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Resolución Ministerial N° 097-2013-EF/15 Modifican índices de distribución de los recursos que se recauden durante
3/29/2013
Resolución Ministerial N° 097-2013-EF/15 Modifican índices de distribución de los recursos que se recauden durante
Modifican índices de distribución de los recursos que se recauden durante el Año Fiscal 2013 correspondientes al 2% de la Participación en Rentas de Aduanas, aprobados mediante R.M. N° 050-2013-EF/15, correspondiente a los distritos de las provincias de Ayabaca y Paita del departamento de Piura ECONOMIA Y FINANZAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 097-2013-EF/15 Lima, 26 de marzo de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29991 se creó el distrito Veintiséis de Octubre, en la provincia de Piura
ECONOMIA Y FINANZAS
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 097-2013-EF/15
Lima, 26 de marzo de 2013
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 29991 se creó el distrito Veintiséis de Octubre, en la provincia de Piura del departamento de Piura; asimismo, la citada Ley delimitó y redelimitó dicha provincia y los distritos Castilla, Catacaos,
Cura Mori, El T allán, La Arena, La Unión, Las Lomas, Piura y Tambo Grande, en el departamento de Piura;
Que, la Ley N° 27555, Ley que autoriza la reasignación y aplicación de recursos en los nuevos distritos creados, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas a reasignar los recursos de la Participación en Rentas de Aduanas a los nuevos distritos creados, estableciendo que dicha reasignación implica la modificación de los índices de distribución y transferencia de los montos que correspondan a cada circunscripción resultante;
Que, el Reglamento de la Ley N° 27555, aprobado por el Decreto Supremo N° 031-2002-EF, contempla los procedimientos para la reasignación prevista en la citada Ley y dispone que la distribución de los recursos obtenidos por Rentas de Aduanas es específica a ciertas circunscripciones territoriales y según lo establecido en sus normas correspondientes, por lo tanto, sólo se reasignan cuando la creación de nuevos distritos afecte a circunscripciones territoriales que ya recibían asignaciones por estas fuentes de ingresos. Asimismo, dispone que los índices de distribución recalculados para los nuevos distritos serán aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas, en función a la información que proporcione el Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI y otras dependencias responsables;
Que, el literal b) del numeral 15.5 del artículo 15° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, en concordancia con lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Resolución Ministerial N° 223-2011-EF/43 que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, establece que los
Índices de Distribución de la Participación en la Renta de Aduanas son aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Resolución Ministerial sobre la base de los cálculos que para tal efecto formule la Dirección General de Descentralización Fiscal y Asuntos Sociales de este Ministerio, considerando los criterios establecidos en el marco legal correspondiente;
Que, sobre la base de la información proporcionada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI mediante Oficio N° 255-2013-INEI/DTDIS, la Dirección General de Descentralización Fiscal y Asuntos Sociales del Ministerio de Economía y Finanzas ha procedido a realizar los cálculos correspondientes para la modificación de los índices de distribución de la Participación en Rentas de Aduanas de las provincias de Ayabaca y Paita del departamento de Piura del año fiscal 2013, aprobados mediante la Resolución Ministerial N° 050-2013-EF/15, según lo indicado en el Informe N° 030-2013-EF/64.03;
Que, en virtud de lo señalado en los considerandos precedentes, resulta necesario modificar los índices de distribución de la Participación en la Renta de Aduanas correspondientes al Año Fiscal 2013;
De conformidad con lo establecido por la Ley N° 27555, su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N°031-2002-EF, y el literal b) del numeral 15.5 del artículo 15° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Modificar los índices de distribución de los recursos que se recauden durante el Año Fiscal 2013 correspondientes al 2% de la Participación en Rentas de Aduanas, aprobados mediante la Resolución Ministerial N° 050-2013-EF/15, correspondiente a los distritos que conforman las provincias de Ayabaca y Paita del departamento de Piura, de acuerdo al Anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2°.- La presente Resolución Ministerial y su respectivo Anexo serán publicados en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas ANEXO
ÍNDICES DE DISTRIBUCIÓN DE LA PARTICIPACIÓN EN RENTA
DE ADUANAS
MUNICIPALIDADES RESTO DEL PAÍS
AÑO FISCAL 2013
DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO INDICES
PIURA AYABACA 1.0000000000
AYABACA 0.1893720213
DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO INDICES
FRIAS 0.1290498582
JILILI 0.0600571473
LAGUNAS 0.0738676930
MONTERO 0.0720457321
PACAIPAMPA 0.1395246208
PAIMAS 0.0850753554
SAPILLICA 0.0891008225
SICCHEZ 0.0563093053
SUYO 0.1055974441
PAITA 1.0000000000
PAITA 0.3961956520
AMOTAPE 0.0839671342
ARENAL 0.0752031724
COLAN 0.1184695604
LA HUACA 0.1420538207
TAMARINDO 0.0895729796
VICHAYAL 0.0945376807
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