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RM 496-2019-PRODUCE
Lima, 14 de noviembre de 2019
VISTOS: El Oficio Nº 683-2019-PRODUCE/ INNÓVATE PERU.CE de la Coordinadora Ejecutiva del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad; el Memorando Nº 1133-2019-PRODUCE/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Nº 356-2019-PRODUCE/OGPPM-OP de la Oficina de Presupuesto; y el Informe Nº 942-2019-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:



Que, en el marco de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, mediante Resolución Ministerial Nº 567-2018-PRODUCE, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal del Pliego 038:


Ministerio de la Producción;

Que, la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, crea el Fondo Marco para la Innovación, Ciencia y Tecnología (FOMITEC), el mismo que se encuentra a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas, autorizándose a dicho Ministerio a conformar un Grupo de Trabajo con el Ministerio de la Producción y el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, para el diseño e implementación de instrumentos económicos y financieros que busquen incentivar el desarrollo de la ciencia, tecnología e innovación para la competitividad, a través del emprendimiento tecnológico; asimismo, dispone que los recursos del mencionado Fondo se incorporan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios;


Que, mediante Decreto Supremo Nº 071-2013-EF, se aprueban las Normas de Implementación y Funcionamiento del Fondo Marco para la Innovación, Ciencia y Tecnología, estableciéndose en sus artículos 4 y 7 que el citado Grupo de Trabajo contará con una Secretaría Técnica encargada, entre otros, de recibir los instrumentos económicos y financieros para la evaluación del Grupo de Trabajo, y gestionar la asignación de recursos sobre la base de los acuerdos aprobados;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2014-PRODUCE, se creó el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, en el ámbito del Ministerio de la Producción, y se señala, entre otros, que tiene como objetivo general impulsar y consolidar la innovación para incrementar la competitividad y productividad de las empresas, sectores y economía en su conjunto; así como, establece la fusión por absorción a la Unidad Ejecutora 012 de la Presidencia del Consejo de Ministros con el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Ministerio de la Producción, correspondiéndole a la primera la calidad de absorbida;

Que, con fecha 12 de febrero de 2016, se suscribe el Convenio de Gestión para la implementación del Instrumento Emprendimientos Dinámicos y de Alto Impacto entre el Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio de la Producción, y con fecha 24 de octubre de 2016, se suscribe el Convenio de Gestión para la Implementación del Instrumento Fomento de Capital de Riesgo de Emprendimientos Dinámicos y de Alto Impacto entre el Ministerio de la Producción y el Grupo de Trabajo del Fondo Marco para la Innovación, Ciencia y Tecnología (FOMITEC);

Que, mediante Decreto Supremo Nº 142-2019-EF, se autoriza vía Crédito Suplementario la incorporación de recursos provenientes del FOMITEC en el Presupuesto para el Año Fiscal del Pliego 038: Ministerio de la Producción, hasta por la suma de S/ 14 912 154,00, (CATORCE MILLONES NOVECIENTOS DOCE MIL
CIENTO CINCUENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES)
destinados a financiar sesenta (60) proyectos nuevos de Emprendedores Innovadores, veinte (20) proyectos nuevos de Emprendimiento Dinámico y de Alto Impacto, cuatro (04) proyectos nuevos de Fortalecimiento de Incubadoras, una (01) capacitación a gerentes de incubadoras o entidades afines, una (01) capacitación de inversionistas Ángeles, una (01) implementación de capital de riesgo, los desembolsos a proyectos de emprendimientos y capital de riesgos de emprendimientos dinámicos y de alto impacto que se encuentran en ejecución; así como, los gastos operativos vinculados a los proyectos cofinanciados por el FOMITEC. La desagregación de dichos recursos fue aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 187-2019-PRODUCE;

Que, la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza durante el Año Fiscal 2019, al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, entre otros, a efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales; y a otorgar subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de los procedimientos del citado Programa Nacional y de las normas que regulan los fondos que este administra, con cargo a su presupuesto, con la finalidad de contribuir al desarrollo productivo y del emprendimiento y del sistema de innovación;

Que, asimismo, la Disposición citada en el considerando precedente, establece que las transferencias financieras y las subvenciones mencionadas a las que se refiere dicha disposición se aprueban mediante resolución del Titular del pliego Ministerio de la Producción, la cual se publica en el diario oficial El Peruano, previa suscripción de convenio o contrato de recursos no reembolsables, según corresponda, y requiriéndose el informe favorable previo de su oficina de presupuesto o la que haga sus veces;

