Inicio
Organismos Tecnicos Especializados
Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria
Resolución de Superintendencia 141-2013/SUNAT Modifican formularios a fin de facilitar la presentación de la Información
4/30/2013
Resolución de Superintendencia 141-2013/SUNAT Modifican formularios a fin de facilitar la presentación de la Información
Modifican formularios a fin de facilitar la presentación de la Información Sumaria que se debe adjuntar a los recursos de reclamación y apelación que se presentan ante las dependencias de la SUNAT SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 141-2013/SUNAT Lima, 29 de abril de 2013 CONSIDERANDO: Que los artículos 137° y 146° del T exto Único Ordenado (TUO) del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo N° 135-99-EF establecen
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 141-2013/SUNAT
Lima, 29 de abril de 2013
CONSIDERANDO:
Que los artículos 137° y 146° del T exto Único Ordenado (TUO) del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo N° 135-99-EF establecen que los deudores tributarios al interponer los recursos de reclamación o de apelación deberán adjuntar a los escritos correspondientes la hoja de información sumaria, de acuerdo al formato que hubiera sido aprobado mediante Resolución de Superintendencia;
Que mediante la Resolución de Superintendencia N° 083-99/SUNAT y modificatorias se aprobaron los Formularios Números 6000 y 6001 que deben ser utilizados para la presentación de los recursos de reclamación y apelación que se interpongan contra los actos notificados por la SUNAT y que se rijan por lo dispuesto en el TUO del Código Tributario, por disposición expresa del mismo o por remisión de otros dispositivos a la regulación del procedimiento contencioso y no contencioso contenida en dicho Código;
Que se ha visto por conveniente optimizar el diseño de los formularios antes mencionados a fin de facilitar la presentación de la información sumaria que debe acompañar a los recursos de reclamación y apelación a presentar ante la SUNAT;
Que de otro lado, es conveniente integrar los procesos impugnatorios contra los actos administrativos respecto de tributos internos y aduaneros, a fin de hacer eficiente el proceso de recepción y evaluación de la admisibilidad de los recursos antes mencionados y con ello permitir a la SUNAT agilizar el proceso de resolución de expedientes y la sistematización de los recursos impugnativos, siendo necesario para tal efecto la modificación de los Formularios Números 6000 y 6001;
En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 137° y 146° del TUO del Código Tributario, el artículo 5° de la Ley N° 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, el artículo 11° del Decreto Legislativo N° 501 y el inciso q) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo N° 115-2002-PCM y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- REFERENCIA Para efecto de la presente norma, se entiende por Resolución a la Resolución de Superintendencia N° 083-99/SUNAT.
Artículo 2°.- DE LOS FORMULARIOS Sustitúyase el segundo párrafo del artículo 1° de la Resolución, por el siguiente texto:
'Artículo 1°.- DE LOS FORMULARIOS
(...)
Los referidos formularios estarán a disposición de los recurrentes en el Portal SUNAT en la Internet (http://www. sunat.gob.pe).
Artículo 3°.- DE LOS DATOS CONSIGNADOS EN LA HOJA DE INFORMACIÓN SUMARIA Sustitúyase el artículo 2° de la Resolución, por el siguiente texto:
'Artículo 2°.- DE LOS DATOS CONSIGNADOS EN LA
HOJA DE INFORMACIÓN SUMARIA
Los datos consignados en la Hoja de Información Sumaria correspondientes al recurrente y al representante legal o apoderado, sólo tendrán efectos para el procedimiento contencioso de reclamación o de apelación, por lo que en ningún caso modificarán los datos registrados en el Registro Único de Contribuyentes (RUC)'.
Artículo 4°.- DE LA HOJA DE INFORMACIÒN SUMARIA Y ANEXO Sustitúyase el artículo 3° de la Resolución, por el siguiente texto:
A la Hoja de Información Sumaria y a su Anexo se les aplicarán las siguientes reglas:
a) La información consignada en la Hoja de Información Sumaria necesariamente deberá coincidir con la información detallada por el recurrente en el escrito de reclamación o de apelación.
b) El domicilio procesal consignado, en caso de diferir del domicilio fiscal del recurrente, deberá estar ubicado en el radio urbano fijado por la SUNAT, que corresponda a la dependencia de la SUNAT encargada de la resolución del procedimiento.
