11/29/2019

Directiva General Regula Trámite RJ 282-2019-INIA Agricultura y Riego

Poder Ejecutivo, Agricultura y Riego Aprueban Directiva General "Directiva que regula el trámite para la evaluación de las solicitudes de licencias para la investigación agraria en cannabis y sus derivados para uso medicinal y terapéutico, para las universidades e instituciones de investigación agraria" INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACIÓN AGRARIA RJ 282-2019-INIA Lima, 27 de noviembre de 2019 VISTO: El Oficio Nº 258-2019-MINAGRI-INIA-DGIA/ SDRIA de la Dirección de Gestión
Poder Ejecutivo, Agricultura y Riego
Aprueban Directiva General "Directiva que regula el trámite para la evaluación de las solicitudes de licencias para la investigación agraria en cannabis y sus derivados para uso medicinal y terapéutico, para las universidades e instituciones de investigación agraria" INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACIÓN AGRARIA
RJ 282-2019-INIA
Lima, 27 de noviembre de 2019
VISTO: El Oficio Nº 258-2019-MINAGRI-INIA-DGIA/ SDRIA de la Dirección de Gestión de la Innovación Agraria;

Memorando Nº 521-2019-MINAGRI-INIA-DGIA/D de la Dirección de Gestión de la Innovación Agraria; el Informe legal Nº 123-2019-MINAGRI-INIA-GG/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; el Memorando Nº 636-2019-MINAGRI-INIA-DGIA/SDRIA de la Dirección de Gestión de la
Innovación Agraria; el Memorando Nº 745-2019-MINAGRI-INIA-GG/OPP-UPR de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando Nº 706-2019-MINAGRI-INIA-DGIA/SDRIA de la Dirección de Gestión de la Innovación Agraria; el Informe Nº 101-2019-MINAGRI-INIA-GG-OPP/UPR-D de la Unidad de Planeamiento y Racionalización de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; Memorando Nº 855-2019-MINAGRI-INIA-GG/OPP-UPR de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando Nº 544-2019-MINAGRI-INIA-GG/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; el Informe Técnico Nº 033-2019-MINAGRI-INIA-DGIA/SDRIA de la Subdirección de Regulación de la Innovación Agraria de la Dirección de Gestión de la Innovación Agraria; el Memorando Nº 907-2019-MINAGRI-INIA-DGIA/SDRIA de la Dirección de Gestión de la Innovación Agraria; el Memorando Nº 2100-2019-MINAGRI-INIA-DDTA-SDIEE/ DG de la Dirección de Desarrollo Tecnológico Agrario; el Informe Legal Nº 323-2019-MINAGRI-INIA-GG/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica;


CONSIDERANDO:



Que, el artículo 2 de la Ley Nº 30681, Ley que regula el uso medicinal y terapéutico del Cannabis y sus derivados, establece que la referida ley regula el uso informado, la investigación, la producción, la importación y la comercialización del cannabis y sus derivados destinados exclusivamente para fines medicinales y terapéuticos. Asimismo, el artículo 3 de la referida Ley autoriza el uso informado, la investigación, la importación y la comercialización del cannabis y sus derivados para los fines señalados, de acuerdo a las disposiciones contenidas en dicha norma;


Que, el artículo 5 de la Ley Nº 30681, establece que el Poder Ejecutivo otorga la licencia para realizar investigación científica del cannabis y sus derivados, para las universidades e instituciones de investigación agraria, precisando que el Reglamento establece los requisitos para el otorgamiento de la referida licencia;

Que, el numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1060, Decreto Legislativo que regula el Sistema Nacional de Innovación Agraria, establece que el Instituto Nacional de Investigación Agraria - INIA, como Autoridad Nacional en Innovación Tecnológica Agraria, es el ente rector del Sistema Nacional de Innovación Agraria (SNIA). Asimismo, el numeral 4.2 de la referida norma legal prescribe que el INIA como ente rector del SNIA constituye su autoridad técnico-normativa a nivel nacional, dicta la normas y establece los procedimientos relacionados con su ámbito;

Que, en el numeral 4.2 del artículo 4 del Reglamento de la Ley Nº 30681, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2019-SA, se establece que el Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI, a través del INIA, es la autoridad competente para otorgar la licencia científica de investigación agraria en cannabis y sus derivados para uso medicinal y terapéutico;

Que, el artículo 5 del referido Reglamento establece que la licencia es el documento oficial que la autoridad competente otorga a los administrados, a través de un procedimiento de evaluación previa, que les autoriza para realizar, entre otras, las actividades de investigación en cannabis y sus derivados destinados para uso medicinal y terapéutico;

