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Publicaciones Oficiales Sólo En Modo Virtual Como RE 0069-2020/SBN SBN
11/03/2020
Publicaciones Oficiales Sólo En Modo Virtual Como RE 0069-2020/SBN SBN
Organismos Ejecutores, Superintendencia Nacional de Bienes Estatales PUBLICACIONES OFICIALES SÓLO EN MODO VIRTUAL COMO SE DETALLA A CONTINUACIÓN: RE 0069-2020/SBN San Isidro, 30 de octubre de 2020 VISTOS: El Oficio Nº 000384-2020-CG/GAD de fecha 09 de octubre de 2020, de la Contraloría General de la República; el Informe Nº 00663-2020/SBN-OPP de fecha 28 de octubre de 2020, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 00097-2020/SBN-OAF
PUBLICACIONES OFICIALES SÓLO EN MODO VIRTUAL COMO SE DETALLA A CONTINUACIÓN:
RE 0069-2020/SBN
San Isidro, 30 de octubre de 2020
VISTOS:
El Oficio Nº 000384-2020-CG/GAD de fecha 09 de octubre de 2020, de la Contraloría General de la República; el Informe Nº 00663-2020/SBN-OPP de fecha 28 de octubre de 2020, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 00097-2020/SBN-OAF de fecha 29 de octubre de 2020, de la Oficina de Administración y Finanzas; y,
CONSIDERANDO:
Que, dentro del marco normativo del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, con la Resolución Nº 075-2019/SBN de fecha 31 de diciembre de 2019, modificada por la Resolución Nº 010-2020/SBN de fecha 22 de enero de 2020, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al año fiscal del Pliego 056: Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, hasta por la suma de S/. 44,579 942 (Cuarenta y Cuatro Millones Quinientos Setenta y Nueve Mil Novecientos Cuarenta y dos y 00/100 Soles);
Que, en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República, se dispone que las sociedades de auditoría son contratadas por la Contraloría General de la República para examinar las actividades y operaciones de las entidades, opinar sobre la razonabilidad de sus estados financieros, así como evaluar la gestión, captación y uso de los recursos asignados a las mismas; asimismo, se establece que las entidades del Gobierno Nacional quedan autorizadas para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del Jefe de la Oficina de Administración y del Jefe de la Oficina de Presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego;
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MAS NORMAS LEGALES: Transferencia Partidas Presupuesto Sector Público DS 337-2020-EF Economia y Finanzas
Que, de acuerdo a lo dispuesto por la citada Ley, las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, la misma que se publica en el Diario Oficial El Peruano;
Que, mediante el Oficio Nº 000384-2020-CG/GAD de fecha 9 de octubre de 2020, la Contraloría General de la República informa a esta Superintendencia que para la contratación y pago de la Sociedad de Auditoría que efectuará la auditoría del periodo 2019 y del periodo 2020, previo concurso público de méritos, se requiere, según lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785 y en el T arifario, realizar la transferencia financiera por este último periodo, por el monto de S/ 72 065,00 (Setenta y dos mil sesenta y cinco y 00/100 Soles), que le corresponde como retribución económica a dicha Sociedad Auditora, monto que además incluye el Impuesto General a las Ventas;
Que, a fin de atender lo solicitado, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, mediante el Informe Nº 00663-2020/SBN-OPP, remite la aprobación de la certificación presupuestal (Certificación de Crédito Presupuestario Nota Nº 0000000830) para la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, por el monto de S/ 72,065.00 (Setenta y dos mil sesenta y cinco y 00/100 Soles);
Que, a través del Informe Nº 00097-2020/SBN-OAF, la Oficina de Administración y Finanzas solicita y sustenta la autorización para la transferencia financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2020, del Pliego 056: Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, por el monto de S/ 72 065,00 (Setenta y dos mil sesenta y cinco y 00/100 Soles), a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, destinado a la contratación de la Sociedad Auditora que realizará la auditoría correspondiente al periodo 2020;
Que, de acuerdo a las consideraciones expuestas resulta necesario aprobar en el presente año fiscal una transferencia financiera por el monto de S/ 72 065,00 (Setenta y dos mil sesenta y cinco y 00/100 Soles), a favor del Pliego 019: Contraloría General, a fin de que se contrate a la Sociedad Auditora que realiza la auditoría correspondiente al periodo 2020;
Con el visado de la Gerencia General, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina de Administración y Finanzas y la Oficina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y su modificatoria, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República; y en uso de la atribución conferida por el inciso s) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, aprobada por el Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Transferencia Financiera Autorizar la transferencia financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2020, del Pliego 056:
Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, hasta el monto de S/ de S/ 72 065,00 (Setenta y dos mil sesenta y cinco y 00/100 Soles), a favor del Pliego 019:
Contraloría General de la República, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General, destinado a la contratación de la Sociedad Auditora externa que realizaría la auditoría correspondiente al periodo 2020.
Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el artículo primero de la presente resolución se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 056: Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, Unidad Ejecutora 001: (000204) Fuente de Financiamiento: Meta: 0008 Administración de los Recursos Humanos, Financieros, Logísticos y de Sistemas Informáticos, Actividad: 5000003 Gestión Administrativa, Programa: 9001 Acciones Centrales, Rubro: 09 Recursos Directamente Recaudados, Categoría de Gastos: 2, Genérica del Gasto: 2.4 Donaciones y Transferencias, Sub Genérica del Gasto: 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes, Sub Genérica del Gasto Detallada: 2.4.1.3A
Otras Unidades del Gobierno, Especifica del Gasto:
2.4.1.3.1 A Otras Unidades del Gobierno y Especifica Detallada del Gasto: 2.4.1.3.11 A Otras Unidades del Gobierno Nacional.
Artículo 3.- Limitación del uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo primero de la presente Resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Comunicación Encargar a la Oficina de Administración y Finanzas, que comunique a la Contraloría General de la República la ejecución de la transferencia realizada.
Artículo 5.- Publicación y difusión Disponer que se publique la presente Resolución en el Intranet y Portal Institucional (www.sbn.gob.pe) en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ARMANDO MIGUEL SUBAUSTE BRACESCO
Superintendente Nacional de Bienes Estatales
NORMA LEGAL:
- Titulo: RE 0069-2020/SBN PUBLICACIONES OFICIALES SÓLO EN MODO VIRTUAL COMO SE DETALLA A CONTINUACIÓN:
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN
- Numero : 0069-2020/SBN
- Emitida por : Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - Organismos Ejecutores
- Fecha de emision : 2020-11-02
- Fecha de aplicacion : 2020-11-03
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