4/27/2013

Resolución Suprema 033-2013-IN Modifican R.S. 186-2011-IN que autorizó viaje de Oficial PNP en situación

Modifican R.S. N° 186-2011-IN que autorizó viaje de Oficial PNP en situación de retiro para recibir tratamiento médico especializado en los EEUU INTERIOR RESOLUCIÓN SUPREMA N° 033-2013-IN Lima, 26 de abril de 2013 VISTO, el expediente administrativo del Mayor en Situación de Retiro de la Policía Nacional del Perú Segundo Cerdán Guevara, relacionado a su tratamiento médico especializado en el extranjero, para intervención quirúrgica para cambio de esfínter urinario artificial, en la Clínica Carrión
Modifican R.S. N° 186-2011-IN que autorizó viaje de Oficial PNP en situación de retiro para recibir tratamiento médico especializado en los EEUU

INTERIOR
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 033-2013-IN


Lima, 26 de abril de 2013
VISTO, el expediente administrativo del Mayor en Situación de Retiro de la Policía Nacional del Perú
Segundo Cerdán Guevara, relacionado a su tratamiento médico especializado en el extranjero, para intervención quirúrgica para cambio de esfínter urinario artificial, en la Clínica Carrión Urological Center de Miami - Estados Unidos de América; con un acompañante familiar.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema N° 186-2011-IN de fecha 30 de diciembre de 201 1, se autorizó el viaje al extranjero al Mayor en Situación de Retiro de la Policía Nacional del Perú Segundo Cerdán Guevara por tratamiento médico especializado en la Clínica Carrión Urological Center de Miami
- Estados Unidos de América, para intervención quirúrgica de cambio de esfínter urinario artificial, por un periodo de tres (3) semanas, con acompañante familiar directo;

Que, al expedirse la Resolución Suprema N° 186-2011-IN, se consignó la estadía del administrado por un periodo de tres (3) semanas, sin embargo se autorizó el abono de cuatrocientos cuarenta con 00/100 Dólares Americanos (US$ 440.00) en su cuenta del Banco de la Nación, monto equivalente a dos (2) días de permanencia en el extranjero; razón por la que no se realizó el viaje al no encontrarse cubierta la totalidad de la estadía;

Que, por el tiempo transcurrido, se solicitó la actualización de la cotización de la Clínica Carrión Urological Center y los certificadas presupuéstales del Fondo de Salud Policial y Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, con la finalidad de viabilizar el viaje del mencionado Oficial Superior en Situación de Retiro;

Que, la Clínica Carrión Urological Center, mediante carta del 10 de septiembre de 2012, ha considerado ocho (8) semanas o cincuenta y seis (56) días para el tratamiento médico altamente especializado, con un costo ascendante a veintitrés mil ochocientos cincuenta y ocho Dólares Americanos (US$ 23,858.00) más una garantía de seis mil ciento cuarenta y dos con 00/100 Dólares Americanos (US$ 6,142.00), en caso que exista alguna complicación o si tuviera que extenderse la hospitalización del paciente por más de dos días, sumando todo ello treinta mil con 00/100 Dólares Americanos (US$ 30,000.00);

Que, mediante Informe N° 003-2013-DIRECFIN-PNP-DIVDyB-DEPADM-TM del 11 de enero de 2013, se establece que la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, abonará al Mayor de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro Segundo Cerdán Guevara, la cantidad de cinco mil cuatrocientos noventa con 00/100
Dólares Americanos (US$ 5,490.00), por concepto de pago de viáticos por cincuenta y cuatro días de tratamiento altamente especializado en el extranjero; monto que se encuentra presupuestado de conformidad a la Certificación Presupuestario Nota N° 0000000011 de fecha 14 de enero de 2013, y registrado en el Sistema Integrado de Administración Financiera del Sector Público (SIAF-SP); el cual sumado a los cuatrocientos cuarenta con 00/100 Dólares Americanos (US$
440.00) abonado al administrado a mérito de la Resolución Suprema N° 186-2011 -IN de fecha 30 de diciembre de 2011, hace un total de cinco mil novecientos treinta con 00/100
Dólares Americanos (US$ 5,930.00);