Que, el artículo 46 del Reglamento de Organización y Funciones del INIA (ROF), aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-MINAGRI, modificado por el Decreto Supremo Nº 004-2018-MINAGRI, establece que la Dirección de Gestión de la Innovación Agraria (DGIA)
es el órgano de línea a través del cual el INIA, ejerce la función rectora, de autoridad administrativa y de registros en las materias de su competencia; define normativas, protocolos y metodologías relacionados con los procesos técnicos del Sistema Nacional de Innovación Agraria, así como ejerce su potestad sancionadora. Asimismo, el literal w) del artículo 47 del ROF prescribe, entre otras, que dicho órgano de línea tiene por función emitir opinión técnica en los temas de su competencia;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0545-2014-MINAGRI del 25 de setiembre de 2014, el MINAGRI aprueba la Directiva Sectorial Nº 003-2014-MINAGRI-DM "Normas para la Formulación, Aprobación y Actualización de Directivas", la misma que tiene por objetivo normar el contenido y procedimiento para la formulación, aprobación y actualización de directivas que expidan los órganos, programas y proyectos especiales del MINAGRI y sus organismos públicos adscritos;

Que, la DGIA, a través del Oficio Nº 258-2019-MINAGRI-INIA-DGIA/SDRIA del 20 de mayo de 2019, presentó a la Jefatura del INIA el proyecto de directiva que regula al interior del Instituto el trámite para la emisión de licencias para la investigación agraria en cannabis y derivados para uso medicinal y terapéutico, en adelante, la DIRECTIVA. Asimismo, a través del Informe Técnico Nº 033-2019-MINAGRI-INIA-DGIA/SDRIA dicho órgano de línea remitió el sustento de la DIRECTIVA, de su necesidad, de la importancia y de las mejoras que se lograría de contar con dicho instrumento, cumpliendo con lo dispuesto en la primera parte de del numeral 5.3.3 de la Directiva Sectorial Nº 003-2014-MINAGRI-DM;

Que, la DGIA opina que la implementación de la DIRECTIVA, permitirá que de la ejecución de los proyectos de investigación en cannabis y sus derivados para uso medicinal y terapéutico, se obtenga conocimiento y evidencia científica para una mejor utilización del material genético del cannabis con fines medicinales y terapéuticos;

Que, la Dirección de Desarrollo Tecnológico Agrario (DDTA) es el órgano de línea del INIA que tiene por función específica la generación del conocimiento, la investigación, la transferencia tecnológica, la asistencia técnica y los servicios tecnológicos agrarios, conforme se establece en el artículo 58 del ROF. Asimismo, conduce la ejecución de los proyectos y actividades de innovación tecnológica agraria;

Que, se desprende del literal a) del artículo 9 del Reglamento de la Ley Nº 30681, que el órgano competente del INIA emite la resolución directoral que autoriza la realización del proyecto de investigación, documento que es requerido - entre otros -para la obtención de la licencia de investigación agraria del cannabis y sus derivados destinados exclusivamente para fines medicinales y terapéuticos. En ese sentido, en atención las funciones señaladas en el considerando precedente, corresponde a la DDTA emitir la resolución directoral que autorice la realización del referido proyecto de investigación, previo a la emisión de la licencia de investigación;

Que, en ese contexto, la DDTA mediante el Informe Técnico Nº 004-2019-MINAGRI-INIA-DDTA-SDIEE-AEE del 12 de noviembre de 2019, opina favorablemente por la viabilidad de la DIRECTIVA propuesta por la DGIA;

Que, considerando las funciones de la DGIA, señaladas en el sexto considerando de la presente Resolución, dicho órgano de línea es responsable de emitir la licencia de investigación agraria de cannabis y sus derivados destinados exclusivamente para fines medicinales y terapéuticos, a través de una Resolución Directoral;

Que, la Unidad de Planeamiento y Racionalización (UPR) de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) a través del Informe Nº 101-2019-MINAGRI-INIA-GG-OPP/UPR-D del 12 de setiembre de 2019, señala que la DIRECTIVA cumple con la estructura adecuada, por lo que opinó favorablemente por su viabilidad;
cumpliendo así con lo dispuesto en los numerales 5.3.2 (sobre estructura y contenido de las directivas) y 5.3.3 (opinión favorable de la OPP) de la Directiva Sectorial Nº 003-2014-MINAGRI-DM;