Tratándose de reclamaciones contra resoluciones que establezcan sanciones de comiso de bienes, internamiento temporal de vehículos, cierre temporal de establecimiento u oficina de profesionales independientes, así como de las resoluciones que las sustituyan, el recurrente podrá señalar domicilio procesal dentro del radio urbano fijado para la dependencia que realizó la intervención. Igual disposición será aplicable al recurso de apelación que se interponga contra la resolución que resuelve la referida reclamación o contra la resolución ficta que desestima la reclamación, en su caso.
c) Si la cantidad de órdenes de pago, liquidaciones de cobranza o resoluciones impugnadas es mayor a tres (3), el recurrente tributario deberá llenar tantos Anexos (Formulario 6001) como sean necesarios.
d) En una misma Hoja de Información Sumaria no se podrá consignar conjuntamente, los datos relativos a la impugnación de:
1. Resoluciones de diversa naturaleza, tales como órdenes de pago, resoluciones de multa, resoluciones de determinación, resoluciones de multa administrativas que de acuerdo a las normas vigentes pueden ser objeto del recurso de reclamación o de apelación u otros actos emitidos por la SUNAT no vinculados directamente entre sí;
2. Resoluciones fictas sobre solicitudes no contenciosas vinculadas a la determinación de la obligación tributaria, con los de órdenes de pago, resoluciones notificadas y liquidaciones de cobranza;
3. Resoluciones que establezcan sanciones de comiso de bienes, internamiento temporal de vehículos, cierre temporal de establecimiento u oficina de profesionales independientes, así como las resoluciones que las sustituyan; con los de órdenes de pago, resoluciones notificadas y liquidaciones de cobranza.
Se deberá presentar un Formulario 6000 para cada uno de los casos a que se refiere el presente literal.
e) Al presentar un recurso de reclamación el recurrente deberá consignar en la Hoja de Información Sumaria, lo siguiente:
1. El número de la orden de pago o resolución reclamada.
En el caso de actos referidos a materia aduanera que pueden ser objeto de recurso de reclamación, el número de la orden de pago o de la resolución reclamada y/o de la liquidación de cobranza, de corresponder.
2. Tratándose de la resolución ficta denegatoria de una solicitud no contenciosa vinculada a la determinación, el número de orden del formulario o el número de recepción asignado por la Unidad de Recepción documental a la solicitud no contenciosa.
3. En el caso de la reclamación contra una resolución que resuelve una solicitud de devolución, el número de la resolución reclamada.
f) Tratándose de un recurso de apelación el recurrente deberá consignar en la Hoja de Información Sumaria, lo siguiente 1. El número de la resolución que resuelve la reclamación, así como de las órdenes de pago o resoluciones reclamadas, en su caso. En el caso de actos referidos a materia aduanera que pueden ser objeto de recurso de apelación, el número de la orden de pago, de la resolución reclamada y/o de las liquidaciones de cobranza, de corresponder.
2. Para el caso de apelaciones de puro derecho, los números de las órdenes de pago o resoluciones apeladas.
De tratarse de actos referidos a materia aduanera que pueden ser objeto del mencionado recurso, el número de la orden de pago, de la resolución apelada y/o de las liquidaciones de cobranza, de corresponder.
3. El número del expediente de reclamación en el caso de apelaciones de resoluciones fictas que desestiman la reclamación.
4. El número de la resolución apelada en el caso de apelaciones contra resoluciones que resuelven solicitudes no contenciosas vinculadas a la determinación de la obligación tributaria, distintas a las solicitudes de devolución.
g) Si la reclamación o apelación que se efectúa contra una resolución, orden de pago o liquidación de cobranza, se realiza de manera parcial, se deberá indicar el monto de la deuda que se impugna y acreditar que se ha abonado la parte de la deuda no reclamada o apelada, actualizada hasta la fecha en que se realice el pago, señalando en el Formulario 6000 ó 6001 y en el escrito el número de la boleta de pago, liquidación de cobranza o documento utilizado.
h) Si la reclamación o apelación se interpone extemporáneamente, deberá acreditarse que se ha abonado la totalidad de la deuda impugnada actualizada hasta la fecha en que se realice el pago o presentar Carta Fianza bancaria o financiera que garantice el pago de la misma, de acuerdo con lo señalado en los artículos 137° y 146° del Código Tributario cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado por el Decreto Supremo N° 135-99-EF. En caso que el recurrente tributario desee respaldar el pago empleando la garantía a que se refiere el artículo 160° de la Ley General de Aduanas, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1053 y modificatorias, deberá indicar tal situación.
