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Resolución Suprema N° 030-2013-PCM Crean Comisión Multisectorial de Naturaleza Temporal para revisar el sistema
1/26/2013
Resolución Suprema N° 030-2013-PCM Crean Comisión Multisectorial de Naturaleza Temporal para revisar el sistema
Crean Comisión Multisectorial de Naturaleza Temporal para revisar el sistema remunerativo del Sector Salud y proponer nueva política de remuneraciones de los servidores médicos, profesionales de la salud y personal asistencial del Sector Salud PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS RESOLUCIÓN SUPREMA N° 030-2013-PCM Lima, 25 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que, el artículo 4° de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece que el proceso de modernización de
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 030-2013-PCM
Lima, 25 de enero de 2013
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 4° de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, con canales efectivos de participación ciudadana, descentralización y desconcentración, transparencia en la gestión, con servidores públicos calificados y adecuadamente remunerados;
Que, el Ministerio de Salud viene impulsando una Reforma de la Carrera Sanitaria en el Perú, para lo cual asume entre sus prioridades la creación de mejores condiciones de trabajo, revalorando los recursos humanos con los que cuenta el Sector Salud y propiciando un clima laboral saludable, a fin de que ello contribuya a mejorar la salud de la población peruana; por lo que resulta necesario una estructura que permita la ubicación de los servidores médicos, profesionales de la salud y personal asistencial del Sector Salud según méritos y calificaciones, que propicien la incorporación de profesional idóneo, garantizando su estabilidad laboral y brindándole oportunidades de desarrollo y progresión en el ejercicio de su profesión;
Que, la Décima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, dispone la conformación de una Comisión Multisectorial, la cual estará integrada por representantes de la Autoridad Nacional de Servicio Civil, el Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio de Salud, encargada de revisar el sistema remunerativo del sector salud y proponer al Poder Ejecutivo, en un plazo de hasta ciento ochenta días calendario, una nueva política integral de remuneraciones de los servidores médicos, profesionales de la salud y personal asistencial del sector salud;
Que, el artículo 35° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo establece que las Comisiones del Poder Ejecutivo son órganos que se crean para cumplir con las funciones de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes, que deben servir de base para las decisiones de otras entidades. Sus conclusiones carecen de efectos jurídicos frente a terceros. No tienen personería jurídica ni administración propia y están integradas a una entidad pública;
Que, el numeral 2 del artículo 36° de la mencionada Ley N° 29158, establece que las Comisiones Multisectoriales de naturaleza temporal son creadas con fines específicos para cumplir funciones de fiscalización, propuesta o emisión de informes técnicos. Se crean formalmente mediante resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y los titulares de los Sectores involucrados;
Que, en ese contexto, corresponde la emisión del acto resolutivo que disponga la creación y conformación de la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal encargada de revisar el sistema remunerativo del sector salud y proponer una nueva política integral de remuneraciones de los servidores médicos, profesionales de la salud y personal asistencial del sector salud;
De conformidad con lo establecido por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el numeral 8) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú y la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Objeto Créase la Comisión Multisectorial de Naturaleza Temporal adscrita al Ministerio de Salud, que tendrá por objeto revisar el sistema remunerativo del Sector Salud y proponer una nueva política integral de remuneraciones de los servidores médicos, profesionales de la salud y personal asistencial del Sector salud.
Artículo 2.- Funciones La Comisión Multisectorial tendrá las siguientes funciones:
- Revisar el sistema remunerativo del Sector Salud.
- Proponer al Poder Ejecutivo una política integral de remuneraciones de los servidores médicos, profesionales de la salud y personal asistencial del Sector Salud.
Artículo 3.- Conformación La Comisión Multisectorial encargada de revisar el sistema remunerativo del Sector Salud estará conformada por dos (2) representantes titulares y un (1) alterno de las entidades siguientes:
- Ministerio de Salud, quien la presidirá.
- Autoridad Nacional del Servicio Civil.
- Ministerio de Economía y Finanzas.
Artículo 4.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial encargada de revisar el sistema remunerativo del Sector Salud y proponer una nueva política integral de remuneraciones de los servidores médicos, profesionales de la salud y personal asistencial del Sector Salud, será ejercida por Autoridad Nacional del Servicio Civil
– SERVIR.
Artículo 5.- Acreditación de representantes Las entidades señaladas en el artículo 3°, acreditarán a sus representantes, mediante comunicación escrita dirigida a la Ministra de Salud, en un plazo de cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Suprema.
Artículo 6.- Instalación La Comisión Multisectorial se instalará dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente del vencimiento del plazo para la acreditación de los representantes.
Artículo 7.- Plazo La Comisión Multisectorial culminará sus funciones en un plazo que no deberá exceder de ciento ochenta (180) días calendario, contados a partir de la instalación.
Artículo 8.- Del Informe Final La Comisión Multisectorial deberá elaborar y presentar al Presidente del Consejo de Ministros un Informe Final dentro del plazo a que se refiere el artículo precedente.
Artículo 9.- De las labores de los representantes El desarrollo de las funciones de los representantes que integran o participan en la comisión multisectorial de naturaleza temporal adscrita al Ministerio de Salud, que tendrá por objeto revisar el sistema remunerativo del Sector Salud y proponer una nueva política integral de remuneraciones de los servidores médicos, profesionales de la salud y personal asistencial del sector salud, no tiene carácter oneroso.
Artículo 10.- Gastos de la Comisión El cumplimiento de las funciones de la Comisión Multisectorial y de la Secretaría Técnica, no demandará recursos adicionales al Tesoro Público.
Artículo 11.- Del Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, y por los Ministros de Economía y Finanzas y de Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa Encargado de Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Agricultura Encargado del Despacho del Ministerio de Economía y Finanzas MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud
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