2/08/2013

Resolución Ministerial N° 063-2013 MTC/02 Reclasifican jerarquía de las Rutas Departamentales o Regionales N°s. PU-110

Reclasifican jerarquía de las Rutas Departamentales o Regionales N°s. PU-110 y un Tramo de PU-109, asignándole el Código PE-34 L TRANSPORTES Y COMUNICACIONES RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 063-2013 MTC/02 Lima, 4 de febrero de 2013 VISTO: El Memorándum N° 209-2013-MTC/14 de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, sobre la reclasificación de las Rutas Departamentales o Regionales PU-110 y un Tramo de PU - 109, como parte integrante de la Red Vial Nacional; y, CONSIDERANDO: Que,
Reclasifican jerarquía de las Rutas Departamentales o Regionales N°s. PU-110 y un Tramo de PU-109, asignándole el Código PE-34 L

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 063-2013 MTC/02


Lima, 4 de febrero de 2013
VISTO:

El Memorándum N° 209-2013-MTC/14 de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, sobre la reclasificación de las Rutas Departamentales o Regionales PU-110 y un Tramo de PU - 109, como parte integrante de la Red Vial Nacional; y,
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 4° del Reglamento de Jerarquización Vial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2007-MTC y modificado por Decreto Supremo N° 006-2009-MTC, establece que el Sistema Nacional de Carreteras (SINAC) se jerarquiza en tres redes viales: Red Vial Nacional, Red Vial Departamental o Regional y Red Vial Vecinal o Rural, señalando que la Red Vial Nacional corresponde a las carreteras de interés nacional conformada por los principales ejes longitudinales y transversales, que constituyen la base del SINAC, que sirve como elemento receptor de las carreteras Departamentales y Vecinales;

Que, el artículo 15° del citado Reglamento señala que el Clasificador de Rutas, es el documento oficial del SINAC;

Que, según lo dispuesto en el artículo 9° del Reglamento mencionado, corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), a través de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, efectuar la clasificación de las carreteras que conforman el SINAC, en aplicación de los criterios establecidos en su artículo 8°; estableciendo en su artículo 10° que las autoridades competentes establecidas en el artículo 6°, entre las cuales se encuentran los Gobiernos Regionales, podrán proponer de común acuerdo la reclasificación de las carreteras de cualquiera de las Redes Viales del SINAC, ubicadas en el ámbito de su jurisdicción, con el correspondiente sustento técnico y en concordancia con los criterios establecidos, la cual será aprobada por el MTC mediante Resolución Ministerial e incorporada al Clasificador de Rutas y al Registro Nacional de Carreteras (RENAC);

Que, mediante el Decreto Supremo N° 036-2011-MTC se aprueba la actualización del Clasificador de Rutas del SINAC, en el cual se señala, entre otros, la trayectoria de la Ruta N° PU - 109 y la trayectoria de la Ruta N° PU
– 110;

Que, mediante Oficios N°s. 1622 y 2202-2012-GR-PUNO/PR el Presidente Regional del Gobierno Regional de Puno solicita la reclasificación definitiva de la ruta departamental en el Tramo: Desvío Pampilla
- Ananea - Trapiche - Suches - Cojata - Vilque Chico, como ruta nacional, señalando que dicha reclasificación permitirá interconectar al país a través de la Carretera Interoceánica con el país de Bolivia; lo que generará una buena transitabilidad de vehículos de pasajeros y carga hacia los mercados internacionales, nacionales y regionales; además de permitir la comercialización de productos extraídos de nuestra selva, que conjuntamente con los proyectos productivos que vienen desarrollando se convertirá en un importante instrumento de inclusión social y desarrollo;

Que, con Oficio N° 830-2012-MTC/14 el Director General de Caminos y Ferrocarriles, indica que según lo establecido en el Decreto Supremo N° 036-2011-MTC que aprueba la actualización del Clasificador de Rutas del SINAC, la carretera cuya reclasificación se solicita se encuentra conformada por dos rutas departamentales o regionales de Códigos N° PU-109 (Tramo) y N° PU-110;

