4/11/2013

Resolución Jefatural N° 124-2013/JNAC/RENIEC Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica

Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del RENIEC REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 124-2013/JNAC/RENIEC Lima, 10 de abril de 2013 VISTOS: La Hoja de Elevación N° 000109-2013/GPP/RENIEC (02ABR2013) emitido por la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe N° 000087-2013/GPP/SGR/RENIEC (02ABR2013) emitido por la Sub Gerencia de Racionalización de la Gerencia de Planificación y Presupuesto e Informe N°
Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del RENIEC

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 124-2013/JNAC/RENIEC


Lima, 10 de abril de 2013
VISTOS:

La Hoja de Elevación N° 000109-2013/GPP/RENIEC
(02ABR2013) emitido por la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe N° 000087-2013/GPP/SGR/RENIEC (02ABR2013) emitido por la Sub Gerencia de Racionalización de la Gerencia de Planificación y Presupuesto e Informe N° 000589-2013/GAJ/RENIEC
(08ABR2013) emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica;
y,
CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el segundo párrafo del artículo 183° de la Constitución Política del Estado, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil tiene a su cargo la inscripción de los nacimientos, matrimonios, divorcios, defunciones y otros actos que modifican el estado civil.

Emite las constancias correspondientes. Prepara y mantiene actualizado el padrón electoral. Proporciona al Jurado Nacional de Elecciones y a la Oficina Nacional de Procesos Electorales la información necesaria para el cumplimiento de sus funciones. Mantiene el registro de identificación de los ciudadanos y emite los documentos que acreditan su identidad;

Que por Ley N° 26497, Orgánica del RENIEC se creó el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, con arreglo a los artículos 176°, 177° y 183° de la Constitución Política del Perú, como organismo autónomo que cuenta con personería jurídica de derecho público interno, goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y financiera;

Que con Resolución Jefatural N° 245-2012/JNAC/RENIEC (03OCT2012) se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del RENIEC;

Que por Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, publicado el 26JUL2006, se establecieron los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones por parte de las Entidades de la Administración Pública;

Que, en dicha norma, se precisa adicionalmente que se hace necesario diseñar la organización con criterios de simplicidad y fiexibilidad que permitan el cumplimiento de los fines de la Entidad con mayores niveles de eficiencia y una mejor atención a los ciudadanos;

Que se ha visto por conveniente, adecuar el vigente Reglamento de Organización y Funciones de conformidad con el artículo 11° de la Ley N° 26497, Orgánica del RENIEC;

Que por otro lado, conforme a lo establecido en el artículo 6° de la Ley N° 29091 y en los artículos 3° y 5° del Reglamento de la Ley N° 29091, aprobado con Decreto Supremo N° 004-2008-PCM, el funcionario responsable, a que se refiere el artículo 5° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, debe cumplir con la publicación de diversos documentos de gestión, entre ellos, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), al día siguiente de su aprobación;

Que a fin de cumplir con las nuevas disposiciones del Reglamento de Organización y Funciones, se hace necesario otorgar un plazo de 60 días calendarios para que los órganos y unidades orgánicas implementen la organización y funciones para su cabal cumplimiento;

Que de otro lado, mediante Resolución Jefatural N° 117-2013/JNAC/RENIEC (05ABR2013), se encarga al señor Juan Carlos Moran Zegarra, Jefe del Gabinete de Asesores, el despacho administrativo de la Jefatura Nacional del RENIEC, con retención de su cargo, desde el 07 al 10 de abril de 2013; y Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas en la Ley N° 26497 - Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dejar sin efecto el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil –
RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural N° 245-2012/JNAC/RENIEC (03OCT2012).

Artículo Segundo.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, que consta de seis títulos, trece capítulos, ciento cuarenta y cuatro artículos, cuatro disposiciones complementarias y tres disposiciones finales, los mismos que forman parte integrante de la presente Resolución Jefatural.

Artículo Tercero.- Disponer un plazo de 60 días calendarios para que los órganos y unidades orgánicas implementen su organización y funciones para el cabal cumplimiento del Reglamento de Organización y Funciones aprobado.

Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Informática efectuar la respectiva publicación en el Portal del Estado Peruano y en la página web institucional para su debida difusión entre el público usuario.

Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Planificación y Presupuesto la modificación de los Documentos de Gestión y Normativos que correspondan.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

JUAN CARLOS MORAN ZEGARRA
Jefe Nacional (e)

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