9/19/2020

Exceptúan Sunat Tope 50 Empleados Confianza RPE 000076-2020-SERVIR-PE Autoridad Nacional del

Organismos Tecnicos Especializados, Autoridad Nacional del Servicio Civil Exceptúan a la SUNAT del tope de 50 empleados de confianza RPE 000076-2020-SERVIR-PE Lima, 15 de septiembre de 2020 VISTO: el Informe Técnico Nº 000101-2020-SERVIR/ GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1023, se creó la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, como Organismo Técnico
Organismos Tecnicos Especializados, Autoridad Nacional del Servicio Civil
Exceptúan a la SUNAT del tope de 50 empleados de confianza
RPE 000076-2020-SERVIR-PE
Lima, 15 de septiembre de 2020
VISTO: el Informe Técnico Nº 000101-2020-SERVIR/ GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, y;

CONSIDERANDO:



Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1023, se creó la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, como Organismo Técnico Especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, que comprende el conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizados por las entidades del sector público en la gestión de los recursos humanos;

Que, el numeral 2 del artículo 4 de la Ley Marco del Empleo Público - Ley Nº 28175, indica que el límite máximo de empleados de confianza en ningún caso será mayor al cinco por ciento (5%) de servidores públicos existentes en cada entidad. Asimismo, el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 084-2016-PCM, precisa que para el cálculo del cinco por ciento (5%) de empleados de confianza en las entidades públicas, se entenderá que los "servidores públicos existentes en cada entidad"
hace referencia a la sumatoria de los cargos ocupados y previstos en su Cuadro para Asignación de Personal o en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional, más el número de servidores contratados bajo el régimen de Contratación Administrativa de Servicios de la misma entidad al 10 de noviembre de 2016;


Que, el segundo párrafo del artículo 2 del citado Decreto Supremo dispuso que, en ningún caso, el número de empleados de confianza, existente en cada entidad será mayor a cincuenta (50), siendo que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva debidamente justificada, SERVIR puede establecer excepciones a este tope, la misma que deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano;

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 015-2019-SERVIR-PE se exceptuó, a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) del tope de cincuenta (50) empleados de confianza;

Que, la SUNAT, a través del Oficio Nº 21-2020-SUNAT/8A0000 e Informe Técnico Nº 090-2020-SUNAT/8A0200, remitió la propuesta del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de dicha entidad;

advirtiéndose que los servidores existentes en la entidad ascienden a trece mil quinientos ochenta (13580). En esta propuesta se incluyó la solicitud de excepción del límite de cargos de confianza a que se refiere el mencionado artículo 2 del Decreto Supremo Nº 084-2016-PCM, por un total de trescientos veintitrés (323) empleados de confianza, vale decir doscientos setenta y tres (273) cargos adicionales al límite mencionado previamente;

Que, en el marco de lo establecido en el informe técnico sustentatorio remitido por la SUNAT, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos en el numeral 4.6 del Informe Técnico Nº 000101-2020-SERVIR/ GDSRH opina que corresponde otorgar la excepción solicitada. Asimismo, en el numeral 3.4.3 del citado Informe, se indica que el número de cargos de confianza solicitados se encuentra dentro del cinco por ciento (5%) del total de servidores existentes;

Con los vistos de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos y de la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Supremo que precisa la designación y los límites de empleados de confianza en las entidades públicas, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2016-PCM, y el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM y modificatorias;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Exceptuar a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria del tope de 50 empleados de confianza, de acuerdo al sustento contenido en el numeral 3.4.3 del Informe Técnico Nº 000101-2020-SERVIR/GDSRH emitido por la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos.

Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 015-2019-SERVIR/PE que exceptuó a la SUNAT del tope de cincuenta (50)
empleados de confianza.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional de SERVIR (www.servir.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN JOSÉ MARTÍNEZ ORTIZ
Presidente Ejecutivo Autoridad Nacional del Servicio Civil

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RPE 000076-2020-SERVIR-PE Exceptúan a la SUNAT del tope de 50 empleados de confianza
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA
  • Numero : 000076-2020-SERVIR-PE
  • Emitida por : Autoridad Nacional del Servicio Civil - Organismos Tecnicos Especializados
  • Fecha de emision : 2020-09-18
  • Fecha de aplicacion : 2020-09-19

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