5/31/2013

Decreto Supremo 108-2013-EF Autorizan Transferencia de Partidas a favor de la Municipalidad Provincial

Autorizan Transferencia de Partidas a favor de la Municipalidad Provincial de Cajamarca en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 ECONOMIA Y FINANZAS DECRETO SUPREMO N° 108-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÙBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 se ha aprobado, entre otros, el presupuesto institucional del Pliego 007 Ministerio del Interior; Que, en el Presupuesto Institucional del Pliego 007 Ministerio
Autorizan Transferencia de Partidas a favor de la Municipalidad Provincial de Cajamarca en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013

ECONOMIA Y FINANZAS
DECRETO SUPREMO N° 108-2013-EF


EL PRESIDENTE DE LA REPÙBLICA
CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 se ha aprobado, entre otros, el presupuesto institucional del Pliego 007
Ministerio del Interior;

Que, en el Presupuesto Institucional del Pliego 007
Ministerio del Interior para el Año Fiscal 2013, Unidad Ejecutora 001 Oficina General de Administración, se han asignado recursos públicos para la ejecución de proyectos de inversión pública, relacionados a la construcción, mejoramiento e implementación de infraestructura policial a cargo de Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales;

Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 29951,
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 establece que, los recursos públicos que se asignen en los presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional para la ejecución de proyectos de inversión en los gobiernos regionales o los gobiernos locales se transfieren bajo la modalidad de modificación presupuestaria en el nivel institucional, aprobada mediante decreto supremo refrendado por el ministro del sector correspondiente y el Ministro de Economía y Finanzas, previa suscripción de convenio;

Que, el numeral 11.2 del artículo 11 de la citada Ley, señala que previamente a la transferencia de recursos, los proyectos de inversión pública deben contar con viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP). Las transferencias de recursos que se efectúen en el marco de la presente disposición solo se autorizan hasta el segundo trimestre del año 2013;

Que, el citado numeral 11.2 dispone que cada pliego presupuestario del Gobierno Nacional es responsable de la verificación y seguimiento, lo que incluye el monitoreo financiero de los recursos, del cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio y en el cronograma de ejecución del proyecto de inversión pública, para lo cual realiza el monitoreo correspondiente;

Que, en cumplimiento de la norma legal mencionada, se ha suscrito el 'Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad Provincial de Cajamarca, el Ministerio del Interior y la Policía Nacional del Perú', cuyo objeto es el fortalecimiento de la formación policial en la jurisdicción de Cajamarca, a través del Proyecto de Inversión Pública 'Construcción e Implementación de la Escuela Técnico Superior PNP Cajamarca', registrado con Código SNIP N° 58874;

Que, el Proyecto de Inversión Pública antes señalado cuenta con viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP) por la suma total de TREINTA MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 30 895 234,00);

Que, el Ministerio del Interior para el Año Fiscal 2013 tiene previsto en su presupuesto institucional, en la categoría presupuestal de 'Asignaciones Presupuestales que No Resultan en Productos - APNOP', recursos para el PIP 'Construcción e Implementación de la Escuela Técnico Superior PNP Cajamarca' por la suma total de VEINTE MILLONES Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 20 000 000,00); correspondiéndole a la Municipalidad Provincial de Cajamarca financiar el importe de DIEZ MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 10 895 234,00);

De conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF;

DECRETA:

Artículo 1°.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 hasta por la suma de VEINTE MILLONES Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 20 000 000,00), para la ejecución del Proyecto de Inversión Pública 'Construcción e Implementación de la Escuela Técnico Superior PNP Cajamarca', conforme al siguiente detalle;

DE LA: En Nuevos Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central.

PLIEGO 007 : Ministerio del Interior.

UNIDAD EJECUTORA 001 : Oficina General de Administración.

ASIGNACIONES PRESUPUESTALES
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
PROYECTO 2060603 : Construcción e Implementación de la Escuela Técnico Superior PNP Cajamarca.

FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 1 Recursos Ordinarios.

GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de activos no financieros S/. 20 000 000,00
------------------------
TOTAL EGRESOS S/. 20 000 000,00
==============
A LA:

SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas.

PLIEGO 060101 : Municipalidad Provincial de Cajamarca ASIGNACIONES PRESUPUESTALES
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
PROYECTO 2060603 : Construcción e Implementación de la Escuela Técnico Superior PNP Cajamarca.

FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 1 Recursos Ordinarios.

GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de activos no financieros S/. 20 000 000,00
------------------------
TOTAL PLIEGO 060101 S/. 20 000 000,00
=============
TOTAL EGRESOS S/. 20 000 000,00
=============
Artículo 2°.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitador y habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF.
2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitarán a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes 'Notas para Modificación Presupuestaria' que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3°.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1° del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4°.- Verificación y seguimiento El Ministerio del Interior, a través de su Unidad Ejecutora 001 Oficina General de Administración, es responsable de la verificación y seguimiento del cumplimiento de las acciones contenidas en los convenios y cronograma de ejecución del proyecto de inversión pública, para lo cual realiza el monitoreo correspondiente.

Artículo 5°.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro del Interior.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de mayo del año dos mil trece.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento Encargado del Despacho del Ministerio de Economía y Finanzas WILFREDO PEDRAZA SIERRA Ministro del Interior

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