Que, mediante el Memorándum N° 133-2013-MTC/20 del Director Ejecutivo de PROVÍAS NACIONAL y del Informe N° 002-2013-MTC/20.7/BEH de la Unidad Gerencial de Conservación, se emite opinión favorable respecto a la reclasificación definitiva de la Ruta PU - 110 y reclasificación definitiva de un Tramo de la Ruta PU - 109, solicitada por el Gobierno Regional de Puno, señalando que cumplen con los criterios indicados en los numerales 3 y 4 del artículo 8° del Reglamento de Jerarquización Vial;

Que, mediante documento del Visto, la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles da su conformidad al Informe N° 028-2013-MTC/14.07 de la Dirección de Caminos, en el cual se señala que la reclasificación de la Carretera, conformada por las Rutas Departamentales o Regionales de Códigos N° PU-109 (Tramo) y N° PU-110, cumple con los criterios de jerarquización vial para ser incorporada en la Red Vial Nacional, que establecen los numerales 3 y 4 del artículo 8° del Reglamento de Jerarquización Vial, que consisten en interconectar dos o más carreteras de la Red Vial Nacional, al estar uniendo la Ruta Nacional PE - 34 H y PE - 34 I, así como soportar regularmente el tránsito de larga distancia nacional o internacional de personas y/o mercancías, facilitando el intercambio comercial interno o del comercio exterior;
quedando definidas su trayectoria de acuerdo al siguiente detalle:

PE - 34 L
Trayectoria: Emp. PE - 34 H (Chaquiminas) - Ananea
- Pampablanca - Apacheta - Suches - Puñuni - Cojata -Huaychune - Sorocoto - Vilque Chico - Emp. PE - 34 I
(Coasia).

Como resultado de la conformación de dicha Ruta Nacional, la Ruta Departamental o Regional queda modificada en su trayectoria de la siguiente manera:

Ruta N° PU - 109
Trayectoria: Emp. PE - 34 H (Yanahuaya) - Purumpata
- San Lorenzo - Quiaca - Sina - Lusuni - Abra Iscaycruz
- Abra Callahuanca - Emp. PE - 34 L (Suches).

Que, en consecuencia, de acuerdo con lo actuado, debe disponerse la reclasificación de las Rutas Departamentales o Regionales solicitadas por el Gobierno Regional de Puno;

De conformidad con la Ley N° 29370, y los Decretos Supremos N° 017-2007-MTC, N° 006-2009-MTC, N° 036-2011-MTC y N° 021-2007-MTC;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Reclasificar en forma definitiva la jerarquía de las Rutas Departamentales o Regionales Nos. PU -110 y un Tramo de PU - 109, como parte integrante de la Red Vial Nacional, asignándole el Código PE - 34 L de siguiente manera:

PE - 34 L
Trayectoria: Emp. PE - 34 H (Chaquiminas) - Ananea
- Pampablanca - Apacheta - Suches - Puñuni - Cojata -Huaychune - Sorocoto - Vilque Chico - Emp. PE - 34 I
(Coasia).

Artículo 2°.- Como consecuencia de la reclasificación dispuesta por el artículo 1° de la presente Resolución Ministerial, la Ruta Departamental o Regional PU - 109 adopta la siguiente trayectoria:

Ruta N° PU - 109
Trayectoria: Emp. PE - 34 H (Yanahuaya) - Purumpata
- San Lorenzo - Quiaca - Sina - Lusuni - Abra Iscaycruz
- Abra Callahuanca - Emp. PE - 34 L (Suches).

Artículo 3°.- La Dirección General de Caminos y Ferrocarriles deberá actualizar el Mapa Vial incorporando las modificaciones dispuestas por los artículos 1° y 2° de la presente Resolución Ministerial, en el Clasificador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras – SINAC.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ
Ministro de Transportes y Comunicaciones

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