Que, el numeral 20.1 del artículo 20 de la Directiva Nº 001-2019-EF/50.01, "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral Nº 003-2019-EF/50.01 y modificatoria establece que, el Pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencias financieras en el marco de las disposiciones legales vigentes, deberá efectuar su registro en la partida del gasto 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes, por corresponder a ejecución de gastos corriente;

Que, el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, mediante Oficio Nº 683-2019-PRODUCE/INNÓVATE PERU.CE, remite el Informe Nº 104-2019-PRODUCE/INNÓVATEPERU-UPEG, de su Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión, el cual sustenta la necesidad de autorizar una transferencia financiera a favor de la Universidad Nacional de Ingeniería - UNI, entidad pública vinculada al Sector Educación, hasta por la suma de S/ 315 000,00 (TRESCIENTOS QUINCE MIL Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, destinada a cofinanciar el desembolso a un (01) Proyecto de Fortalecimiento de Incubadoras de Negocios y Entidades Afines - IAN, en el marco del FOMITEC, con cargo a los recursos incorporados mediante Decreto Supremo Nº 142-2019-EF y lo dispuesto por la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, señalando además que se cuenta con los recursos
presupuestales necesarios para efectuar la mencionada transferencia financiera, la cual se encuentra acreditada a través de la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 002551;

Que, mediante Memorando Nº 1133-2019-PRODUCE/ OGPPM, el Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, hace suyo el Informe Nº 356-2019-PRODUCE/OGPPM-OP de la Oficina de Presupuesto, a través del cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza una transferencia financiera a favor de la Universidad Nacional de Ingeniería - UNI, hasta por la suma de S/ 315 000,00 (TRESCIENTOS QUINCE MIL Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, Categoría Presupuestal 9002. Asignaciones Presupuestales que no resultan en productos, Actividad 5000444. Apoyo a la Investigación y Desarrollo para la Competitividad, Partida de Gasto 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes, destinadas a efectuar el desembolso referido;

Que, en consecuencia, en atención a las consideraciones expuestas, resulta necesario emitir la Resolución Ministerial que autoriza la Transferencia Financiera señalada en el considerando precedente, en el marco del fondo FOMITEC; y de lo establecido en la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019;

De conformidad con lo dispuesto en la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la Directiva Nº 001-2019-EF/50.01, "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada mediante Resolución Directoral Nº 003-2019-EF/50.01 y modificatoria, el Decreto Legislativo Nº 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, y su modificatoria;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Transferencia Financiera Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004:

Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a favor de la Universidad Nacional de Ingeniería - UNI, entidad pública vinculada al Sector Educación, señalada en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, hasta por la suma de S/ 315 000,00 (TRESCIENTOS QUINCE MIL Y
00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, que permitirá el desembolso destinado a cofinanciar un (01) Proyecto de Fortalecimiento de Incubadoras de Negocios y Entidades Afines - IAN, en el marco del Fondo Marco para la Innovación, Ciencia y Tecnología - FOMITEC; y de lo establecido en la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019.

Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto institucional aprobado en el Año Fiscal del Pliego 038:

Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Actividad 5000444.

Apoyo a la Investigación y Desarrollo para la Competitividad, Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, Específica de Gasto 2.4.1.3.1.1 A
Otras Unidades del Gobierno Nacional, fuentes de financiamiento Recursos Ordinarios.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Monitoreo, Seguimiento y Cumplimiento La Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038: Ministerio de la Producción, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para lo cual se realiza la referida transferencia financiera, en el marco de lo dispuesto por la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019.

Artículo 5.- Acciones Administrativas La Oficina General de Administración o la que haga sus veces en la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038: Ministerio de la Producción, deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial.

Artículo 6.- Notificación Notificar la presente Resolución Ministerial a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, así como a la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, para conocimiento y fines pertinentes.

Artículo 7.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo, en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob. pe/produce), el mismo día su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROCIO BARRIOS ALVARADO
Ministra de la Producción

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 496-2019-PRODUCE www.elperuano.pe Suscríbet e al Diario Oficial T eléfonos: (01) 315-0400 anexo 2207 Directo: (01) 433-4773 Email: suscripciones@editoraperu.com.pe www.segraf.com.pe Editora Perú AV. Alfonso Ugarte Nº 873 - Cercado de Lima www.editoraperu.com.pe www.andina.pe La más completa información con un solo clic T eléfonos: (01) 315-0400 anexo 2175 Email: ventapublicidad@editoraperu.com.pe T eléfono: 315-0400, anexo 2183 Email: ventasegraf@editoraperu.com.pe Libros Revistas Memorias Brochures Folletos, Dípticos Trípticos, Volantes Formatos especiales entre otros... Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Universidad Nacional de Ingeniería -
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 496-2019-PRODUCE
  • Emitida por : Produce - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-11-18
  • Fecha de aplicacion : 2019-11-19

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