Que, mediante Informe Legal Nº 323-2019-MINAGRI-INIA-GG/OAJ del 15 de noviembre de 2019, la Oficina de Asesoría Jurídica (OAJ) opina que las disposiciones de la DIRECTIVA, se encuentran conforme a la Ley Nº 30681, Ley que regula el uso medicinal y terapéutico del Cannabis y sus derivados, su Reglamento y demás normativa legal aplicable, precisando que dicha propuesta no puede sustituir la gestión para la inclusión en el Texto Único de Procedimientos Administrativo del INIA, del procedimiento administrativo para otorgar la licencia de investigación científica agraria en cannabis y sus derivados destinados exclusivamente para fines medicinales y terapéuticos,
conforme lo dispone el numeral 40.3 del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS;

Que, asimismo, dicho órgano de asesoramiento señala que la DIRECTIVA debe constituir el instrumento de gestión que establece disposiciones y/o lineamientos internos dirigidos a los órganos del INIA, que regula las actividades que desarrollarán en el trámite de evaluación para el otorgamiento de la licencia científica de investigación agraria en cannabis y sus derivados para su uso medicinal y terapéutico;

Que, de conformidad al numeral 5.5.2 de la Directiva Sectorial Nº 003-2014-MINAGRI-DM, las directivas generales en los organismos públicos adscritos al MINAGRI, se aprueban por Resolución del Jefe o Director Ejecutivo. En atención a dicho dispositivo legal y considerando la estructura orgánica del INIA y la naturaleza técnica de la DIRECTIVA relacionada a las funciones sustantivas de la institución, corresponde que se apruebe a través del titular de la Institución;

Con las visaciones de la Gerencia General, la Dirección de Gestión de la Innovación Agraria, la Dirección de Desarrollo Tecnológico Agrario, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con la Ley Nº 30681, Ley que regula el uso medicinal y terapéutico del Cannabis y sus derivados;
el Decreto Legislativo Nº 1060, que regula el Sistema Nacional de Innovación Agraria; el Decreto Supremo Nº 005-2019-SA, Reglamento de la Ley Nº 30681; el Decreto Supremo Nº 010-2014-MINAGRI, modificado por el Decreto Supremo Nº 004-2018-MINAGRI, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Innovación Agraria; la Resolución Ministerial Nº 0545-2014-MINAGRI, que aprueba la Directiva Sectorial Nº 003-2014-MINAGRI-DM;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Aprobar la Directiva General Nº 001-2019-MINAGRI-INIA-DGIA "Directiva que regula el trámite para la evaluación de las solicitudes de licencias para la investigación agraria en cannabis y sus derivados para uso medicinal y terapéutico, para las universidades e instituciones de investigación agraria", así como sus anexos y fl ujograma, que forman parte integrante de la mencionada directiva.

Artículo 2.- Disponer que la Dirección de Gestión de la Innovación Agraria y la Dirección de Desarrollo Tecnológico Agrario del Instituto Nacional de Innovación Agraria, cumplan con la implementación de lo dispuesto en la presente Resolución y en la directiva general que se aprueba, para cuyos efectos debe notificarse a dichos órganos con una copia de la presente Resolución Jefatural.

Artículo 3.- Disponer que la Dirección de Gestión de la Innovación Agraria gestione con la Unidad de Trámite Documentario y las Estaciones Experimentales Agrarias del Instituto Nacional de Innovación Agraria, la implementación de las actividades que les corresponde, en el marco de la directiva general que se aprueba a través de la presente Resolución Jefatural.

Artículo 4.- Disponer que la Unidad de Trámite Documentario del Instituto Nacional de Innovación Agraria notifique al Ministerio de Agricultura y Riego, al Ministerio del Interior, a la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud y al Servicio Nacional de Sanidad Agraria, la aprobación de la directiva general descrita en el artículo 1 de la presente Resolución Jefatural, remitiendo una copia de la misma para conocimiento y fines pertinentes.

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Portal Institucional del Instituto Nacional de Innovación Agraria (www.inia.gob.pe) y en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE LUIS MAICELO QUINTANA
Jefe

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RJ 282-2019-INIA Aprueban Directiva General "Directiva que regula el trámite para la evaluación de las solicitudes de licencias para la investigación agraria en cannabis y sus derivados para uso medicinal y terapéutico, para las universidades e instituciones de investigación agraria" INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACIÓN AGRARIA
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
  • Numero : 282-2019-INIA
  • Emitida por : Agricultura y Riego - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-11-29
  • Fecha de aplicacion : 2019-11-30

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