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Reglamento Organización Funciones Rof RCO 0161-2020-UNAM Organismos Autonomos
7/11/2020
Reglamento Organización Funciones Rof RCO 0161-2020-UNAM Organismos Autonomos
Poder Judicial, Organismos Autonomos Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Universidad Nacional de Moquegua UNIVERSIDAD NACIONAL DE MOQUEGUA COMISIÓN ORGANIZADORA RCO 0161-2020-UNAM Moquegua, 11 de marzo de 2020 VISTOS: El Informe Nº 146-2020-OPEP/UNAM de fecha 09 de marzo de 2020, Informe Nº 139-2020-OAL/ CO-UNAM de fecha 06 de marzo de 2020, Informe Nº 055-2020-UPE-OPEP/UNAM, de fecha 28 de febrero de 2020, Informe Nº 118-2020-OPEP-UNAM-ROX,
Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Universidad Nacional de Moquegua UNIVERSIDAD NACIONAL DE MOQUEGUA COMISIÓN ORGANIZADORA
RCO 0161-2020-UNAM
Moquegua, 11 de marzo de 2020
VISTOS: El Informe Nº 146-2020-OPEP/UNAM de fecha 09 de marzo de 2020, Informe Nº 139-2020-OAL/ CO-UNAM de fecha 06 de marzo de 2020, Informe Nº 055-2020-UPE-OPEP/UNAM, de fecha 28 de febrero de 2020, Informe Nº 118-2020-OPEP-UNAM-ROX, de fecha 27 de febrero de 2020, Informe Nº 050-2020-UP-OPEP/ UNAM de fecha 27 de febrero de y Acuerdo de Sesión Ordinaria de fecha 11 de marzo de 2020;
CONSIDERANDO:
Que, el párrafo cuarto del artículo 18º de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo 8º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, reconoce la autonomía universitaria, en el marco normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, que guarda concordancia con el Capítulo III del Título I del Estatuto de la Universidad Nacional de Moquegua;
Que, mediante Ley Nº 30220 "Ley Universitaria" en su Artículo 29º señala que "Aprobada la ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación (MINEDU), constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector, y como mínimo un (1) miembro en la especialidad que ofrece la universidad.
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Esta Comisión tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que, de acuerdo a la presente Ley, le correspondan";
Que, con Resolución Viceministerial Nº 088-2017-UNAM
dispone la Constitución y Funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de las Universidades Públicas en proceso de Constitución y dentro de sus Funciones de la Comisión Organizadora señala en el numeral 6.1.3 en su acápite b)
Elaborar y aprobar el estatuto, reglamentos y documentos de gestión, académica y administrativa de la universidad;
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Que, el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM aprueba los Lineamientos de Organización del Estado y dispone que:
"Artículo 43. - Reglamento de Organización y Funciones - ROF. Es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad. Contiene las competencias y funciones generales de la entidad; las funciones específicas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia";
Que, el Decreto Supremo antes citado prevé en su Artículo 46º los supuestos para aprobación o modificación del ROF: "46.1 Se requiere la aprobación o modificación de un ROF, según corresponda, en los siguientes supuestos: a. Por modificación de la estructura orgánica.
Este supuesto se da por el incremento del número de unidades de organización por nivel organizacional o niveles organizacionales; b. Por modificación parcial.
Este supuesto se da por la reasignación o modificación de funciones entre unidades de organización sin que se afecte la estructura orgánica o cuando la afectación de la estructura orgánica se debe a una disminución del número de unidades de organización por nivel organizacional y c. Por creación o fusión de una entidad con personería jurídica. 46.2 La Oficina de Planeamiento o la que haga sus veces elabora un informe técnico que sustenta la
propuesta de ROF. El contenido de dicho informe varía de acuerdo con el supuesto establecido en el numeral 46.1
que le resulte aplicable";
Que, el Artículo 50.1º inciso e) del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, prevé lo siguiente: "El expediente del proyecto de ROF está conformado por los siguientes documentos: a. Proyecto de dispositivo legal aprobatorio del ROF; b. Proyecto de ROF; c. Exposición de motivos; d.
