Inicio
Últimas normas legales
Autorízan Transferencia Financiera Favor Eps Grau RM Vivienda Construccion y Saneamiento
10/07/2020
Autorízan Transferencia Financiera Favor Eps Grau RM Vivienda Construccion y Saneamiento
Poder Ejecutivo, Vivienda Construccion y Saneamiento Autorízan Transferencia Financiera a favor de EPS GRAU S.A, destinada a financiar el abastecimiento de agua potable a la población de los albergues de la carretera Panamericana Norte del distrito de Cura Mori, provincia y departamento de Piura RM 246-2020-VIVIENDA Lima, 5 de octubre de 2020 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción
Autorízan Transferencia Financiera a favor de EPS GRAU S.A, destinada a financiar el abastecimiento de agua potable a la población de los albergues de la carretera Panamericana Norte del distrito de Cura Mori, provincia y departamento de Piura
RM 246-2020-VIVIENDA
Lima, 5 de octubre de 2020
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, se establece que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional;
asimismo, establece que tiene competencia en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana;
ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias;
Que, en el marco del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, mediante la Resolución Ministerial Nº 416-2019-VIVIENDA se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/ 3 437 059 383,00 (TRES MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE
TAMBIEN PUEDES VER: Directiva Sanitaria Organización Procesos RM 802-2020/MINSA Salud
MILLONES CINCUENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS
OCHENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), por toda Fuente de Financiamiento;
Que, el literal d) del numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, autoriza, en el presente Año Fiscal, la realización, de manera excepcional, de transferencias financieras que realice el Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento para las empresas prestadoras de servicios de saneamiento, entre otro; las mismas que, según el numeral 17.2 de dicho artículo, se realizan mediante Resolución del Titular del Pliego que será publicada en el diario oficial El Peruano; disponiendo en el numeral 17.3 que la entidad pública que transfiere, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales transfirieron los recursos; indicando a su vez que los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia;
MAS NORMAS LEGALES: Opinan Favorablemente Pacífico Compañía Seguros RE 02190-2020 SBS
Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través del Programa Nacional de Saneamiento Urbano - PNSU y la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau S.A. - EPS GRAU
S.A., suscribieron el Convenio Nº 057-2020/VIVIENDA/ VMCS/PNSU/1.0; el cual tiene por objeto establecer los compromisos entre las partes, con el fin de garantizar la provisión de agua potable mediante camiones cisterna de propiedad del PNSU a la población de los albergues de los Km. 974, 978 y 980 del distrito de Cura Mori, provincia y departamento de Piura; para lo cual, el MVCS, aprobará una transferencia financiera a favor de la EPS
GRAU S.A., para ser destinada única y exclusivamente al financiamiento del servicio de abastecimiento de agua potable, de acuerdo a la disponibilidad presupuestal;
Que, mediante Informe Nº 254-2020/VIVIENDA/ VMCS/PNSU/1.0, el Programa Nacional de Saneamiento Urbano, en el marco de lo dispuesto en los numerales 17.1
y 17.2 del artículo 17 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, solicita gestionar la Transferencia Financiera a favor de la EPS GRAU S.A.; para lo cual, comunica la disponibilidad presupuestal hasta por la suma de S/ 214 500,00 (DOSCIENTOS CATORCE MIL QUINIENTOS Y 00/100
SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, destinada a financiar el abastecimiento de agua potable mediante camiones cisternas a la población de los albergues de los Km. 974, 978 y 980 de la carretera panamericana norte del distrito de Cura Mori, provincia y departamento de Piura, debido al Fenómeno del Niño Costero que trajo como consecuencia el desplazamiento de la población a los mencionados albergues y a la fecha no cuentan con los servicios básicos;
Que, con Memorándum Nº 1243-2020-VIVIENDA/ OGPP , la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del MVCS, hace suyo el Informe Nº 354-2020-VIVIENDA/ OGPP-OP de su Oficina de Presupuesto, mediante el cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria y se propone el proyecto de Resolución Ministerial, que autoriza la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 214 500,00 (DOSCIENTOS CATORCE
MIL QUINIENTOS Y 00/100 SOLES), en la fuente de
financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la EPS
GRAU S.A., que será destinada única y exclusivamente para financiar el abastecimiento de agua potable mediante camiones cisternas a la población de los albergues de los Km. 974, 978 y 980 de la carretera panamericana norte del distrito de Cura Mori, provincia y departamento de Piura; para lo cual, se cuenta con el respectivo convenio suscrito entre las partes;
Que, en consecuencia, de acuerdo a lo establecido en el literal d) del numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, es necesario autorizar la Transferencia Financiera, con cargo a los recursos presupuestales del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004:
Programa Nacional de Saneamiento Urbano, a favor de la EPS GRAU S.A., hasta por la suma de S/ 214 500,00 (DOSCIENTOS CATORCE MIL QUINIENTOS Y 00/100
SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, destinada para los fines señalados en los considerandos precedentes;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; y, la Directiva Nº 011-2019-EF/50.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral Nº 036-2019-EF/50.01;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la
EPS GRAU S.A.
Autorízase la Transferencia Financiera con cargo a los recursos presupuestales del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hasta por la suma de S/ 214 500,00 (DOSCIENTOS CATORCE
MIL QUINIENTOS Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau S.A. - EPS GRAU S.A, destinada única y exclusivamente para financiar el abastecimiento de agua potable mediante camiones cisternas a la población de los albergues de los Km. 974, 978 y 980 de la carretera Panamericana Norte del distrito de Cura Mori, provincia y departamento de Piura; conforme se señala en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución, se realiza con cargo al Presupuesto Institucional para el Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Categoría Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Categoría de Gasto 5: Gasto Corriente, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, y Partida de Gasto 2.4.1.3.1.4 A Otras Entidades Públicas.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Monitoreo El Programa Nacional de Saneamiento Urbano es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para lo cual se transfieren los recursos, en el marco de lo dispuesto en el numeral 17.3 del artículo 17 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020.
Artículo 5.- Información La Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau S.A. - EPS GRAU S.A. informará al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, sobre los avances físicos y financieros de los recursos transferidos, en el marco del convenio suscrito por las partes.
Artículo 6.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS LOZADA CONTRERAS
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 246-2020-VIVIENDA Autorízan Transferencia Financiera a favor de EPS GRAU S.A, destinada a financiar el abastecimiento de agua potable a la población de los albergues de la carretera Panamericana Norte del distrito de Cura Mori, provincia y departamento de Piura
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 246-2020-VIVIENDA
- Emitida por : Vivienda Construccion y Saneamiento - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2020-10-06
- Fecha de aplicacion : 2020-10-07
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)