7/28/2013

Resolución Directoral 2884-2013-MTC/15 Autorizan a Norvías SAC a impartir cursos de capacitación en su calidad

Autorizan a Norvías SAC a impartir cursos de capacitación en su calidad de Escuela de Conductores Integrales TRANSPORTES Y COMUNICACIONES RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 2884-2013-MTC/15 Lima, 16 de julio de 2013 VISTO: El Parte Diario N° 074009, presentado por la empresa denominada NORVÍAS SAC; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral N° 250-2013-MTC/15 de fecha 11 de enero de 2013, se autorizó a la empresa denominada NORVÍAS SAC, con RUC N° 20477537082 y domicilio en la
Autorizan a Norvías SAC a impartir cursos de capacitación en su calidad de Escuela de Conductores Integrales

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 2884-2013-MTC/15


Lima, 16 de julio de 2013
VISTO:

El Parte Diario N° 074009, presentado por la empresa denominada NORVÍAS SAC; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Directoral N° 250-2013-MTC/15 de fecha 11 de enero de 2013, se autorizó a la empresa denominada NORVÍAS SAC, con RUC N° 20477537082 y domicilio en la Av. Salvador Lara N° 1088, Mz. B, Lt. 24, Urb. Mirafiores, Distrito y Provincia de Trujillo y Departamento de La Libertad, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela, conforme a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento; a efectos de impartir los conocimientos teóricos - prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formación orientada hacia la conducción responsable y segura a los postulantes para obtener una Licencia de Conducir de la Clase A Categorías II, III y Clase B Categoría II-c, así como el curso de Capacitación Anual para Transporte de Personas, Transporte de Mercancías,
Transporte Mixto; curso de Seguridad Vial y Sensibilización del Infractor y los cursos de Reforzamiento para la Revalidación de las licencias de conducir de la clase A categorías II y III;

Que, mediante Parte Diario N° 074009 de fecha 03 de junio de 2013, La Escuela solicita autorización para impartir cursos de capacitación a quienes aspiran obtener la licencia de conducir Clase A Categoría I;

Que, la Octava Disposición Complementaria Final del Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por el Decreto Supremo N° 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, dispone que las Escuelas de Conductores autorizadas, además de capacitar a los conductores de las clases A categoría II y III y Clase B categoría II-c, podrán impartir cursos de capacitación a quienes aspiren obtener la licencia de conducir de la clase A categoría I, siempre que cumplan con las disposiciones establecidas en el Reglamento bajo comento y cuenten con la autorización del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

Que, el primer párrafo del artículo 61° de El Reglamento dispone que procede la solicitud de modificación de autorización de la Escuela de Conductores, cuando se produce la variación de alguno de sus contenidos, indicados en el artículo 53° del referido Reglamento;

Que, estando con lo opinado por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, en el Informe N° 536-2013-MTC/15.03.AA.ec, procede emitir el acto administrativo correspondiente, y;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 040-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, Ley N° 27444
Ley del Procedimiento Administrativo General; y la Ley N° 29370 Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar a la empresa denominada NORVÍAS SAC, en su calidad de Escuela de Conductores Integrales, impartir cursos de capacitación a quienes aspiran obtener la licencia de conducir clase A categoría I, en el local, en el horario, con los Instructores y con los vehículos autorizados mediante las Resolución Directoral N° 250-2013-MTC/15.

Artículo Segundo.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías -SUTRAN copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia.

Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, la ejecución de la presente Resolución Directoral.

Artículo Cuarto.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, siendo de cargo de la empresa denominada NORVÍAS SAC, los gastos que origine su publicación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ LUIS QWISTGAARD SUÁREZ
Director General (e)
Dirección General de Transporte Terrestre

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