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Resolución de la Fiscalía de la Nación 1753 -2013-MP-FN Dictan disposiciones para la regulación del otorgamiento de viáticos para
6/22/2013
Resolución de la Fiscalía de la Nación 1753 -2013-MP-FN Dictan disposiciones para la regulación del otorgamiento de viáticos para
Dictan disposiciones para la regulación del otorgamiento de viáticos para comisiones del servicio en el exterior MINISTERIO PUBLICO RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 1753 -2013-MP-FN Lima, 20 de junio del 2013 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, el Ministerio Público es un organismo constitucionalmente autónomo, que tiene como funciones principales la defensa de la legalidad, los derechos de los ciudadanos y los intereses públicos, la representación de la sociedad en juicio, para los efectos
MINISTERIO PUBLICO
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 1753 -2013-MP-FN
Lima, 20 de junio del 2013
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que, el Ministerio Público es un organismo constitucionalmente autónomo, que tiene como funciones principales la defensa de la legalidad, los derechos de los ciudadanos y los intereses públicos, la representación de la sociedad en juicio, para los efectos de defender a la familia, a los menores e incapaces y el interés social, así como para velar por la moral pública, la persecución del delito y la reparación civil. También vela por la prevención del delito, la independencia de los órganos judiciales y la recta administración de justicia;
Que, mediante Decreto Supremo N° 056-2013-EF, de fecha 19 de mayo de 2013, se modificaron los artículos 5° y 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; estableciendo la nueva escala de viáticos para viajes al exterior, señalando que dicho incremento se financia con cargo al presupuesto institucional de los Pliegos correspondientes, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público;
Que, el incremento dispuesto en el citado Decreto Supremo implicaría un aumento del 87% para atender viáticos en el presente ejercicio fiscal, presupuesto adicional con que no ha sido asignado a la Institución;
Que, sin embargo, la norma legal antes mencionada dispone que las Entidades del Sector Público deberán aprobar menores asignaciones por concepto de viáticos al exterior, tomando en consideración las facilidades proporcionadas en el lugar de destino, de existencia de financiamiento parcial, duración del viaje de capacitación, entre otras circunstancias, privilegiando la austeridad del gasto fiscal;
Que, por lo expuesto resulta necesario regular el otorgamiento de los viáticos para comisiones del servicio en el exterior del Ministerio Público, dentro del límite establecido en Decreto Supremo que lo regula; motivo por el cual la Gerencia General deberá aprobar una escala de viáticos para el personal Fiscal, Administrativo y del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses del Ministerio Público;
Con los vistos de la Gerencia General, Gerencia Central de Finanzas, Oficina Central de Planificación y Presupuesto y Oficina de Asesoría Jurídica, y;
En uso de las facultades establecidas en el artículo 64° de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Disponer que los montos máximos por día a que se refiere el Decreto Supremo N° 056-2013-EF , serán asignados al Fiscal de la Nación, Fiscales Supremos,
Secretario General, Gerente General y Jefe Nacional del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses.
Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General apruebe una Escala de Viáticos, por comisiones de servicio al exterior, para el personal Fiscal, Administrativo y del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses del Ministerio Público, privilegiando la austeridad del gasto fiscal, conforme lo dispone el Art. 5° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM.
Artículo Tercero.- Disponer que la Oficina Central de Tecnologías de la información publique la presente Resolución a través de los medios informáticos correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES
Fiscal de la Nación
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