3/11/2020

Transferencia Partidas Presupuesto Sector Público DS 044-2020-EF Economia y Finanzas

Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor de Pliegos del Gobierno Nacional, de Gobiernos Regionales y de Gobiernos Locales DS 044-2020-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la
Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor de Pliegos del Gobierno Nacional, de Gobiernos Regionales y de Gobiernos Locales
DS 044-2020-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:



Que, mediante la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, se declara prioritaria, de interés nacional y necesidad pública la implementación de un Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, con enfoque de gestión del riesgo de desastres, para la reconstrucción y construcción de la infraestructura pública y viviendas afectadas por desastres naturales con un nivel de emergencia 4 y 5, así como para la implementación de soluciones integrales de prevención;

Que, a través del Decreto Supremo Nº 091-2017-PCM
se aprueba el Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, al que se refiere la Ley Nº 30556;

Que, el literal c) del numeral 49.1 del artículo 49 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, dispone la asignación hasta por la suma de S/ 2 365 666 163,00 (DOS MIL TRESCIENTOS

SESENTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS
SESENTA Y SEIS MIL CIENTO SESENTA Y TRES Y
00/100 SOLES), de los cuales corresponde hasta por la suma de S/ 157 200 000,00 (CIENTO CINCUENTA Y
SIETE MILLONES DOSCIENTOS MIL Y 00/100 SOLES)
por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios y hasta por la suma de S/ 2 208 466 163,00 (DOS MIL
DOSCIENTOS OCHO MILLONES CUATROCIENTOS
SESENTA Y SEIS MIL CIENTO SESENTA Y TRES Y
00/100 SOLES) por la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, en el pliego Presidencia del Consejo de Ministros - Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios - RCC, para el financiamiento de las intervenciones incluidas en el Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios, lo que comprende, de ser necesario, el financiamiento de los fines del "Fondo para la continuidad de la Reconstrucción con Cambios", al que se refiere el numeral 49.6 del artículo 49 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, y de los gastos para el funcionamiento de dicha unidad ejecutora;


Que, el numeral 49.2 del artículo 49 del referido Decreto de Urgencia, establece que los recursos a los que se refiere el literal c) del numeral 49.1, así como los que fueran habilitados a favor del pliego Presidencia del Consejo de Ministros - Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios - RCC, se transfieren a través de modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, las que se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Economía y Finanzas, a solicitud de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios;

Que, la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, mediante los Oficios Nºs. 178 y 00194-2020-ARCC/DE, solicita una Transferencia de Partidas a favor de dos (02) pliegos del Gobierno Nacional, de dos (02) Gobiernos Regionales y de cincuenta y tres (53)
Gobiernos Locales, para financiar noventa y cuatro (94)
intervenciones del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, las cuales corresponden a noventa (90) Intervenciones de Reconstrucción mediante Inversiones (IRI), un (01) proyecto de inversión y tres (03) intervenciones para la elaboración de expedientes técnicos;

Que, el numeral 8-A.1 del artículo 8-A de la Ley Nº 30556, señala que las inversiones que se denominan IRI no constituyen proyectos de inversión y no les resulta aplicable la fase de Programación Multianual, ni requieren declaración de viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobándose con el solo registro del "Formato Único de Reconstrucción" en el Banco de Inversiones;

Que, de acuerdo al numeral 8-A.5 del artículo antes indicado, para los requerimientos de financiamiento de las IRI, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas emite opinión técnica respecto únicamente al monto actualizado de la inversión y al estado de aprobado de la IRI, según la información registrada en el Banco de Inversiones;
contando con dicha opinión técnica conforme a los Memorandos Nºs. 063 y 067-2020-EF/63.04. Asimismo, la citada Dirección General remite el estado situacional del proyecto de inversión;

Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 169 919 056,00 (CIENTO SESENTA Y
NUEVE MILLONES NOVECIENTOS DIECINUEVE
MIL CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), del pliego Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios - RCC a favor de dos (02) pliegos del Gobierno Nacional, de dos (02) Gobiernos Regionales y de cincuenta y tres (53)
Gobiernos Locales, para financiar noventa y cuatro (94)
intervenciones del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, con cargo a los recursos del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), en las fuentes de financiamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, de acuerdo a lo señalado en los considerandos precedentes;

De conformidad con lo establecido en el literal c) del numeral 49.1, el numeral 49.2 del artículo 49 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
COMUNICADO A NUESTROS USUARIOS
ESTABLECIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
- DIRECCIÓN DE SEGURIDAD AERONÁUTICA - COMPRENDIDOS LOS DÍAS DEL 29 AL 31 DE MARZO DE Y SUSTENTADO
EN LOS INFORMES Nº 049-2020-MTC/12.04 Y Nº 043-2020-MTC/12.04
ORDEN DE INSPECCIÓN

INICIO FIN VIÁTICOS (US$)
SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAÍS DETALLE RECIBOS DE
ACOTACIÓN Nºs.

330-2020-MTC/12.04 29-Mar 31-Mar US$ 660.00 STAR UP S.A.

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Chequeo técnico Inicial en simulador de vuelo en el equipo Dash8-Q400 a su personal aeronáutico.

2107-2108

NORMA LEGAL:

  • Titulo: DS 044-2020-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor de Pliegos del Gobierno Nacional, de Gobiernos Regionales y de Gobiernos Locales
  • Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
  • Numero : 044-2020-EF
  • Emitida por : Economia y Finanzas - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2020-03-10
  • Fecha de aplicacion : 2020-03-11

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