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Resolución Ministerial N° 084-2013-PRODUCE Crean Área Especializada Colegiada Transitoria de Pesquería y Área Especializada
2/28/2013
Resolución Ministerial N° 084-2013-PRODUCE Crean Área Especializada Colegiada Transitoria de Pesquería y Área Especializada
Crean Área Especializada Colegiada Transitoria de Pesquería y Área Especializada Unipersonal Transitoria de Pesquería en el Consejo de Apelación de Sanciones del Ministerio PRODUCE RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 084-2013-PRODUCE Lima, 21 de febrero de 2013 VISTOS: El Memorando N° 004-2013-PRODUCE/CONAS-PRE del Consejo de Apelación de Sanciones; Memorando N° 0007-2013-PRODUCE/DGP de la Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero; Memorando N° 0185-2013-PRODUCE/OGPP de la Oficina General
PRODUCE
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 084-2013-PRODUCE
Lima, 21 de febrero de 2013
VISTOS: El Memorando N° 004-2013-PRODUCE/CONAS-PRE del Consejo de Apelación de Sanciones;
Memorando N° 0007-2013-PRODUCE/DGP de la Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero; Memorando N° 0185-2013-PRODUCE/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; Memorando N° 0633-2013-PRODUCE/SG de la Secretaría General; y el Informe N° 023-2013-PRODUCE-OGAJ-cmorenov de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en la Septuagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, se faculta al Ministerio de la Producción, aprobar mediante Resolución Ministerial sus documentos de gestión para mejorar la eficiencia y eficacia de sus procesos internos;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE, del 23 de julio de 2012, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, en adelante el ROF, disponiéndose en su artículo 119 que el Consejo de Apelación de Sanciones –
CONAS (antes Comité de Apelación de Sanciones), evalúa y resuelve, en segunda y última instancia administrativa, los recursos de apelación interpuestos contra las resoluciones sancionadoras del Sector, así como también los procedimientos de fraccionamiento y otros beneficios para el pago de multas, conforme a la normatividad vigente;
Que, de acuerdo con el literal d) del artículo 26 del Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuícolas – RISPAC, aprobado por Decreto Supremo No.
016-2007-PRODUCE, el CONAS conoce a nivel nacional, como segunda y última instancia administrativa, los procedimientos sancionadores iniciados en la Dirección General de Sanciones (antes Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia – DIGSECOVI), así como los regímenes de incentivos en el pago de las multas;
Que, el Consejo de Apelación de Sanciones está constituido por dos Áreas Especializadas; una en Pesquería y otra en materia de Industria. La designación de sus miembros titulares y suplentes se efectuará mediante Resolución Ministerial;
Que, para el cumplimiento de sus actividades, contará además con un Secretario Técnico;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 375-2012-PRODUCE, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 15 de agosto de 2012, se designaron presidentes, miembros titulares y suplentes de las Áreas Especializadas de Pesquería y de Industria del CONAS. De igual manera, se encargó las funciones de la Secretaría Técnica;
Que, en materia de pesquería, el CONAS cuenta con una excesiva carga procedimental que dificulta que el área especializada de pesquería pueda resolver los procedimientos administrativos sancionadores pendientes de pronunciamiento;
Que, teniendo en cuenta el principio de celeridad contemplado en el numeral 1.9 del artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, es indispensable dotar al Consejo de Apelación de Sanciones de una estructura funcional necesaria para un desarrollo eficaz de sus competencias;
Que, en consecuencia resulta pertinente crear dos áreas especializadas transitorias de pesquería y designar a los miembros que las integrarán;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Pesquería, de la Secretaría General y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1047,
Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Resolución Ministerial N° 343-2012- PRODUCE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Crear dos (02) áreas especializadas transitorias de pesquería en el Consejo de Apelación de Sanciones del Ministerio de la Producción, conforme al siguiente detalle:
- Área Especializada Colegiada Transitoria de Pesquería.
- Área Especializada Unipersonal Transitoria de Pesquería.
Artículo 2.- Designar al abogado CARLOS EDUARDO SILVA OLIVA como miembro titular y Presidente, a la abogada VERÓNICA CAROLA CABALLERO GONZÁLES y a la ingeniera BEATRIZ MERCEDES CASTRO MARTÍNEZ como miembros titulares del Área Especializada Colegiada Transitoria de Pesquería del Consejo de Apelación de Sanciones del Ministerio de la Producción, en adición a las funciones que actualmente desempeñan. Asimismo, a la abogada ANGELA MARÍA TAFUR BOULLOSA y al ingeniero IVÁN ENRIQUE MALAVER ARAUJO en calidad de miembros suplentes de la citada Área Especializada, en adición a las funciones que actualmente desempeñan.
Artículo 3.- Encargar la Presidencia del Área Especializada Unipersonal Transitoria de Pesquería del Consejo de Apelación de Sanciones al Director General del Consejo de Apelación de Sanciones del Ministerio de la Producción, abogado ROBERTO GERMÁN VÉLEZ SALINAS, en adición a las funciones que actualmente desempeña, hasta la designación del titular de dicha Área Unipersonal y al abogado CARLOS EDUARDO SILVA OLIVA como suplente en adición a sus funciones.
Artículo 4.- Designar al abogado JORGE ENRIQUE GUILLERMO BERRIOS ALLISON como Secretario Técnico del Área Especializada Colegiada Transitoria de Pesquería del Consejo de Apelación de Sanciones del Ministerio de la Producción y al abogado DANTE FRANCISCO GIRIBALDI MEDINA como Secretario Técnico del Área Especializada Unipersonal Transitoria de Pesquería del Consejo de Apelación de Sanciones del Ministerio de la Producción, en adición a las funciones que actualmente desempeñan.
Artículo 5.- Instrúyase al Director General del Consejo de Apelación de Sanciones del Ministerio de la Producción para que en un plazo no mayor de treinta (30) días hábiles, apruebe las medidas destinadas a la descarga procedimental y efectúe la implementación, supervisión y seguimiento de las metas, evolución e indicadores de gestión del Área Especializada de Pesca conforme al Plan Operativo Institucional, dando cuenta al Despacho Ministerial de manera trimestral.
Artículo 6.- Disponer que el Director General del Consejo de Apelación de Sanciones del Ministerio de la Producción, en un plazo no mayor de treinta (30) días hábiles, presente un proyecto de Reglamento Interno del CONAS para su aprobación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GLADYS TRIVEÑO CHAN JAN
Ministra de la Producción
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