Informe técnico y sus anexos; e. Informe legal elaborado por la Oficina de Asesoría Jurídica;
Que, mediante Resolución de Comisión Organizadora Nº 1273-2019-UNAM de fecha 30 de diciembre del 2020, se aprobó el "REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONES - ROF de la UNIVERSIDAD NACIONAL
DE MOQUEGUA"; actualizado, el mismo que consta de cuatro (4) Títulos, siete (7) capítulos, ciento treinta y cuatro (134) artículos y el Organigrama Estructural;
Que, mediante Informe Nº 050-2020-UP-OPEP/ UNAM, el Encargado de la Unidad de Planeamiento Estratégico, presenta el Reglamento de Organización y Funciones - ROF, el mismo que cuenta con el Informe Técnico sustentatorio y el organigrama institucional, el cual fue elaborado conforme a la Resolución Ministerial Nº 588-2019-MINEDU, que aprueba los "Lineamientos para la formulación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de las Universidades Publica;
Que, en ese sentido, con Informe Nº 139-2020-OAL/ CO-UNAM, el Jefe de la Oficina de Asesoría Legal, se ratifica, en la opinión legal favorable vertida con el Informe Legal Nº 1620-2019-OAL/CO-UNAM, que concluye "Que habiéndose cumplido con verificar la legalidad de las funciones sustantivas asignadas a los órganos y unidades orgánicas de la Universidad Nacional de Moquegua en el proyecto del Reglamento de Organización y Funciones, así como la no duplicidad de funciones, opina que el presente expediente sea elevado a Sesión de Comisión Organizadora, para su evaluación y aprobación por tratarse de un documento de gestión organizacional, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM";
Que, la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Moquegua, en Sesión Ordinaria de fecha 11 de marzo de 2020, por UNANIMIDAD, acordó: APROBAR, el "REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
- ROF de la Universidad Nacional de Moquegua";
actualizado, el mismo que consta de cuatro (4) Títulos, siete (7) capítulos, ciento treinta y cinco (135) artículos y el Organigrama Estructural; que forman parte integrante de la presente resolución;
Que, estando a las consideraciones precedentes y en uso de las atribuciones que concede la Ley Universitaria Nº 30220, Resolución de Consejo Directivo Nº 103-2017-SUNEDU-CD, el Estatuto de la Universidad Nacional de Moquegua, aprobado con Resolución de Comisión Organizadora Nº 278-2019-UNAM de fecha 11 de abril del 2019;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR, el "REGLAMENTO
DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES - ROF de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE MOQUEGUA";
actualizado, el mismo que consta de cuatro (4) Títulos, siete (7) capítulos, ciento treinta y cinco (135) artículos y el Organigrama Estructural; que forman parte integrante de la presente resolución.
Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Dirección General de Administración, Oficinas Administrativas, Académicas y de Investigación, adoptar las acciones administrativas necesarias para la difusión, implementación y ejecución de la presente Resolución.
Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO, la Resolución de Comisión Organizadora Nº 1273-2019-UNAM de fecha 30 de diciembre del 2019 y toda disposición o acto resolutivo que se oponga a la presente.
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
WASHINGTON ZEBALLOS GÁMEZ
Presidente
GUILLERMO S. KUONG CORNEJO
Secretario General
NORMA LEGAL:
- Titulo: RCO 0161-2020-UNAM Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Universidad Nacional de Moquegua UNIVERSIDAD NACIONAL DE MOQUEGUA COMISIÓN ORGANIZADORA
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA
- Numero : 0161-2020-UNAM
- Emitida por : Organismos Autonomos - Poder Judicial
- Fecha de emision : 2020-07-10
- Fecha de aplicacion : 2020-07-11
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