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Resolución Suprema N° 001-2013-MC Prorrogan plazo de exposición temporal de bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación a que se refiere la R.S. N° 003-2012-MC
1/15/2013
Resolución Suprema N° 001-2013-MC Prorrogan plazo de exposición temporal de bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación a que se refiere la R.S. N° 003-2012-MC
Prorrogan plazo de exposición temporal de bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación a que se refiere la R.S. N° 003-2012-MC CULTURA RESOLUCIÓN SUPREMA N° 001-2013-MC Lima, 14 de enero de 2013 Visto, el Expediente N° 038407-2012, presentado por el señor Ichiro Nobukuni, Director Gerente de Tokyo Broadcasting System Television INC; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 003-2012-MC de fecha 21 de febrero de 2012, se autorizó la salida temporal del país de ciento
CULTURA
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 001-2013-MC
Lima, 14 de enero de 2013
Visto, el Expediente N° 038407-2012, presentado por el señor Ichiro Nobukuni, Director Gerente de Tokyo Broadcasting System Television INC; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema N° 003-2012-MC de fecha 21 de febrero de 2012, se autorizó la salida temporal del país de ciento cuarenta y cuatro (144) bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, a fin que conformen la exposición denominada
'El Imperio Inka Revelado: Un siglo después del 'Descubrimiento' de Machu Picchu', organizada por la Tokyo Broadcasting System Television INC y el Museo Nacional de Naturaleza y Ciencias, la cual se lleva a cabo desde el 10 de marzo de 2012 al 27 de enero de 2013 en las salas del Museo Nacional de Naturaleza y Ciencias, el Museo de la ciudad de Sendai, el Museo de Arqueología de la Prefectura de Yamanashi y el Museo de Arte de la Prefectura de Shizuoka, todos ellos ubicados en Japón.
Que, con el Expediente N° 038407-2012, el señor Ichiro Nobukuni, Director Gerente de la Tokyo Broadcasting System Television INC, solicita la prórroga de plazo de la exposición temporal de ciento cuarenta y cuatro (144) bienes pertenecientes al Patrimonio Cultural de la Nación, denominada 'El Imperio Inka Revelado: Un siglo después del 'Descubrimiento' de Machu Picchu', cuya salida fue autorizada mediante Resolución Suprema N° 003-2012-MC;
Que, asimismo, indica que la prórroga solicitada tendría vigencia para el período comprendido entre el 11 de febrero de 2013 al 11 de febrero de 2014, y que conllevará el cambio de sede de la precitada exposición, al Museo Auditorio de la Prefectura de Toyama, Museo de la Cultura de la Municipalidad de Kyoto, Museo de la Municipalidad de Fukuoka, Museo de la Prefectura de Kagoshima, Reimeikan y Museo de la Prefectura de Okinawa, todos ellos ubicados en Japón;
Que, mediante Oficio RE (DAC) N° 2-22-I/221 de fecha 30 de noviembre de 2012, el Director General para Asuntos Culturales del Ministerio de Relaciones Exteriores remite la Hoja de Remisión 5-18-A/18 del Embajador del Perú en Japón, el señor Elard Escala al Ministro de Cultura, opinando favorablemente acerca de la prórroga del plazo de la exposición temporal denominada 'El Imperio Inka Revelado: Un siglo después del 'Descubrimiento' de Machu Picchu';
Que, los bienes culturales cuya prórroga de plazo de exposición temporal se solicita se encuentran cubiertos contra todo riesgo en la modalidad 'clavo a clavo', en mérito a la Póliza N° TKY1002082 de la Compañía de Seguros NIPPONKOA INSURANCE CO., LTD, con una cobertura que ha sido ampliada hasta el 28 de febrero de 2014;
Que, si bien es cierto en la solicitud de prórroga antes referida se señala que su vigencia tendría lugar entre el 11 de febrero de 2013 y 11 de febrero de 2014, corresponde que la misma se inicie el 28 de enero de 2013, teniendo en cuenta que el plazo de exposición previsto en el Artículo 1° de la Resolución Suprema N° 003-2012-MC, vence el 27 de enero de 2013;
Que, el literal a) del numeral 34.1° del Artículo 34° de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, establece que en caso excepcional procede la salida del país de bienes muebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación para casos de exhibición con fines científicos, artísticos y culturales, la misma que se autoriza mediante Resolución Suprema;
Que, corresponde al Ministerio de Cultura cautelar y difundir el Patrimonio Cultural de la Nación, tanto en el país como en el extranjero, por lo que resulta procedente autorizar la prórroga de plazo de exposición temporal a que se refiere la solicitud presentada por el señor Ichiro Nobukuni, Director Gerente de Tokyo Broadcasting System Television INC, objeto de la presente Resolución;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158,
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; y el Decreto Supremo N° 011-2006-ED que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28296;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Prorrogar hasta el 11 de febrero de 2014, el plazo de exposición temporal de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación a que se refiere la Resolución Suprema N° 003-2012-MC de fecha 21 de febrero de 2012, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 22 de febrero de 2012, a fin de que se continúe con su exhibición en la exposición denominada 'El Imperio Inka Revelado: Un siglo después del 'Descubrimiento' de Machu Picchu', en la sala del Museo Auditorio de la Prefectura de Toyama, del Museo de la Cultura de la Municipalidad de Kyoto, del Museo de la Municipalidad de Fukuoka, del Museo de la Prefectura de Kagoshima, Reimeikan y del Museo de la Prefectura de Okinawa, todos ellos ubicados en Japón.
El retorno de los bienes a que se hace referencia en la presente Resolución a su lugar de partida tendrá lugar dentro de los quince (15) días calendario, siguientes a la clausura de la última exposición.
Artículo 2°.- Designar comisarios de los bienes culturales que conforman la exposición denominada
'El Imperio Inka Revelado: Un siglo después del 'Descubrimiento' de Machu Picchu', cuya prórroga se concede mediante la presente Resolución, al señor Víctor Hermann Curay Rufasto, con DNI N° 07479796 y la señorita Elva Clara Torres Pino, con DNI N° 23869431, quienes cumplirán la labor de verificación del estado de conservación; visarán las fichas de registro de cada una de las piezas; supervisarán el embalaje y desembalaje, tanto a la ida como al retorno; conocerán del montaje, desmontaje y elaborarán un informe detallado y documentado de su participación. Dichos informes serán alcanzados al Ministro de Cultura en un plazo no mayor de 15 días luego de concluida su participación tanto en los traslados internos, como al retorno de los bienes cuya salida temporal se autorizó mediante Resolución Suprema N° 003-2012-MC de fecha 21 de febrero de 2012, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 22 de febrero de 2012.
Los gastos de transporte, alojamiento, viáticos, seguro de viaje, impuestos de aeropuerto, movilidad local, tanto en el Perú como en el extranjero, y visa del comisario designado serán íntegramente asumidos por la entidad organizadora de la exposición.
Artículo 3°.- Ratificar los Artículos 2°, 4° y 5° de la Resolución Suprema N° 003-2012-MC de fecha 21 de febrero de 2012, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 22 de febrero de 2012.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República LUIS ALBERTO PEIRANO FALCONÍ
Ministro de Cultura
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