Artículo 5°.- MODIFICACIÓN DE LOS ANEXOS DE LA RESOLUCIÓN Sustitúyase los anexos aprobados por el artículo 1° de la Resolución, por los textos contenidos en los anexos que se aprueban con la presente norma:
- Formulario 6000: Hoja de Información Sumaria y,
- Formulario 6001: Anexo Hoja de Información Sumaria.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
Única.- VIGENCIA
La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
TANIA QUISPE MANSILLA
Superintendente Nacional 31
9 2
32 33 TELÉFONO
34 35 FAX 36
37 MARCARCONUNASPA(X)
I.TIPODERECURSO
II.DOMICILIOPROCESAL(OPCIONAL)
38 DEPARTAMENTO 39 PROVINCIA 40 DISTRITO 41 URBANIZACIÓN,PUEBLOJOVEN,ETC.
42 AVENIDA,JIRÓN,CALLE,PASAJE,ETC 43 N°/Km/Mz 44 Interior/Dpto./Lote III.REPRESENTANTELEGALOAPODERADO
45 46 47 TELÉFONO 48 FAX
49
IV.ÓRDENESDEPAGO,LIQUIDACIONESDECOBRANZAORESOLUCIONESIMPUGNADAS
50 51 52 53
54
MONEDA
1.Reclamación 2.Apelación APELLIDOSYNOMBRES,DENOMINACIÓNORAZÓNSOCIAL
CORREOELECTRÓNICO
FORMULARIO
6000
RECLAMACIÓN
NÚMERODELAORDENDEPAGO, LIQUIDACIÓNDE
TIPOYN°DEDOCUMENTODEIDENTIDAD APELLIDOSYNOMBRES
OTRASOLICITUD
SELLOYFIRMADERECEPCIÓN
HOJADEINFORMACIÓNSUMARIA
N°RUCDELDEUDOR TRIBUTARIO
DISTRIBUCIÓNGRATUITA PROHIBIDASUVENTA
RECLAMACIÓNOAPELACIÓN
01de02
¿ElrepresentantelegaloapoderadoseencuentraregistradoenelRUCvigentedeldeudortributariofiSÍ ( ) NO ( )
USOSUNAT
NÚMERODEEXPEDIENTEDERECLAMACIONOSOLICITUDPRESENTADAQUEMOTIVÓLARESOLUCIÓNFICTADENEGATORIA IMPUGNACIÓNDERESOLUCIONFICTADENEGATORIA
Marcarconunaspa(x)siseimpugnaunaresoluciónficta (
)
Simarcóconaspa,llenarelrecuadrodeladerechaque corresponda SOLICITUDDEDEVOLUCIÓN
55 56
57 58
59 60 61
62
63
64 65
66 67
68 69 70
71
72
73 74
75 76
77 78 79
80
MONEDA
(S/oUS$)
NÚMERODELAORDENDEPAGO, LIQUIDACIÓNDE COBRANZAORESOLUCIÓN
MONTO
NOTIFICADO
PAGADO
IMPUGNADO
MONTO IMPORTETOTAL
NÚMERODEBOLETAOLIQUIDACIÓNDECOBRANZACORRESPONDIENTEALA CANCELACIÓNDEMONTONOIMPUGNADO
Marcarconunaspa(x)encasodeunaimpugnaciónparcial ( ) PAGADO IMPUGNADO NÚMERODELAORDENDEPAGO,LIQUIDACIÓNDE COBRANZAORESOLUCIÓN IMPORTETOTAL Marcarconunaspa(x)encasodeunaimpugnaciónparcial ( )
NÚMERODEBOLETAOLIQUIDACIÓNDECOBRANZACORRESPONDIENTEALA CANCELACIÓNDEMONTONOIMPUGNADO
NOTIFICADO
MONEDA
(S/oUS$)
Marcarconunaspa(x)encasodeunaimpugnaciónparcial ( ) PAGADO NÚMERODEBOLETAOLIQUIDACIÓNDECOBRANZACORRESPONDIENTEALA CANCELACIÓNDEMONTONOIMPUGNADO NÚMERODELAORDENDEPAGO,LIQUIDACIÓNDE COBRANZAORESOLUCIÓN MONTO MONEDA
(S/oUS$)
IMPORTETOTAL
NOTIFICADO
IMPUGNADO
V.RELACIÓNDEDOCUMENTOSQUESEACOMPAÑAN
81 88
82 89
83 90
84 91
85 92
86 93
87 94
95
VI. 96
VII.DATOSDELABOGADO
97 Apellidos 98 Nombres 99 N°Registro 100 N°deRUC
