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Ordenanza 117-2013-MDP/C MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos
5/24/2013
Ordenanza 117-2013-MDP/C MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos
MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA de la Municipalidad Distrital de Pachacámac MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA ORDENANZA N° 117-2013-MDP/C Pachacámac, 2 de abril del 2013 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC POR CUANTO: VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo del fecha 02 de Abril del 2013, el Informe N° 044-2012-MDP/OPP del 01 de Abril del 2013 de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Informe N° 87-2013-MDP/OAJ del
MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA
ORDENANZA N° 117-2013-MDP/C
Pachacámac, 2 de abril del 2013
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE PACHACÁMAC
POR CUANTO:
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo del fecha 02 de Abril del 2013, el Informe N° 044-2012-MDP/OPP del 01 de Abril del 2013 de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Informe N° 87-2013-MDP/OAJ del 02 de Abril del 2013 de la Oficina de Asesoría Jurídica y Proyecto de 'ORDENANZA QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA - 2013)
DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC
CON LOS DERECHOS DE LOS PROCEDIMIENTOS Y
SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD'; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley N° 28607 'Ley de Reforma Constitucional', precisa que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local y personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, el Artículo VIII del Título Preliminar de la Ley N° 27972, señala que los Gobiernos Locales están sujetos a las Leyes y Disposiciones que de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público, así como las normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos, a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio. Las competencias y funciones específicas municipales se cumplen en armonía con las políticas y planes nacionales, regionales y locales de desarrollo;
Que, el Artículo 29° de la Ley N° 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General, señala que el procedimiento administrativo es el conjunto de actos y diligencias tramitados en las entidades, conducentes a la emisión de un acto administrativo que produzca efectos jurídicos sobre intereses obligaciones o derechos de los administrados;
Que, el Artículo 36° de la Ley acotada señala que en caso de gobiernos locales los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen mediante Ordenanza Municipal, los que deberán estar compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimiento Administrativos aprobados por cada entidad, y solo se exigirá a los administrados el cumplimiento de procedimientos, la presentación de documentos, el suministro de información o el pago de derechos de tramitación, siempre que cumplan con los requisitos previstos.
Que, el artículo 38°, numeral 38.1 de la Ley N° 27444,
Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por Decreto Supremo del sector, por la norma de máximo nivel de las autoridades regionales, por Ordenanza Municipal, o por Resolución del Titular de organismo constitucionalmente autónomo, según el nivel de gobierno respectivo;
Que, mediante Resolución N° 003-2010-PCM y Decreto Supremo N° 064-2010-PCM, se aprobó 'la estructura desagregada y metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las Entidades Públicas en cumplimiento del numeral 44.6 del artículo 44° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el mismo que será de uso obligatorio en los proceso de elaboración y/o modificación de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad contenidos en los TUPA.
Que, mediante Ordenanza N° 1533-MML, publicada el 27 de junio del 2011, se aprobó el procedimiento de ratificación de ordenanzas tributarias distritales en el ámbito de la Provincia de Lima. Siendo así, la Municipalidad Distrital de Pachacámac ha procedido a elaborar el Texto
Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) y la Estructura de Costos correspondiente;
Estando a las consideraciones expuestas, en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto UNÁNIME de los miembros del Concejo Municipal se aprobó la siguiente:
ORDENANZA
QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA-2013) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
PACHAC`MAC CON LOS DERECHOS DE LOS
PROCEDIMIENTOS Y SERVICIOS PRESTADOS EN
EXCLUSIVIDAD
Artículo Primero.- APROBAR el TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA - 2013)
DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC, así como los derechos, requisitos, formatos y formularios de los procedimientos y servicios prestados en exclusividad, que como anexo forma parte de la presente norma.
Artículo Segundo.- DEROGAR la Ordenanza N° 111-2012-MDP/C de fecha 29 de Octubre del 2012, que aprueba el TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC CON LOS DERECHOS DE LOS PROCEDIMIENTOS Y SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD.
Artículo Tercero.- PUBLICAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (PSCE), en el Portal Institucional del Servicio de Administración Tributaria (SAT) y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pachacámac.
Artículo Cuarto.- El estado situacional del T exto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Pachacámac, podrá visualizarse en el Portal institucional del Servicio de Administración Tributaria (SAT): www.sat.gob.pe.
Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación de la Ordenanza que aprueba el T exto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Pachacámac y el Acuerdo de Concejo Metropolitano que la ratifique en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
HUGO L. RAMOS LESCANO
Alcalde
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