8/07/2019

Rectifican Oficio Error Material Incurrido Res RGRT SUNASS

Organismos Reguladores, Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento Rectifican de oficio el error material incurrido en la Res. Nº 013-2019-SUNASS-GRT RGRT 014-2019-SUNASS-GRT EXP.: 010-2019-SUNASS-GRT-FT Lima, 5 de agosto de 2019 VISTO: La Resolución de Gerencia de Regulación Tarifaria Nº 012-2019-SUNASS-GRT. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el numeral 212.1 del artículo 212 del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo
Organismos Reguladores, Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento
Rectifican de oficio el error material incurrido en la Res. Nº 013-2019-SUNASS-GRT
RGRT 014-2019-SUNASS-GRT
EXP.: 010-2019-SUNASS-GRT-FT
Lima, 5 de agosto de 2019
VISTO:

La Resolución de Gerencia de Regulación Tarifaria Nº 012-2019-SUNASS-GRT.

CONSIDERANDO:



Que, de acuerdo con el numeral 212.1 del artículo 212 del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444
1
, los errores materiales o aritméticos de los actos administrativos pueden ser rectificados de oficio con efecto retroactivo en cualquier momento, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión.

Que, mediante Resolución de Gerencia de Regulación Tarifaria Nº 012-2019-SUNASS-GRT
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se inició el procedimiento de aprobación de oficio de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y la determinación de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que serán aplicables para el siguiente periodo regulatorio de EMAPA PASCO S.A.

Que, se ha advertido que por error dicha resolución tiene el número 012-2019-SUNASS-GRT cuando el que le corresponde es el 013-2019-SUNASS-GRT.


1
Aprobada mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS.

2
Publicada el 20 de julio de en el diario oficial El Peruano.

Que, en mérito a lo anteriormente indicado, es necesario rectificar con efecto retroactivo el referido error, lo cual no implica en modo alguno alterar lo sustancial del contenido de la resolución ni su sentido.

De conformidad con el numeral 212.1 del artículo 212 del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444;

SE RESUELVE:



Artículo 1º.- RECTIFICAR de oficio el error material señalado en la parte considerativa de la presente resolución en los siguientes términos:

DICE:
{N}RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE REGULACIÓN TARIFARIA Nº 012-2019-SUNASS-GRT
DEBE DECIR:
{N}RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE REGULACIÓN TARIFARIA Nº 013-2019-SUNASS-GRT

Artículo 2º.- NOTIFICAR a EMAPA PASCO S.A. la presente resolución.

Artículo 3º.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS (www.sunass.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MIGUEL LAYSECA GARCÍA
Gerente Adjunto de Regulación Tarifaria

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RGRT 014-2019-SUNASS-GRT Rectifican de oficio el error material incurrido en la Res. Nº 013-2019-SUNASS-GRT
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE REGULACIÓN TARIFARIA
  • Numero : 014-2019-SUNASS-GRT
  • Emitida por : Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - Organismos Reguladores
  • Fecha de emision : 2019-08-07
  • Fecha de aplicacion : 2019-08-08

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