101 Teléfono 102 ColegiodeAbogadosde VIII.MOTIVODELAIMPUGNACIÓN(Marcarconunaspa"X")
Copiadelaorden(es)depago,resolución(es),liquidación(es)de cobranzaimpugnada(s)
Copia documentoqueacreditelahabilitacióndelabogado Númerototaldefolios GARANTÍA(aplicableenelámbitoaduanero)
NO ( )
¿Ofrececomorespaldodelpagodeladeuda,lagarantíaaceptadapreviaala numeracióndelaDeclaración?(artículo160°delaLeyGeneraldeAduanas)
SI( )
02de02
Documentosqueseacompañan:
Escritofundamentado Podervigenteysuficientequeacreditelacalidadderepresentante legaloapoderado Copiadelaboleta,liquidacióndecobranzaoconstanciadepagodela deudatributarianoimpugnada Copiadelaboleta,liquidacióndecobranzaoconstanciadepagodela deudatributariaimpugnada CartaFianzabancariaofinanciera FORMULARIO
6000
NotificacióndeO P liquidacióndecobranzaoresolución Otrosdocumentos:
ADUANERAS TRIBUTARIAS
103 123
104 124
105 125
106 126
107 127
108 128
109 129
110 130
111 131
112 132
113 133
114 134
115 135
116 136
117 137
118 138
119 139
120 140
121 141
122 142
FIRMADELABOGADO
Vinculadoapérdidadefraccionamiento.
Relacionadoaladeterminacióndetributosefectuadaporla SUNAT Relacionadoalaimputacióndepagos Inaplicacióndenormalegalqueaumentaderechosarancelarios Inconstitucionalidaddeltributo Asociadoasolicituddedevolución Asociadoasolicituddeprescripción Asociadoaexoneracioneseinafectaciones.
Discrepanciaconlainfraccióndeterminada Discrepanciaconresultadodelafiscalización Presentósolicituddemodificacióndedatos Vinculadoapérdidadefraccionamiento Asociadoainafectacionesoexoneraciones Presentódeclaraciónrectificatoria Asociadoapagoconsaldodeingresoporrecaudacióndecuenta detracciones NotificacióndeO.P.,liquidacióndecobranzaoreso lución impugnada Asociadoaladevoluciónporpagosindebidosoenexceso AsociadoaRestitucióndeDerechosArancelarios Asociadoaprescripción Asociadoapagosnoreconocidos NotificacióndelaO.P.odelaresoluciónimpugnada Discrepanciaconelajustedelvalor Relacionadoamercancíanodeclaradayencontrada Declaraciónrectificatoriadeperiodoanteriorsurtióefecto Noseconsiderandatosdeladeclaraciónjurada DiscrepanciaconsanciónimpuestaprevistaenlaLeyGeneralde Aduanas DiscrepanciaconsanciónimpuestaprevistaenlaLeydeLos DelitosAduaneros Asociadoaacogimientoalrégimendeincentivosodegradualidad Asociadoaacogimientoalrégimendeincentivosodegradualidad Asociadoaresponsabilidadsolidaria Asociadoaresponsabilidadsolidaria FIRMADELDEUDORTRIBUTARIO,REPRESENTANTELEGALOAPODERADO Asociadoaincentivosmigratorios Asociadoaclasificaciónarancelaria Relacionadoasistemasdepago.
Asociadoasolicituddecompensación Lugaryfecha Deudaprescrita.
…………………..,……...…de…………………………….de…………………….
