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N° 005-2013-GRP-CRP Autorizan viaje a la República de Corea del Presidente del Gobierno Regional
1/27/2013
N° 005-2013-GRP-CRP Autorizan viaje a la República de Corea del Presidente del Gobierno Regional
Autorizan viaje a la República de Corea del Presidente del Gobierno Regional -Puno, en comisión de servicios ACUERDO REGIONAL GOBIERNO REGIONAL DE PUNO N° 005-2013-GRP-CRP Puno, 17 de enero del 2013. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE PUNO. VISTO: En sesión extraordinaria de Consejo Regional, llevada a cabo en fecha 17 de enero del año 2013, el Pleno del Consejo Regional ha aprobado la emisión del Acuerdo Regional, siguiente; con dispensa del trámite de lectura
GOBIERNO REGIONAL DE PUNO
N° 005-2013-GRP-CRP
Puno, 17 de enero del 2013.
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO
REGIONAL DE PUNO.
VISTO:
En sesión extraordinaria de Consejo Regional, llevada a cabo en fecha 17 de enero del año 2013, el Pleno del Consejo Regional ha aprobado la emisión del Acuerdo Regional, siguiente; con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta respectiva, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Expediente Administrativo Nro.
038, OFICIO Nro. 067-2013-GR-PUNO/PR, emitido en fecha quince de enero del dos mil trece, suscrito por el Presidente del Gobierno Regional, por el cual solicitan la autorización de viaje al exterior, en representación del Gobierno Regional de Puno, a razón de que el Director Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, extiende una invitación para participar en la República de Corea durante el 02 al 09 de febrero del 2013, en el marco del convenio CEPLAN – Ministerio de Estrategia y Finanzas de Corea KSP, circunstancias a través de las cuales la CEPLAN ha tomado contacto nuevamente con el Gobierno Regional, asumiendo gastos para dicho ente para los pasajes aéreos, alojamiento y viáticos, no generándose gastos al erario del Gobierno Regional de Puno, por lo que solicita autorización para realizar viaje al exterior, en conformidad a los procedimientos previstos por Ley.
Que, conforme lo estipulado por el Artículo 191° de la Constitución Política del Estado, establece que:
'Los Gobiernos regionales tienen autonomía política económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La estructura orgánica básica de los gobiernos regionales la conforma el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador'. Concordante con lo estipulado por el Artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley N° 27867, donde señala:
'Los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica, y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal'.
Que, conforme establece la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su Artículo 46°; 'Las funciones específicas que ejercen los Gobiernos Regionales se desarrollan en base a las políticas regionales, las cuales se formulan en concordancia con las políticas nacionales sobre la materia'.
Que la Ley N° 27867, en su Artículo 39° establece:
'Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Los Acuerdos Regionales serán aprobados por mayoría simple de sus miembros. El Reglamento del Consejo Regional podrá acordar otras mayorías para aprobar normas'.
Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa teniendo por misión organizar, y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para la contribución al desarrollo integral y sostenible de la región.
Que, de conformidad al Reglamento Interno de Consejo Regional del Gobierno Regional de Puno, son atribuciones del Consejo Regional las consideradas en el Artículo 15° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales entre otras, conceder Licencias según el Artículo 23° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, para viajes al exterior, que en comisión de servicios o en representación del Gobierno Regional realicen el Presidente,
Vicepresidente y los Consejeros Regionales y para viajes al interior del país, se requiere solamente comunicación escrita e informe del acto de servicio oficial.
Estando, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Puno, por mayoría;
ACUERDA:
Primero.- AUTORIZAR, el viaje al exterior, del Dr.
MAURICIO RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, Presidente del Gobierno Regional – Puno, quien en representación del Gobierno Regional de Puno, participará e integrará la delegación de Alto Nivel en las actividades programadas en la República de Corea, desde el 02 al 09 de febrero del 2013, en el marco del convenio CEPLAN – Ministerio de Estrategia y Finanzas de Corea en el marco del proyecto KSP.
Segundo.- DISPONER que la Oficina de Imagen Institucional conforme a sus funciones publique el presente Acuerdo Regional, en el Portal Web del Gobierno Regional de Puno.
POR TANTO:
Regístrese, publíquese y cúmplase.
MIGUEL QUISPE TIPO
Consejero Delegado
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