Que, mediante Oficio N° 13-2013-DGPNP-FOSPOLI-GG-DIVECO-DEP del 18 de enero de 2013, el Jefe del Departamento de Presupuesto del Fondo de Salud Policial, adjunta la Certificación Presupuesta! N° 003-13-DGPNP/FOSPOLI-GG-DIVECO-DEP del 18 de enero de 2013, por el monto de treinta y un mil seiscientos ochenta y tres con 30/100 Dólares Americanos (US$ 31,683.30), destinados a la cobertura de los servicios de salud del administrado, de los cuales un mil seiscientos ochenta y tres con 30/100
Dólares Americanos (US$ 1,683.30) son para los pasajes, impuesto de tarifa única de aeropuerto y treinta mil con 00/100 Dólares Americanos (US$ 30,000) por servicios médicos;

Que, mediante Acta de Junta Médica Intersanidades N° 001/2013 del 20 de febrero de 2013, recomendó que el Mayor de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro Segundo Cerdán Guevara, deberá viajar a la Ciudad de Miami para su evaluación y tratamiento quirúrgico por un periodo de ocho (8) semanas, con acompañante familiar directo;

Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, hace extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, modificado por el Decreto Supremo N° 008-2004-DE/SG, el Decreto Supremo N° 028-2006-DE-SG y el Decreto Supremo N° 004-2009-DE-SG, que aprueba el Reglamento de Viaje al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, en el cual se regula los viajes al exterior del Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, y establece que tienen derecho a recibir tratamiento médico especializado en el extranjero, cuando no haya logrado su total recuperación en el país; y,
De conformidad con la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013;

Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Decreto Legislativo N° 1135 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y a lo previsto en el Reglamento del Fondo de Salud Policial, aprobado por Resolución Ministerial N° 024-2009-IN/PNP del 16 de enero de 2009;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Suprema N° 186-2011-IN de fecha 30 de diciembre de 2011, que autoriza el viaje al extranjero al Mayor de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro Segundo Cerdán Guevara, por tratamiento médico especializado en la Clínica Carrión Urological Center de Miami - Estados Unidos de América, para intervención quirúrgica de cambio de esfínter urinario artificial, por un período de tres (3) semanas, en compañía de un familiar directo, por las razones expuestas en el parte considerativa de la presente resolución, autorizando en su reemplazo el viaje por cincuenta y seis (56) días de permanencia en el extranjero'.

Artículo 2.- La Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, abonará al Mayor de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro Segundo Cerdán Guevara la cantidad de cinco mil cuatrocientos noventa con 00/100 Dólares Americanos (US$ 5,490.00), por concepto de pago de viáticos por cincuenta y cuatro (54) días de tratamiento médico especializado en el extranjero, el cual sumado a los cuatrocientos cuarenta con 00/100 Dólares Americanos (US$ 440.00) abonado al administrado en mérito de la Resolución Suprema N° 186-2011-IN, hace un total de cinco mil novecientos treinta con 00/100 Dólares Americanos (US$ 5,930.00).

Artículo 3.- El Fondo de Salud Policial, cubrirá los gastos que demande el tratamiento médico especializado de cambio de esfínter urinario artificial, al Mayor de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro Segundo Cerdán Guevara, ascendente a la cantidad de veintitrés mil ochocientos cincuenta y ocho con 00/100 Dólares Americanos (US$ 23,858.00), y el monto de mil seiscientos ochenta y tres con 30/100 Dólares Americanos (US$
1,683.30) por concepto de pasajes.

Artículo 4.- El Fondo de Salud de la Policía Nacional del Perú depositará en calidad de garantía a favor de la Clínica Carrión Urological Center, la cantidad de seis mil ciento cuarenta y dos con 00/100 Dólares Americanos (US$ 6,142.00) los que, de no haber ninguna complicación, será devuelto por dicha Clínica.

Artículo 5.- Dentro de los quince (15) días de haber retornado de viaje, el personal policial autorizado deberá presentar un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas debidamente documentada.

Artículo 6.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 7.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros WILFREDO PEDRAZA SIERRA Ministro del Interior

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