9 de julio de 2019
VISTOS; los Oficios Nºs. 163 y 176-2019/VIVIENDA/ VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento - DGPRCS, los Memoranda Nºs. 656 y 703-2019/VIVIENDA/VMCS/ PNSU/1.0 del Programa Nacional de Saneamiento Urbano - PNSU; el Informe Nº 193-2019-VIVIENDA/ VMCS-DGPRCS-DS de la DGPRCS; el Informe Nº 563-2019-VIVIENDA/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica - OGAJ; y,

CONSIDERANDO:



Que, conforme a los artículos 5 y 6 de la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS, concordante con el Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, el MVCS
es el Ente rector en materia de saneamiento, y como tal le corresponde, entre otros, aprobar la normativa reglamentaria sectorial;

Que, acuerdo con el párrafo 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF

(en adelante el TUO de la Ley), establece que los Ministerios están facultados para uniformizar los requerimientos en el ámbito de sus competencias a través de un proceso de homologación;
debiendo elaborar y actualizar su Plan de Homologación de Requerimientos conforme a las disposiciones establecidas por Perú Compras. Una vez aprobadas las Fichas de Homologación deben ser utilizadas por las Entidades comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley, inclusive para aquellas contrataciones que no se encuentran bajo su ámbito o que se sujeten a otro régimen legal de contratación;

Que, el párrafo 30.1 del artículo 30 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 344-2018-EF (en adelante el Reglamento), prescribe que mediante la homologación, los Ministerios establecen las características técnicas y/o requisitos de calificación y/o condiciones de ejecución, conforme a las disposiciones establecidas por Perú Compras, es decir, en base a Directiva Nº 004-2016-PERU COMPRAS, modificada por la Resolución Jefatural Nº 087-2017-PERU COMPRAS que cambia su denominación a "Procedimiento de Homologación de Requerimientos" (en adelante la Directiva);


Que, el párrafo 31.1 del artículo 31 del Reglamento, establece que la aprobación, la modificación y la exclusión de la ficha de homologación se efectúa mediante resolución del Titular de la Entidad que realiza la homologación, conforme al procedimiento y plazos que establezca Perú Compras. Dichos actos cuentan con la opinión favorable de Perú Compras y se publican en el Diario Oficial "El Peruano". La facultad del Titular a que se refiere este numeral es indelegable;

Que, la Directiva establece en el párrafo 8.4.1 del numeral 8.4, lo siguiente: "...El proyecto de ficha de homologación es un documento elaborado por la Entidad, mediante el cual se uniformiza los requerimientos a través de la determinación de sus características técnicas. La Ficha de Homologación, de ser el caso, también podrá uniformizar los requisitos de calificación en general...";
asimismo, el párrafo 8.9.1 del numeral 8.9 establece que: "...Contando con la opinión favorable de la Dirección de Subasta Inversa de Perú Compras, la Ficha de Homologación será aprobada mediante resolución del Titular de la Entidad solicitante, la cual deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano...";

Que, mediante los Oficios Nos. 163 y 176-2019/ VIVIENDA/VMCS-DGPRCS de fechas 16 y 28 de mayo de 2019, respectivamente; la DGPRCS remite los Memoranda Nos. 656 y 703-2019/VIVIENDA/VMCS/ PNSU/1.0 del PNSU mediante los cuales adjunta el Informe Técnico e Informe Complementario con las opiniones que sustentan la aprobación de veinte (20)
Fichas de Homologación de requisitos de calificación de "Perfiles profesionales de proyectos de saneamiento para el ámbito urbano", a fin de solicitar la opinión favorable de Perú Compras;

Que, con el Oficio Nº 000137-2019-PERU COMPRAS-PERU COMPRAS de fecha 18 de junio de 2019, Perú Compras comunica a la DGPRCS que el Expediente de Solicitud de Opinión presentado por el MVCS -para obtener la opinión favorable de Perú Compras-, se ajusta a los lineamientos y requisitos previstos en la Directiva;
por lo que, se debe iniciar el procedimiento establecido en ésta para su aprobación;

Que, mediante el Informe Nº 193-2019-VIVIENDA/ VMCS-DGPRCS-DS de fecha 01 de julio de 2019, la Dirección de Saneamiento de la DGPRCS, señala que la aprobación de la homologación de perfiles de profesionales, permitirá reducir considerablemente las observaciones referidas al personal clave tanto en formación académica y experiencia profesional; y que, asimismo, con la homologación se logra que los equipos claves sean conformados por profesionales cuyo perfil profesional tenga la formación académica autorizada por el ente rector y que la experiencia garantice la calidad en el diseño hasta la ejecución de los proyectos de saneamiento en el ámbito urbano, con ello se busca eliminar la posibilidad de que sean seleccionados diversos profesionales que no poseen los conocimientos básicos de diseño de proyectos de saneamiento y por lo tanto su experiencia en su etapa profesional no sería la adecuada;

Que, contando con la opinión favorable de Perú Compras, resulta necesario aprobar las veinte (20) Fichas
de Homologación de los requisitos de calificación de "Perfiles profesionales de proyectos de Saneamiento para el ámbito urbano", a través de un acto resolutivo del Titular de la Entidad, la misma que deberá ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano";

Que, el numeral 8.9.6 de la Directiva Nº 004-2016-PERU COMPRAS que regula el "Proceso de Homologación de Requerimientos" establece que la Entidad, bajo responsabilidad del Titular, deberá remitir a Perú Compras, en un plazo no menor de dos (2)
días hábiles de contados desde el día siguiente de su aprobación, las Fichas de Homologación aprobadas, a efectos de gestionar su incorporación en la Relación de Fichas de Homologación publicada en el portal de dicha Entidad;

Que, mediante el Informe Nº 563-2019-VIVIENDA/ OGAJ de fecha 08 de julio de 2019, la OGAJ concluye que resulta legalmente viable emitir el acto resolutivo que apruebe las veinte (20) Fichas de Homologación de requisitos de calificación de "Perfiles profesionales de proyectos de saneamiento para el ámbito urbano";

Que, de conformidad con la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA, la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento, aprobado por el aprobado mediante Decreto Supremo Nº 344-2018-EF;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Aprobar, veinte (20) Fichas de Homologación de los requisitos de calificación de "Perfiles profesionales de proyectos de Saneamiento para el ámbito urbano", las mismas que, en Anexo, forman parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer que la Secretaria General remita a Perú Compras dentro del plazo no menor a dos (2) días hábiles de emitida la presente Resolución, las veinte (20)
Fichas de Homologación de los requisitos de calificación de "Perfiles profesionales de proyectos de Saneamiento para el ámbito urbano", aprobadas en el Artículo 1 de la presente Resolución.

Artículo 3.- Publíquese la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MIGUEL ESTRADA MENDOZA
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 228-2019-VIVIENDA Aprueban veinte (20) Fichas de Homologación de los requisitos de calificación de "Perfiles profesionales de proyectos de Saneamiento para el ámbito urbano"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 228-2019-VIVIENDA
  • Emitida por : Vivienda Construccion y Saneamiento - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-07-10
  • Fecha de aplicacion : 2019-07-11

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