Otros Asociadoaresolucionesqueimponganobligacionesdehacer Otros Presentósolicituddereconocimientodepagoconerror 31
9
32 33
DE
2 34
ÓRDENESDEPAGO,LIQUIDACIONESDECOBRANZAORESOLUCIONESIMPUGNADAS
35
36 37
38 39
40 41 42
43
44
45 46
47 48
49 50 51
52
53
54 55
56 57
58 59 60
61
62
63 64
65 66
67 68 69
NÚMERODELAORDENDEPAGO,LIQUIDACIÓNDECOBRANZAO RESOLUCIÓN
MONTO
MONEDA
(S/oUS$)
IMPORTETOTAL
NOTIFICADO
IMPUGNADO
Marcarconunaspa(x)encasodeunaimpugnaciónparcial ( ) PAGADO NOTIFICADO IMPUGNADO Marcarconunaspa(x)encasodeunaimpugnaciónparcial ( ) PAGADO NÚMERODEBOLETAOLIQUIDACIÓNDECOBRANZACORRESPONDIENTEALA CANCELACIÓNDEMONTONOIMPUGNADO NÚMERODELAORDENDEPAGO,LIQUIDACIÓNDECOBRANZAO RESOLUCIÓN MONTO MONEDA
(S/oUS$)
IMPORTETOTAL
NÚMERODELAORDENDEPAGO,LIQUIDACIÓNDECOBRANZAO RESOLUCIÓN
MONTO
MONEDA
(S/oUS$)
IMPORTETOTAL
NOTIFICADO
IMPUGNADO
Marcarconunaspa(x)encasodeunaimpugnaciónparcial ( ) PAGADO NÚMERODEBOLETAOLIQUIDACIÓNDECOBRANZACORRESPONDIENTEALA CANCELACIÓNDEMONTONOIMPUGNADO NOTIFICADO IMPUGNADO Marcarconunaspa(x)encasodeunaimpugnaciónparcial ( ) PAGADO NÚMERODEBOLETAOLIQUIDACIÓNDECOBRANZACORRESPONDIENTEALA CANCELACIÓNDEMONTONOIMPUGNADO DISTRIBUCIÓNGRATUITA PROHIBIDASUVENTA SELLOYFIRMADERECEPCIÓN FORMULARIO
6001
NÚMERODELAORDENDEPAGO,LIQUIDACIÓNDECOBRANZAO RESOLUCIÓN
MONTO
MONEDA
(S/oUS$)
IMPORTETOTAL
USOSUNAT
ANEXOHOJADEINFORMACIÓNSUMARIA
ANEXO
RECLAMACIÓNOAPELACIÓN
N°RUCDELDEUDORTRIBUTARIO
70
71
72 73
74 75
76 77 78
79
80
81 82
83 84
85 86 87
88
89
90 91
92 93
94 95 96
97
98
99 100
101 102
103 104 105
106
…………………..,……...…de…………………………….del…………………….
NOTIFICADO
NOTIFICADO
Lugaryfecha IMPUGNADO Marcarconunaspa(x)encasodeunaimpugnaciónparcial ( ) PAGADO NÚMERODEBOLETAOLIQUIDACIÓNDECOBRANZACORRESPONDIENTEALA CANCELACIÓNDEMONTONOIMPUGNADO NÚMERODELAORDENDEPAGO,LIQUIDACIÓNDECOBRANZAO RESOLUCIÓN MONTO MONEDA
(S/oUS$)
IMPORTETOTAL
IMPUGNADO
Marcarconunaspa(x)encasodeunaimpugnaciónparcial ( ) PAGADO NÚMERODEBOLETAOLIQUIDACIÓNDECOBRANZACORRESPONDIENTEALA CANCELACIÓNDEMONTONOIMPUGNADO MONEDA
(S/oUS$)
IMPORTETOTAL
NÚMERODELAORDENDEPAGO,LIQUIDACIÓNDECOBRANZAO RESOLUCIÓN
MONTO
MONEDA
(S/oUS$)
IMPORTETOTAL
NOTIFICADO
IMPUGNADO
Marcarconunaspa(x)encasodeunaimpugnaciónparcial ( ) PAGADO NÚMERODEBOLETAOLIQUIDACIÓNDECOBRANZACORRESPONDIENTEALA CANCELACIÓNDEMONTONOIMPUGNADO NÚMERODELAORDENDEPAGO,LIQUIDACIÓNDECOBRANZAO RESOLUCIÓN MONTO NOTIFICADO IMPUGNADO Marcarconunaspa(x)encasodeunaimpugnaciónparcial ( ) PAGADO NÚMERODEBOLETAOLIQUIDACIÓNDECOBRANZACORRESPONDIENTEALA CANCELACIÓNDEMONTONOIMPUGNADO NÚMERODELAORDENDEPAGO,LIQUIDACIÓNDECOBRANZAO RESOLUCIÓN MONTO MONEDA
(S/oUS$)
IMPORTETOTAL
NÚMERODEBOLETAOLIQUIDACIÓNDECOBRANZACORRESPONDIENTEALA CANCELACIÓNDEMONTONOIMPUGNADO
FIRMADELDEUDORTRIBUTARIO, FIRMADELABOGADO
REPRESENTANTELEGALOAPODERADO
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)