10/04/2020

Opinan Favorablemente Pacífico Compañía Seguros RE 02190-2020 SBS

Poder Judicial, Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones Opinan favorablemente para que Pacífico Compañía de Seguros y Reaseguros S.A. realice el "Segundo Programa de Bonos Subordinados Pacífico" RE 02190-2020 Lima, 10 de setiembre de 2020 LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por Pacífico Compañía de Seguros y Reaseguros S.A. para
Poder Judicial, Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Opinan favorablemente para que Pacífico Compañía de Seguros y Reaseguros S.A. realice el "Segundo Programa de Bonos Subordinados Pacífico"
RE 02190-2020
Lima, 10 de setiembre de 2020
LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE
PENSIONES
VISTA:

La solicitud presentada por Pacífico Compañía de Seguros y Reaseguros S.A. para que se opine
favorablemente sobre el "Segundo Programa de Bonos Subordinados Pacífico" hasta por un monto máximo de emisión de USD 150 millones o su equivalente en Nuevos Soles;

CONSIDERANDO:



Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante la Ley General, faculta a las empresas del sistema de seguros a emitir y contraer deuda subordinada;

Que, el artículo 299 de la Ley General establece los componentes del patrimonio efectivo de las empresas del sistema de seguros destinados a cubrir las operaciones de seguros y/o reaseguros, entre los que se encuentra la porción computable de la deuda subordinada que reúna los requisitos que, a tal efecto y con carácter general, establezca la Superintendencia;


Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 301 de la Ley General, los bonos subordinados que emitan las empresas de seguros tendrán las características y los límites precisados en el artículo 233 de la precitada ley, así como las que, en su caso, establezcan la Superintendencia por regulaciones de carácter general;

Que, el artículo 3 del Reglamento de Deuda Subordinada aplicable a las Empresas de Seguros, aprobado por Resolución SBS Nº 6599-2011 establece que para emitir instrumentos representativos de deuda subordinada o contraer préstamos subordinados, las empresas deben presentar a la Superintendencia una solicitud de opinión favorable o de autorización, respectivamente;

Que, el Procedimiento Nº 28 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia (TUPA), aprobado por Resolución SBS Nº 1678-2018 y sus modificatorias, correspondiente al Pronunciamiento sobre la emisión de instrumentos representativos de deuda subordinada - Empresa de Seguros, establece los requisitos para solicitar el pronunciamiento antes mencionado;


Que, Pacífico Compañía de Seguros y Reaseguros S.A., ha cumplido con presentar la documentación requerida en el Procedimiento Nº 28 del TUPA, la cual se ha encontrado conforme tras la evaluación realizada;

Contando con el visto bueno del Departamento de Supervisión del Sistema de Seguros "B", del Departamento de Asesoría y Supervisión Legal, y del Departamento de Análisis de los Sistemas Asegurador y Previsional; así como de las Superintendencias Adjuntas de Seguros, de Asesoría Jurídica y de Estudios Económicos, y;

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 349 de la Ley General;

RESUELVE:



Artículo Único.- Opinar favorablemente para que Pacífico Compañía de Seguros y Reaseguros S.A., realice el "Segundo Programa de Bonos Subordinados Pacífico" hasta por un monto máximo de emisión de USD
150 millones o su equivalente en Nuevos Soles.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARIA DEL SOCORRO HEYSEN ZEGARRA
Superintendenta de Banca, Seguros y AFP

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RE 02190-2020 Opinan favorablemente para que Pacífico Compañía de Seguros y Reaseguros S.A. realice el "Segundo Programa de Bonos Subordinados Pacífico"
  • Tipo de norma : RESOLUCION SBS
  • Numero : 02190-2020
  • Emitida por : Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones - Poder Judicial
  • Fecha de emision : 2020-10-03
  • Fecha de aplicacion : 2020-10-04

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