2/06/2013

Resolución N° 007-2013/SBN-DGPE-SDAPE Disponen la primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos

Disponen la primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos ubicados en los departamentos de Ica y Lima SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES RESOLUCIÓN N° 007-2013/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 29 de enero de 2013 Visto, el Expediente N° 314-2012/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 150 000,25 m², ubicado en el denominado sector Pozuelo Norte, distrito
Disponen la primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos ubicados en los departamentos de Ica y Lima SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
RESOLUCIÓN N° 007-2013/SBN-DGPE-SDAPE


San Isidro, 29 de enero de 2013
Visto, el Expediente N° 314-2012/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 150
000,25 m², ubicado en el denominado sector Pozuelo Norte, distrito de El Carmen, provincia de Chincha, departamento de Ica; y,
CONSIDERANDO:

Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales
– SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley N° 29151,
Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA;

Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno eriazo de 150 000,25 m², ubicado en el denominado sector Pozuelo Norte, distrito de El Carmen, provincia de Chincha, departamento de Ica, que se encontraría libre de inscripción registral;

Que, realizada la inspección técnica el 09 de julio de 2012, se verificó que el terreno es de naturaleza eriaza y se encuentra próximo al mar, con pendiente ligeramente inclinada, al que se accede a través de vías afirmadas que provienen de la carretera Panamericana Sur;

Que, mediante Certificado de Búsqueda Catastral de fecha 31 de julio de 2012, emitido en base al Informe Técnico N° 1491-2012-ZRXI/OC-CHINCHA-R de fecha 17 de julio de 2012, de la Oficina de Catastro de la Zona Registral N° XI – Sede Ica, se informó que el terreno en consulta no se encuentra superpuesto gráficamente con predios inscritos e incorporados en la base gráfica con la que cuenta dicha sede. Asimismo, el predio se encuentra dentro de la zona de dominio restringido: Faja de 200 m, con característica de restricción relativa;

Que, el artículo 23° de la Ley N° 29151, establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, cuya inmatriculación compete a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales;

Que, el artículo 2° del Decreto Supremo N° 010-2008-VIVIENDA, establece que la inmatriculación de la Zona de Playa Protegida y de los terrenos de propiedad estatal ubicados en la Zona de Dominio Restringido en el Registro de Predios, se efectuará mediante Resolución de la SBN;

Que el artículo 39° del Reglamento de la Ley N° 29151 aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVENDA, dispone que la inmatriculación en el Registro de Predios de los predios ubicados en zona de playa y de los terrenos de propiedad estatal ubicados en la zona de dominio restringido corresponde a la SBN, la que deberá disponerse mediante resolución, y que conjuntamente con la memoria descriptiva y el plano perimétrico – ubicación que la sustente, constituyen título suficiente para todos los efectos legales;

Que, el terreno en cuestión se sitúa en zona de dominio restringido que constituye bien de dominio público, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 150 000,25 m², de conformidad con los artículos 38° y 39° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, concordado con el artículo 2° del Decreto Supremo N° 010-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, aprobada por Resolución N° 011-2002/SBN, modificada por la Directiva N° 003-2004/SBN, aprobada por Resolución N° 014-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado;

Que, los literales a) y p) del artículo 44° del Reglamento de Organización y Funciones de la SBN, aprobado por Decreto Supremo N° 016-2010-VIVIENDA del 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo competencia de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, así como a emitir resoluciones en materias de su competencia;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29151,
Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; y,
Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal N° 0256-2012/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 17 de diciembre de 2012;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 150 000,25 m², ubicado en el denominado sector Pozuelo Norte, distrito de El Carmen, provincia de Chincha, departamento de Ica, de acuerdo al plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.

Artículo 2°.- La Zona Registral N° XI - Sede Ica de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno antes descrito en el Registro de Predios de la Oficina Registral de Chincha.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS GARCÍA WONG
Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal

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